Derecho Diplomatico
Enviado por trigcamp • 28 de Marzo de 2015 • 4.801 Palabras (20 Páginas) • 445 Visitas
INDICE
INTRODUCCION 03
DERECHO DIPLOMATICO 04
ACUERDOS INTERNACIONALES Y RELACIONES INTERNACIONALES 05
HISTORIA 07
ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA INTERNACIONAL 09
ACTORES INTERNACIONALES 10
ENFOQUE 11
CONCLUSION 14
BIBLIOGRAFIA 15
INTRODUCCION
El área del derecho diplomático en los últimos años ha tenido en nuestro país un desarrollo acelerado debido a dos motivos esenciales ligados indudablemente al auge económico que tiene nuestro país actualmente.
El auge del comercio, pero no cualquier comercio, el ligado con la comunidad internacional, que es el comercio exterior, los exportaciones y todo el trabajo que no solo lo realizan los empresarios peruanos participantes en las negociaciones, sino sobre todo del trabajo discreto y silencioso de nuestro servicio diplomático en el exterior.
Derecho Diplomático
C. Cahier, es el conjunto de normas jurídicas destinadas a regular las relaciones entre los diferentes órganos de los sujetos de Derecho internacional encargados temporal o permanentemente de sus relaciones exteriores.
Pradier fodere, Derecho diplomático es la rama del Derecho Internacional Público que se ocupa especialmente de la práctica de las relaciones exteriores de los estados, de las reglas que presiden la representación nacional en el exterior, de la administración de los negocios internacionales y de la manera de negociar.
Diferencias entre Diplomacia y Derecho Diplomático
La diplomacia es la actividad o las relaciones de las instituciones estatales o internacionales con otros estados u organizaciones internacionales. La política exterior es el instrumento de un Estado para plantear sus objetivos, defender sus intereses, en el concierto internacional. El derecho diplomático es el estudio de las normas, las prácticas y vínculos que mantiene con otras disciplinas del derecho, en particular con el derecho internacional y el derecho interno de los Estado y las normas del Derecho Diplomático están dirigidas a los sujetos del derecho internacional, estados y organizaciones internacionales y la diplomacia van dirigidas a los órganos de las relaciones exteriores de los estados o de las organizaciones internacionales.
Fuente del Derecho Diplomático
Sus fuentes son: 1) Los usos y costumbres; b) los tratados (bilaterales y multilaterales); c) La jurisprudencia y la doctrina:
1. Los usos y costumbres.-
La costumbre expresa la manera de ser, pensar, obrar o vivir uniformé y constante de un grupo humano. Por lo q un derecho consuetudinario supone una serie bastante de hechos repetidos mediante la cual se ha establecido una práctica constante respecto a una relación de la vida social. Para que la costumbre tenga valor jurídico debe ser general y su generalidad, a diferencia de la ley, se refleja en la comunidad dé sus prácticas. Asimismo, se suele definir al derecho internacional consuetudinario como una derecho no escrito o lex non spripta y que se presenta como un derecho espontáneo implícito, calificándolo a veces de desordenado e incierto..
2. Los tratados o convenciones internacionales.-
2.1 Los tratados: se define como el acuerdo internacional concluido entre estados enforna escrita, al cual se aplica el Derecho Internacional que comprende un documento también dos o más documentos relacionados entre sí, sin que importe nombre completo.
2.1.1. Tratados bilaterales.-
Son los suscritos por 2 estados y generalmente tienen por objeto; establecer relaciones diplomáticas y misiones permanentes.
2.1.2. Tratados Multilaterales.-
Son los suscritos por varios Estados, los mismos que deben ser incorporados al ordenamiento jurídico interno de los Estados que firmaron y ratificaron un determinado instrumento internacional.
2.2. Acuerdo internacional.
Se define como un acuerdo de voluntad entre sujetos del derecho de gentes, destinados a crear derechos y obligaciones.
3. Las leyes internas:
Tienen mucha importancia para conocer el derecho diplomático en vigor en el orden jurídico de cada estado. Las normas jurídicas internas tienen también la finalidad de adaptar el orden jurídico nacional, al orden jurídico internacional.
4. La Jurisprudencia.-
Según Cahier, la jurisprudencia está constituida por el conjunto de decisiones judiciales internas o internacionales que afectan al derecho diplomático. Es fuente de derecho, en la medida en que aclaran puntos de derecho, a veces obscuros, lena en virtud de sus decisiones lagunas de ese derecho, especialmente en el plano interno, e indica a los Estados un cierto comportamiento, que se constituye en índice de la existencia de una costumbre.
5. La doctrina:
Es la visión, enseñanza de los estudiosos del derecho referente a un tema en específico, pero según Carlos trigo gandarillas, no representa una fuente significativa, si bien fue muy importante en el siglo XVIII durante los intentos de codificación, en la actualidad no representa mucha importancia.
Relaciones Internacionales
Una relación es un vínculo, un nexo, una asociación o un diálogo. Internacional, por su parte, es lo que pertenece a dos o más países. Las relaciones internacionales, por lo tanto, son los lazos que se establecen entre naciones.
El concepto de relaciones internacionales suele emplearse para nombrar a una disciplina que forma parte de las ciencias políticas y que se centra en los vínculos que se establecen entre Estados o entre Estados y entidades supranacionales.
El derecho, la política y la economía son algunas de las ciencias y de las disciplinas que forman parte del desarrollo de las relaciones internacionales.
En concreto dichas relaciones podemos clasificarlas según varios criterios. Así, si partimos del número de actores que intervienen en las mismas podríamos hablar de relaciones internacionales bilaterales, multilaterales o globales.
En el caso de que tomemos como criterio o punto de partida el grado de vinculación que se establece o que existe entre los actores participantes en las mismas, se asientan dos categorías: las interacciones directas y las indirectas. Estas últimas son las que se llevan a cabo a través, por ejemplo, de mediadores o de intercambio
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