Dirección financiera Gestion interna de contabilidad
Enviado por wladimirjonas • 17 de Marzo de 2025 • Trabajo • 847 Palabras (4 Páginas) • 27 Visitas
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DIRECCIÓN FINANCIERA GESTION INTERNA DE CONTABILIDAD | ||
INFORME TÉCNICO No. MSP-DF-INV-004-2024 | Fecha de elaboración: | 22/02/2024 |
Área/Proceso: | Regulación de inventarios - corriente | |
Informe para la contabilización de los consumos de inventarios de la cuenta 131-01-05 Inventarios de Materiales de Aseo de los años 2017, 2021 y 2022 | Página de 3 |
- BASE LEGAL:
La Subsecretaría de Contabilidad Gubernamental del Ministerio de Finanzas emite las directrices para proceder al registro contable del traslado de saldos, en concordancia Al artículo No. 158 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas que señala:
“Art. 158.- Normativa aplicable. - El ente rector de las finanzas públicas tiene la facultad privativa para expedir, actualizar y difundir los principios, normas técnicas, manuales, procedimientos, instructivos y más disposiciones contables, que serán de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades y organismos del Sector Público no Financiero.”
La Normativa del Sistema Nacional de las Finanzas Públicas publicada mediante acuerdo Ministerial Nro. 0023 de 07 de abril de 2021, en su Norma Técnica Nro. 9 sobre los Inventarios señala:
Del reconocimiento – numeral 6. Inventario para Administración o Consumo Corriente “Se reconocerán como inventarios para administración o consumo corriente, los activos adquiridos como materiales, insumos o suministros necesarios para la administración y funcionamiento institucional.”
Numeral 22. “El guardalmacén o bodeguero hará llegar periódicamente a la unidad contable de la entidad, la información y documentación relativa a los movimientos de ingresos y egresos debidamente valorados, para la actualización y conciliación contable respectiva.”
Numeral 27. “La conciliación se realizará de manera mensual; y las tomas físicas del inventario, por lo menos una vez al año a efecto de establecer correspondencia con las cifras contables, o en su defecto, para establecer las diferencias existentes entre los saldos contables y las tomas físicas.”
De los consumos – numeral 32. “El consumo de inventarios para propósitos administrativos se registrará mediante asientos de ajuste económico, debitando la cuenta del Subgrupo de Bienes y Servicios de consumo y acreditando la cuenta de inventarios para consumo corriente que corresponda.”
El capítulo 2) artículo 14 del Reglamento General Sustitutivo para la Administración, Utilización, Manejo y Control de los Bienes e Inventarios del Sector Público emitido por la Contraloría General del Estado y publicado en Registro Oficial Suplemento Nro. 388 del 14 de diciembre de 2018, señala: “En la administración de los inventarios el Guardalmacén, o quien haga sus veces, sin perjuicio de los registros propios de contabilidad, deberá entregar periódicamente a la Unidad Contable la información y documentación relativa de los movimientos de ingresos y egresos valorados, para la actualización y conciliación contable respectiva.”
- ANTECEDENTES:
Con la finalidad de cumplir con la Normativa del Sistema Nacional de las Finanzas Públicas emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas que en su numeral 32 sobre los CONSUMOS de inventarios indica:
“El consumo de inventarios para propósitos administrativos se registrará mediante asientos de ajuste económico, debitando la cuenta del Subgrupo de Bienes y Servicios de consumo y acreditando la cuenta de inventarios para consumo corriente que corresponda.”
Mediante correo institucional zimbra el Sr. Byron Bayas- Guardalmacén de Suministros y Materiales de Oficina, remite los consumos de bodega del mes de diciembre 2023 de Materiales de Aseo, para el registro respectivo.
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