Dereecho Civil
Enviado por angelito567 • 12 de Septiembre de 2014 • 622 Palabras (3 Páginas) • 229 Visitas
El derecho civil es aquel que regula las relaciones privadas de los ciudadanos entre sí. Se trata del conjunto de normas jurídicas que rigen los vínculos personales o patrimoniales entre personas privadas, ya sean físicas o jurídicas, tanto de carácter privado como público. Su objetivo es proteger los intereses de la persona en el orden moral y patrimonial.
El derecho civil, por lo tanto, comprende el derecho de las personas (regulando su capacidad jurídica), el derecho de las obligaciones y los contratos, el derecho de bienes, el derecho de familia, el derecho de sucesiones y las normas de responsabilidad civil, por ejemplo.
2.1 Sociedades Civiles: Conceptos y Características
La Sociedad Civil es un contrato privado de colaboración entre dos o más personas que desean realizar conjuntamente una actividad con ánimo de lucro. Estas personas podrán optar entre aportar trabajo, lo cual les convierte en “socios industriales”, y/o bienes o dinero, lo que les convierte en “socios capitalistas”.
La finalidad es un beneficio económico ya sea en el ámbito fiscal, administrativo, laboral, etc., no podrá tener un beneficio de naturaleza mercantil (actos de comercio), porque entonces perdería se esencia civil.
Es constituida como cualquier otra persona jurídica (moral), y de igual manera tendrá atributos que la distinguirán de las demás personas jurídicas, como son la razón social, domicilio, nacionalidad, capacidad jurídica y patrimonio.
Características
Contrato privado de sociedad civil: en el que se detallan la actividad del negocio, las aportaciones de cada socio, que podrán ser en dinero o en especie, el porcentaje de participación que cada socio tiene en las pérdidas y ganancias, el sistema de administración y representación y las causas de liquidación y disolución.
Mínimo de dos socios
La responsabilidad de los socios por deudas frente a terceros es personal e ilimitada: es decir, una vez liquidado el patrimonio de la sociedad, si no llega para cubrir las deudas, responden con sus bienes presentes y futuros.
2.2 Asociaciones Civiles: Conceptos y Características
Cuando varios individuos (asociados), convinieren en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y no tenga carácter preponderantemente económico. (Art. 432, Código Civil de Q. Roo).
Las asociaciones civiles no tienen una finalidad económica, sino preponderantemente de bienestar social, moral y cultural, y no contemplan obtener un beneficio comercial.
Es un convenio celebrado entre dos o más asociados, mediante el cual aportan algo en común, generalmente recursos, conocimientos, esfuerzo o trabajo, para realizar un fin común lícito preponderantemente no económico, obligándose
...