EL NUEVO CONTRATO DE SERVICIO DE CONECTIVIDAD No. 008
Enviado por jhonor • 4 de Septiembre de 2017 • Trabajo • 992 Palabras (4 Páginas) • 279 Visitas
CONTRATO DE SERVICIO DE CONECTIVIDAD No. 008
Entre los suscritos LUIS ALFONSO MARTIN CASTILLO, mayor de edad, identificada con la cédula de Ciudadanía No.80.376.613, en su calidad de Rector de La Institución Educativa Departamental Alfonso López Pumarejo, y obrando a lo dispuesto en Ley 715 de 2001, Art. 11° ,12° ,13°, y 14°; Decreto 4791 de 2008.Art. 4°. y 6°., quien para el presente se denominará LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL ALFONSO LOPEZ PUMAREJO , por una parte y 'por la otra: JULIA ANDREA LOMBO DUCUARA identificado con C.C. 39.577.525 de Girardot Representante de FUNDACION VISION 20/20 COLOMBIA Nit. 900512803-1, quien se llamará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar, la presente CONTRATO DE SERVICIO, teniendo en cuenta. i) Que el Rector de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEPARTAMENTAL, quien actúa como ordenador del gasto se ciñe a los procedimientos establecidos por el Consejo Directivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 715 de 2001 la orden se ejecutará al tenor de las condiciones referidas en la misma, así:
CLAUSULA PRIMERA: OBJETO: CONEXIÓN DE INTERNET CON SERVICIO 7 /24 /150 DÍAS CON UNA RED TOTALMENTE CONFIABLE PARA LAS SEDES ECUELA RURAL REINALDO RAMIREZ 10 MEGAS, ESCUELA RURAL MESITAS DE SANTA INES 10 MEGAS, ESCUELA RURAL CAYUNDA 10 MEGAS, ESCUELA URBANA FATIMA 10 MEGAS Y SEDE CENTRAL DE LA I.E.D ALFONSO LOPEZ PUMAREJO 15 MEGAS.CLAUSULA SEGUNDA: VALOR Y FORMA DE PAGO: Para todos los efectos, el valor de la presente orden es por la suma de $13.944.095 el cual se realizara el pago en un solo contado del 100% una vez se alla realizado las instalaciones correspondientes en las sedes de la institucion y se este prestando el servicio correspondiente de manera eficiente, obligándose el contratista a prestar dicho servicio hasta el vencimiento del contrato CLAUSULA TERCERA: SUJECION DE LOS PAGOS A LA APROPIACION PRESUPUESTAL: LA INSTITUCION pagará el gasto que ocasione la presente orden con cargo al rubro 2.1.2.2.14 de Egresos (SERVICIO DE INTERNET) del Presupuesto de la vigencia fiscal de 2016. CLAUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR: Para la instalación del servicio
Adelantara el montaje de una unidad de radio en tecnología Wi-Fi y una antena en la parte posterior de la edificación. La instalación de los equipos necesarios para la prestación del servicio y además la configuración de su sistema o enrutador El proveedor garantizara a la institución como mínimo 90% de disponibilidad del servicio. El servicio de internet contendrá el componente de filtrado de contenido para protección para niños y adolescentes contra contenido inadecuado y ofensivo; filtrado de páginas, bloqueo de contenidos no aptos (pornografía, violencia, apuestas, entre otros), protección contra videos inapropiados. El proveedor presentara al rector mensualmente un informe con el reporte de monitoreo, para su respectivo pago, el proveedor prestara atención a los usuarios a través de un sistema centralizado que será atendido por medio de la línea telefónica N° 3203997741, este servicio se prestara en la franja horaria de 6:00am a 7:00 pm de lunes a viernes, y de 6:00am a 2:00 pm el sábado, durante el plazo de ejecución del contrato.
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