Contrato monta de cachorro.
Enviado por Felipe Marianjel • 8 de Junio de 2016 • Trabajo • 1.260 Palabras (6 Páginas) • 1.978 Visitas
Contrato de monta por cachorro
En Santiago, a ___de ____ del 2016.
REUNIDOS:
Por una parte ______ _ _______, RUT ___ ______ , con domicilio en ___ _______.
Por otra parte ______ _ _______, RUT ___ ______ , con domicilio en ___ _______.
EXPONEN:
Que _________ _____ es propietario del macho de raza Border Collie de nombre _____________________ ____ y con número de inscripción en el Libro de Orígenes:________ ____.
Que _________ ____ es propietario de la hembra de raza Border Collie de nombre _____________________ ____ y con número de inscripción en el Libro de Orígenes:________ ____.
Con la intención de reproducir con ambos ejemplares
ACUERDAN:
1.- Que el macho en cuestión practicará dos montas a la hembra. En las lógicas condiciones de higiene y seguridad en _____________, los días _ y _ de ___ ___ del 2016.
2.- Que el dueño del macho no puede bajo ninguna circunstancia retener a la hembra como garantía de pago o pagarse de alguna forma que no esté establecida en este contrato.
3.- Que, por el servicio de monta para la preñez de la hembra, el dueño del perro macho cobrará un cachorro a elegir entre todos los nacidos de la camada.
4 .- Que en el caso de que solo exista un cachorro ( ya sea por haber nacido solo una cría o por haber nacido más, pero no hayan logrado permanecer con vida) será vendido a un valor de cuatrocientos cincuenta mil pesos, dinero que será repartido entre quienes firman este contrato por partes iguales.
5.- Que el dueño del perro macho queda excluido de pagar cargo alguno por los gastos originados por la camada, tanto veterinarios como de inscripción. Corriendo éstos a cargo del propietario de la hembra.
5.- Que el dueño del perro asesorará en la medida de sus posibilidades al dueño de la hembra sobre los cuidados necesarios para la supervivencia de los cachorros, no obstante no puede ser responsable de la inexperiencia o mala fortuna del dueño de la hembra, por lo que este acuerdo se refiere a los cachorros nacidos y no a los supervivientes.
6.- Que en el caso de nacer la camada entre ambos ejemplares sus propietarios se comprometen a firmar todos los documentos necesarios para su inscripción en el Libro de Orígenes en los plazos de tiempo estipulados por la Real Sociedad canina.
7.- Que en el caso de no quedar preñada la hembra, su propietario se compromete a informar al dueño del macho y será certificado entre los días 45 y 55 después de la última monta por ecografía efectuada en un veterinario o por inspección ocular, de confianza del dueño del macho.
En el caso de “no” quedar certificada la "no preñez" de la hembra en las condiciones arriba indicadas, el dueño de la hembra deberá pagar al dueño del macho por el “servicio de monta” realizado equivalente a un cachorro; el valor de $450.000.
8.- En caso de haber certificado la "no preñez" el propietario de la hembra tendrá derecho a una nueva cubrición en el siguiente celo de ésta en los mismos términos arriba indicados.
Si la hembra no quedase preñada por segunda vez, este contrato quedaría anulado y los contrayentes podrían renegociar las condiciones para una nueva cubrición
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