Derecho Empresarial
Enviado por 6.16 • 7 de Mayo de 2015 • 6.091 Palabras (25 Páginas) • 293 Visitas
A Dios creador nuestro y nuestros padres por su amor y constante apoyo .
A Dios y a nuestros padres y a todas las pesonas que colaboraron con la realizacion de esta monografia .
INTRODUCCION
En la presente monografía daremos a conocer a la Sociedad Colectiva , la cual tiene como base a la Ley N° 26887, Ley General de Sociedades.
La sociedad colectiva, que surge principalmente en el seno familiar. Se constituye frecuentemente como continuación de la comunidad formada por los herederos de un comerciante. Se supone siempre que existe una especial relación de confianza entre los socios
Tambien se constituye con una pluralidad de socios sin que la ley fije su numero máximo o mínimo para realizar actividades lucrativas. Una característica importante de este tipo de sociedad es la responsabilidad económica ilimitada y solidaria de todos los socios, en las transacciones hechas a su nombre y por cuenta de la compañía y por las personas legalmente autorizadas para el uso de la razón social.
Daremos a conocer los artículos que corresponden a esta sociedad ,las ventajas , desventajas y algunas conclusiones para entender mejor sobre la sociedad colectiva (S.C) .
En conclusión, trataremos a lo largo de este trabajo sobre una Sociedad que si bien es cierto es ya muy poco utilizada, vale estudiarla, para descubrir sus errores o defectos así como resaltar sus beneficios y aciertos y analizar modelos de los pasos a seguir para constituir una Sociedad Colectiva.
SOCIEDAD COLECTIVA
1. OTRAS FORMAS SOCIETARIAS
2. SOCIEDAD COLECTIVA
2.1 EVOLUCION HISTORICA:
La primera forma de sociedad colectiva fue la COMUNIDAD DE HEREDEROS, una comunidad familiar cerrada, basada en la aportación de:
1. El capital necesario para desarrollar una actividad mercantil, en común, es decir, asumiendo cada uno y de forma íntegra los riesgos.
2. La fuerza personal de los miembros de la comunidad para llevar a cabo tal actividad .
La sociedad se basa, ante todo, en la confianza recíproca de sus miembros, los cuales asumen el riesgo en común y, por lo tanto, establecen un sistema de responsabilidad compartida.Esta sociedad tiene sus antecedentes en la Edad Medieval y no en el Derecho Romano, como la mayoría, esto se refleja en que muchas figuras de la sociedad colectiva, como razón social, patrimonio propio, responsabilidad ilimitada y solidaria, no pertenecen a la primitiva societas romana.Todos sus componentes no han surgido desde los inicios, se han ido evolucionando, fueron naciendo sus elementos, como la formación de sociedad, la comunidad de firmas, los poderes recíprocos, el patrimonio social y la responsabilidad solidaria e ilimitada.
Su lugar de origen ha sido motivo de mucha controversia, algunos dicen que fue en Italia, otros, incluso italianos afirman que nació en comunidades europeas tanto de Italia como de Francia, España, Inglaterra y Alemania.
Según Antonio Brunetti, dice que la sociedad colectiva nació en Italia en plena Edad Media, con estructura y función distintas de la societas romana. En su origen se componía de los miembros de la misma familia que se sentaban alrededor de una misma mesa y comían del mismo pan.
Pero a los que su forma mas primitiva fue el las comunidades familiares medievales, y en la continuación de los hijos en los negocios del padre fallecido, constituyéndose entre ellos una especie de comunidad familiar que mas tarde se convierte en una comunidad de trabajo.
Su desenvolvimiento en la Edad Media se dio cuando los comerciantes se asociaron y quienes entraban en una sociedad para ejercer el comercio, eran considerados ligados por la solidaridad. Se consideraban los aportes constituían un patrimonio distinto y para señalar ésta separación de patrimonios, los juristas afirmaron que la propia sociedad era un corpus, es decir una persona moral.
En cuanto a su nombre de sociedad colectiva, en las primeras normas francesas se empleó los de "sociedad general", "sociedad ordinaria" o "sociedad libre". Luego se unifico en "sociedad en nombre colectivo", para simplificarse con sociedad colectiva . En el derecho inglés, la institución más cercana a la sociedad colectiva es el parthnership, aunque con caracteres esenciales muy distintos.
En cuanto a su codificación, recién en el siglo XIV en Italia se encontraba normada con la Ordenanza 1673, en Francia con las Ordenanzas de Bilbao de 1737, y por los principales Códigos europeos del siglo XIX. En el Perú se encuentra en nuestro Código de Comercio de 1902 y en la Ley de Sociedades de 1966.
A finales del s XVII, la sociedad colectiva fue reconocida como tal, en las ORDENANZAS DE COMERCIO DE BILBAO, por influencia del Código francés y su sociedad general.
El primer código de comercio español, de 1829, recoge esta figura como la "compañía por la cual dos o más personas se unen poniendo en común sus bienes e industria o alguno de ellos un objeto de hacer, con el fin de realizar toda clase de operaciones de comercio, bajo disposición del derecho común con las modificaciones y restricciones del Código del comercio".
2.2 DEFINICION:
La Sociedad Colectivas es una forma de sociedad en la cual el sistema de responsabilidadno es limitado, si no que se aplica a los socios una responsabilidad solidaria e ilimitada por las obligaciones de la sociedad. Tal vez sea esteel factor por el cual ya no se suele utilizar esta forma de sociedad .
A diferencia de la sociedad anónima en la sociedad colectiva se utiliza una razón social, que debe estar integrada por el nombre de uno o varios socios, acompañados de la indicación “Sociedad Colectiva “ o las iniciales “S.C”
2.3 CARACTERISTICAS :
A. ARTICULO 265.- RESPONSABILIDAD:
"En la sociedad colectiva los socios responden en forma solidaria e ilimitada por las obligaciones sociales. Todo pacto en contrario no produce efectos contra terceros."
La sociedad colectiva es una persona jurídica, por lo que se debe distinguir la responsabilidad
...