EL DRECHO Y LOS ARCHIVOS
Enviado por ELIZMOSQUERA • 16 de Junio de 2014 • 595 Palabras (3 Páginas) • 286 Visitas
El Derecho Y los Archivos.
NOMBRE: elizabeth mosquera
FECHA: 22 de mayo 2012
TEMA: Marco Legal De los Archivos
ACTIVIDAD: # 6
SENA VIRTUAL
PUBLICOS
Ley 47 del 30 de octubre de 1920.
Ley 57 de 1985
Acceso ciudadano a los documentos.
Desarrollo jurídico de los archivos.
Expedición de copias.
Autorización para expedir documentos
Prohibición de sacar de la nación papeles o documentos.
Se dictan normas sobre el patrimonio documental y artístico.
DERECHO A RESERVA
Interés particular
Interés general
La defensa o seguridad nacional. Alta conveniencia publica
Imposibilidad de acceso a cierta información.
Derecho a la intimidad.
Derecho a la honra.
2. Acuerdo 060 del 30 de Octubre del 2001
ARTICULO SEGUNDO:
Radicación de comunicaciones oficiales: Es el procedimiento por medio del cual, las entidades asignan un número consecutivo, a las comunicaciones recibidas o producidas, dejando constancia de la fecha y hora de recibo o de envío, con el propósito de oficializar su trámite y cumplir con los términos de vencimiento que establezca la Ley. Estos términos, se empiezan a contar a partir del día siguiente de radicado el documento.
ARTICULO TERCERO:
Las entidades deberán establecer de acuerdo con su estructura, la unidad de correspondencia que gestione de manera centralizada y normalizada, los servicios de recepción, radicación y distribución de sus comunicaciones, de tal manera, que estos procedimientos contribuyan al desarrollo del programa de gestión documental y los programas de conservación, integrándose a los procesos que se llevarán en los archivos de gestión, centrales e históricos.
ARTICULO CUARTO:
Toda entidad debe establecer en los manuales de procedimientos los cargos de los funcionarios autorizados para firmar la documentación con destino interno y externo que genere la institución. Las unidades de correspondencia velarán por el estricto cumplimiento de estas disposiciones, radicando solamente los documentos que cumplan con lo establecido.
ARTICULO QUINTO:
Los procedimientos para la radicación de comunicaciones oficiales, velarán por la transparencia de la actuación administrativa, razón por la cual, no se podrán reservar números de radicación, ni habrá números repetidos, enmendados, corregidos o tachados, la numeración será asignada en estricto orden de recepción de los documentos; cuando el usuario o peticionario presente personalmente la correspondencia, se le entregará de inmediato su copia debidamente radicada.
PARAGRAFO: Cuando existan errores en la radicación y se anulen los números, se debe dejar constancia por escrito, con la respectiva justificación
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