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Contrato de reconocimiento de adeudos


Enviado por   •  24 de Enero de 2016  •  Trabajo  •  929 Palabras (4 Páginas)  •  532 Visitas

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CONTRATO PRIVADO DE RECONOCIMIENTO DE ADEUDO, que celebran por un parte, la SRA. TERESA EUGENIA PEREA HERREROS, a quien en lo sucesivo se le denominará como LA DEUDORA, y por la otra, el SR. JOSE LUIS REYES NOYOLA a quien en lo sucesivo se le denominará como EL ACREEDOR; el cual convienen en formalizar al tenor de las siguientes Declaraciones y Cláusulas:        


---------------------------D E C L A R A C I O N E S------------------------------------


I.- Declara LA DEUDORA:        


A).- Reconocer que adeuda a EL ACREEDOR, la cantidad de $215,000.00 (DOSCIENTOS QUINCE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), por concepto de préstamo personal que este le hace al momento de la firma del presente acuerdo de voluntades.        


II.- Declara EL ACREEDOR:        


A).- Que es su deseo celebrar el presente acuerdo de voluntades en los términos que más adelante se especificarán, en razón del adeudo reconocido por parte de LA DEUDORA.        


Con estas Declaraciones quedan asentados los Antecedentes para la celebración del presente CONTRATO PRIVADO DE RECONOCIMIENTO DE ADEUDO; conviniendo las partes en sujetarlo al tenor de las siguientes:        


-----------------------------------C L A U S U L A S------------------------------------


PRIMERA.- LA DEUDORA, RECONOCE DEBER y se obliga a pagar a EL ACREEDOR, la cantidad de $ 215,000.00 (DOSCIENTOS QUINCE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), por un préstamo personal realizado por el acreedor.         


SEGUNDA. - LA DEUDORA, se obliga a pagar la cantidad que reconoce deber a EL ACREEDOR, mediante pago en una sola exhibición a más tardar dos días después de la venta de su parte del inmueble. No obstante, LA DEUDORA podrá en cualquier momento, efectuar pagos parciales a cuenta del adeudo, sin ninguna pena o cargo económico de cualquier especie.        


En el supuesto caso, que no se cubra oportunamente la cantidad que reconoce deber LA DEUDORA a EL ACREEDOR, en la fecha pactada para ello, dará lugar al pago de intereses moratorios que serán del seis por ciento sobre el saldo insoluto mensuales del crédito, por todo el tiempo que dure el incumplimiento hasta la total liquidación de la suerte principal, los intereses ordinarios y moratorios; independientemente que lo anterior dará lugar a la rescisión automática del presente acuerdo de voluntades sin necesidad de declaración judicial alguna, pudiendo EL ACREEDOR cuando así lo desee, ejercer la vía ejecutiva mercantil en contra de LA DEUDORA.        



TERCERA. - LA DEUDORA se obliga a pagar a EL ACREEDOR, sin necesidad de previo requerimiento, la cantidad que reconoce deber y demás obligaciones en los términos y condiciones de este Contrato, en el siguiente domicilio convencional: Odesa 228, Interior 2, Colonia Portales, Delegación Benito Juárez, C.P. 03300, México, Distrito Federal.        



CUARTA.- Las partes convienen expresamente en que los gastos, impuestos, derechos y honorarios de cualquier naturaleza que pudieran causarse derivados del presente Contrato y/o ejecución del mismo, serán pagados por la parte deudora.


QUINTA.- Manifiestan las partes que en el presente Contrato, no existe error, dolo, mala fe, ni enriquecimiento ilícito o violencia alguna, por lo que desde ahora renuncian a promover su nulidad, por esas causas previstas en el Código Civil para esta entidad federativa.        

SEXTA. - Para la interpretación, ejecución y cualquier controversia derivada del presente instrumento, las partes contratantes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales competentes del Distrito Federal con renuncia expresa de cualquier otro fuero por razón de sus domicilios presentes o futuros.        

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