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ESTABLECIMIENTO PERMANENTE


Enviado por   •  6 de Febrero de 2013  •  Informe  •  738 Palabras (3 Páginas)  •  611 Visitas

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ESTABLECIMIENTO PERMANENTE

Se considera establecimiento permanente cualquier lugar de negocios donde se desarrollen, parcial o totalmente, actividades empresariales o se presten servicios personales independientes. Estos lugares son, por ejemplo:

• Sucursales

• Agencias

• Oficinas

• Fábricas

• Talleres

• Instalaciones

• Minas

• Canteras

• Cualquier lugar de exploración, extracción o explotación de recursos naturales

OTROS CASOS EN LOS QUE SE CONSIDERA QUE EXISTE ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN MÉXICO

También se considera que existe establecimiento permanente en el país:

• Cuando un residente en el extranjero realice actividades empresariales en el país mediante fideicomiso.

• Cuando actúe en el país a través de una persona que ejerza poderes para celebrar contratos a su nombre o por su cuenta.

• Cuando una empresa aseguradora perciba ingresos por cobros de primas dentro del territorio nacional, u otorgue seguros contra riesgos situados en él.

• Cuando actúe a través de un agente independiente, si éste no actúa en el marco ordinario de su actividad.

• Cuando se realicen en México servicios de construcción, demolición, instalación, mantenimiento o montaje en bienes inmuebles y otros relacionados, siempre que tengan una duración de más de 183 días naturales, consecutivos o no, en un periodo de un año.

¿A QUIÉNES SE CONSIDERA RESIDENTES EN MÉXICO?

La legislación fiscal considera residentes en México, a las siguientes personas:

• A las personas físicas, nacionales y extranjeras, que tengan su casa habitación en México. Cuando también tengan casa habitación en otro país, se considera que son residentes en México si se encuentran en los siguientes casos:

- Cuando más del 50% de sus ingresos anuales los obtenga en México.

- Que el centro de sus actividades profesionales esté ubicado en territorio nacional.

• Las personas que sean funcionarios de Estado o trabajadores de nacionalidad mexicana, aun cuando el principal asiento de su negocio se encuentre en el extranjero.

• Las personas morales (sociedades mercantiles, asociaciones y sociedades civiles, entre otras) que hayan establecido en México el principal asiento de su negocio o su sede de dirección efectiva.

Se considera que las personas físicas de nacionalidad mexicana, son residentes en México, salvo que prueben que residen en otro país.

Las personas físicas que conforme a lo anterior, sean residentes en México, no obstante que sean de nacionalidad extranjera, tributarán como cualquier persona física nacional residente en México. Si

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