Demanda ejecutivo mercantil minima cuantia
Enviado por perikkko • 19 de Junio de 2018 • Tutorial • 1.396 Palabras (6 Páginas) • 315 Visitas
EXP: ____/2017
EJECUTIVO MERCANTIL
C. JUEZ MUNICIPAL
EN CD. ___________________________.,
P R E S E N T E:
LIC. ______________________________ y ___________________________________ mexicanos mayores de edad, el primero de ellos Abogado Postulante, con cedula profesional número ___________________ expedida por la secretaria de educación pública y registrada en este H. Juzgado, así mismo señalando como domicilio convencional para oír y recibir notificaciones en el despacho jurídico ubicado en calle _____________________________________ altos oriente ante usted C. Juez con respeto comparecemos para exponer:
En nuestro carácter de endosatarios en procuración del C. _______________, según se justifica con el endoso que aparece al dorso del documento base de la acción y en Ejercicio de la Acción Cambiaria Directa que nos compete, venimos por medio del presente escrito a demandar en la vía ejecutiva mercantil al C. ________________________________________________ con domicilio en ______________________________________ A los citados demandados les reclamo en la vía antes indicada las siguientes:
P R E S T A C I O N E S
a).- El inmediato pago de la cantidad de $4,200.00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS PESOS CERO CENTAVOS 00/100 MN.) Corresponden a capital o suerte principal que amparan los documentos fundatorios de nuestra acción.
b).- El pago de los intereses moratorios que se sigan generando hasta que el demandada realice el pago de su adeudo, intereses que se reclamen a razón de un 10% mensual, según se consagran literalmente en el precitado título ejecutivo básico de la acción.
c).- El pago de gastos y costas judiciales originados con motivo de la tramitación del presente juicio.
Sirven de base y fundamento a la presente demanda, las consideraciones de hechos y derecho que enseguida exponemos y citamos:
H E C H O S
- El día 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 la ahora parte demandada acepto y suscribió, a favor de mi endosante UN título de crédito de los denominados pagare por la cantidad $4,200.00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS PESOS CERO CENTAVOS 00/100 MN.)comprometiéndose a pagar su importe el día 25 DE NOVIEMBRE DEL 2013.
- Al suscribir el mencionado documento y en caso de no efectuar el pago de la cantidad que amparan el citado título de crédito, la ahora demandada no hiciera el pago del mismo, la ahora demandada se obligó literalmente a pagar intereses moratorios de acuerdo a la tasa pactada en el documento base de nuestra acción a razón de un 10% (DIEZ) por ciento mensual.
- Es el caso que la ahora demandada, ha incumplido con la obligación cambiaria de pago que contrajo al suscribirse el multicitado pagare base de la presente acción, ya que los documentos se vencieron en fecha antes mencionada, y pese a las múltiples gestiones extrajudiciales que se han realizado al demandada, para que efectué el pago de su adeudo, este se ha negado a realizarlo en su totalidad.
- En mérito de la negativa de pago mostrada por la demandada, nos fue endosado el cobro del mencionado documento ejecutivo base de la acción a efecto de reclamar judicialmente al demandado las prestaciones referidas en el proemio de este escrito.
C A P I T U L O D E P R U E B A S
Con el objeto de acreditar nuestras afirmaciones y en estricto cumplimiento a lo ordenado por el artículo 1198 del Código de Comercio, ofrezco de nuestra intención las siguientes probanzas:
- LA DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en el título de crédito de los denominados pagarés, mismos que son base de nuestra acción y que en original y copia simple anexamos a la presente demanda, fin de que se guarden en la seguridad de ese H. Juzgado y con la segunda se integre el expediente respectivo. Esta prueba la relacionamos con el hecho 1, 2, y 3 de la presente demanda y con ella se demostrará que la parte demandada, suscribió el documento base de mi acción y que a la fecha, no ha realizado el pago de la cantidad que ampara dicho documento y acreditan con tal documento que la parte demandada acordó de mutuo consentimiento con mi endosante el interés moratorio antes descrito, sobres saldos insultos de los presentes pagares base de la presente acción. Las razones por las que consideramos que se demostrarán como son las siguientes:
- Por tratarse de documentos regulado por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito como Título Ejecutivo, además de ser de cantidad líquida y de plazo cumplido, constituye prueba pre constituida contra la parte demandada que precisamente demuestran que la cantidad que ampara no ha sido cubierta.
- Además y de acuerdo con el artículo 1391 del Código de Comercio, el pagaré base de nuestra acción, como título de crédito que son, hacen plenamente procedente la vía ejecutiva mercantil intentada y en consecuencia agotados que sean los trámites legales del presente procedimiento, se condenará a la parte demandada al pago de las prestaciones que se le reclaman, ordenando hacer transe y remate de los bienes embargados, para que con el producto de su venta se nos haga el pago de las prestaciones que le demandamos.
- LA DOCUMENTAL PÚBLICA o Instrumental de Actuaciones.- Consistente en todo lo actuado y por actuar en el presente juicio. Esta prueba la relacionamos con todos los hechos expuestos de la demanda y con ella quedarán plenamente probadas nuestras afirmaciones. A manera de razonamiento, consideramos que con las actuaciones tanto de las partes, como de ese H. Juzgado, su Señoría obtendrá convicción sobre los hechos expuestos, produciendo en consecuencia en el ánimo del juzgador plena certeza de nuestras afirmaciones y, por consiguiente, declarará la procedencia de la acción y vía intentadas, condenando a la parte demandada al pago de las prestaciones que le reclamamos.
- LA PRESUNCIONAL.- En su doble aspecto de legal y humana. Esta prueba la relacionamos con todos los hechos de la demanda y con ella es nuestra intención demostrar la procedencia de acción y vía intentadas. A manera de razonamiento, consideramos que con esta prueba, y de acuerdo a la sana crítica de su Señoría y los cuerpos normativos aplicables, se obtendrá convicción de nuestras afirmaciones, declarando así, la procedencia de la vía y de la acción que se intentan, y en consecuencia se condenará al demandado al pago de todas y cada una de las prestaciones que le reclamo.
D E R E C H O
Sirven de fundamento a la presente demanda lo dispuesto por los artículos 1, 2, 5, 8, 29, 35, 170 al 174 y demás relativos de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, además de lo establecido por los numerales 1, 4, 362, 1056, 1391, 1392, 1394, 1396, 1403 ,1060 y demás relativos del Código de Comercio.
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