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Enviado por 1234ABCD • 19 de Octubre de 2012 • 2.111 Palabras (9 Páginas) • 401 Visitas
III.
Acepciones de Obligación en sentido Lingüístico (óEtimológico) y en sentido Jurídico.
A. Obligación en Sentido Lingüístico o Etimológico
Según la Real Academia Española, lo define como el “Vínculo que sujeta a hacer oabstenerse de hacer una cosa, establecido por precepto de ley, por voluntario otorgamiento opor derivación recta de ciertos actos”.
Caracteres de la Obligación en sentido Linguïstico
Las Características primigenias del sentido de Obligación, pueden encontrarse entonces:-
Vinculo de Sujeción.
-
De hacer o no hacer.
-
Establecido por ley, por voluntariedad ó por derivación de ciertos actos.
Jorge Bravo Cucci agrega, que obligación significa “imposición, deber, responsabilidad,compromiso. En términos jurídicos, la obligación tiene su propia connotación y difiere de otros institutos que se le asemejan”.
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B. Obligación en Sentido Jurídico
Los romanos acuñaron una definición de obligación, que es la que sigue “obligatio est jurisvinculum quo nacessitate adstringimur alicujus solvendae rei secundum nostra civitatis jura
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”, que quiere decir la obligación es un vínculo jurídico o de derecho que nos constriñe a realizar una prestación a alguien (ó por el que somos constreñidos con la necesidad de pagar alguna cosa), según el derecho o las leyes de nuestra ciudad. En ese sentido, Jorge Bravo Cucci afirma, que “La obligación es una relación jurídica que otorga al acreedor un auténtico derecho subjetivo para exigir una determinada conducta del deudor, quien en contraposición detenta un deber jurídico de prestación” .A mi criterio, la obligación en derecho, es un lazo jurídico y que por ende es axiológico(Cuestiones de Moral), que vincula entre sí a entes colectivos (Estado, Personas Jurídicas u otros) e individuales (Personas Naturales), compelidos tanto por deberes, derechos y obligaciones, a conseguir determinados fines, que justamente afectará a los entes individuales y colectivos (Positivamente), afectando a los colectivos por ser los individuales parte de éste. En ese sentido el acreedor lo que busca ó exige es que el deudor siga el camino de los actos correctos, respecto del lazo que lo vincula y la prestación que deberá de cumplir, ya sea por el pactó social que realizó y porque la misma ley así lo estipula; pero que ambos se encuentran dentro del marco conjunto de la Norma Jurídica y de la Norma Moral. Por Deber Jurídico se entiende a la necesidad de ajustar la conducta a los mandatos que emanan de una norma legal. Por su parte un deber jurídico específico es aquél que se impone a ciertos y determinados sujetos que deben realizar una determinada conducta con la finalidad de satisfacer un interés de otro y que tiene un contenido patrimonial.
Caracteres de Obligación en sentido Jurídico
Jorge Bravo Cucci
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, señala que en términos generales los caracteres de la Relación Jurídica Obligatoria son los siguientes:
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BRAVO CUCCI, Jorge. Fundamentos del Derecho Tributario. 2’ Edición. Lima, Perú: Palestra Editores, 2006. p. 291.
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Véase este texto en JUSTINIANO, Instituciones, ed. Bilingüe por M. Ortolán, trad. De Francisco Pérez de Anaya y MelquíadesPérez Rivas, Buenos Aires, Bibliográfica Ameba, p. 236.
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BRAVO CUCCI, Jorge. Fundamentos del Derecho Tributario. 2’ Edición. Lima, Perú: Palestra Editores, 2006. p. 291-292.
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a)
Bipolaridad.- En toda relación existen dos polos contrapuestos: uno activo y otropasivo. Por un lado, el derecho subjetivo de crédito; y, por el otro, el genuino deber jurídico de prestación que pesa en el deudor. En el polo activo, encontramos alacreedor, al sujeto jurídicamente facultado a exigir una determinada conducta de otro,idónea para satisfacer un interés patrimonial o extramatrimonial. En el otro extremo opolo pasivo aparece el deudor.b)
Abstracción.- El campo de las obligaciones engloba una multiplicidad de supuestosfácticos de la más diferente índole, siendo que a partir de una valoración es posibleextraer, por vía deductiva/inductiva una serie de aspectos abstractos, comunes a lamayor parte de situaciones que se presentan.c)
Temporalidad.- Las obligaciones nacen para ser cumplidas y esa finalidad no puede serdisociada, económica y jurídicamente del factor temporal. El carácter de temporalidadde la obligación tiene una manifestación específica de suma importancia en laprescripción liberatoria. El sistema requiere que los derechos de crédito sean ejercidosdentro de cierto tiempo.Cabe agregar, a voces de Luciano Barcbi Velaochaga
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, el cuál señala que “cuando unarelación de intercambio o de cooperación adquiere ‘Juridicidad’ significa que los agentespodrán exigirse mutuamente el cumplimiento de lo prometido”. Como señala LázaroCarreter explicando el verbo ‘Exigir’: “sólo puede exigir quien posee alguna fuerza paraalcanzar su demanda”
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. Esa fuerza supone la posibilidad de los agentes no sólo depretenderse mutuamente el cumplimiento de lo debido (pretensión material), sino de recurrira la tutela jurisdiccional (acción) para pretender el cumplimiento de lo debido (pretensiónprocesal). En otras palabras, el agente económico cuenta con la posibilidad de recurrir alsistema judicial para conseguir lo prometido.
IV.
La Obligación Civil
4.1 Obligación Civil ó Relación Jurídica Obligatoria
Díez-Picazo define la relación obligatoria como: “la relación jurídica establecida entre dos o más personas dirigida a que una de ellas obtenga determinados bienes y servicios mediante la cooperación de otra o bien de intercambio recíproco de bienes y servicios mediante una recíproca cooperación”
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. Betti, por su lado, señala: “… en la relación de obligación el interés del titular del derecho está destinado a realizarse, por medio de un intermediario, a través de un comportamiento ajeno, de una actividad de cooperación”
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.Entendemos la relación jurídica como toda relación de vida establecida entre dos o más personas (relación intersubjetiva) como vehículo para realizar determinados fines que son dignos de tutela por el ordenamiento jurídico. En este caso la relación jurídica está dirigida a permitir el intercambio de bienes y servicios; es decir, tiene una finalidad económica. A esta relación se le conoce como relación obligatoria
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4.2 El Derecho de las Obligaciones
La parte del Derecho Civil dedicada al estudio de las relaciones jurídicas que sirven de soporte o substrato al intercambio de bienes y servicios entre las personas se ha
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