Explique como diferenciar a un contrato civil de uno que es mercantil. Fundamente su respuesta
Enviado por intelectual3 • 8 de Febrero de 2016 • Síntesis • 2.541 Palabras (11 Páginas) • 437 Visitas
Susana Márquez Macías A01364931
María Guadalupe Cardoso Gutiérrez A01361619
José Manuel Fernández Chavez A01363253
Carlos Fernando Espinoza Carbajal A01363209
1.-Explique como diferenciar a un contrato civil de uno que es mercantil. Fundamente su respuesta.
1) Competencia y jurisdicción del Tribunal en caso de Litigio.
Tribunales civiles. (Contrato civil)
Tribunales o fuero comercial.(Contrato mercantil)
2) Según los tipos de bienes en la compraventa.
La compraventa puede ser de cosas muebles o inmuebles. (Contrato civil )
La compraventa puede recaer solo sobre cosas muebles. (Contrato mercantil)
3) En relación a las cosas ajenas.
Las cosas ajenas no pueden venderse. (Contrato civil)
La compraventa de cosas ajenas es válida. Contrato mercantil)
4) En relación a la compraventa.
Una parte se obliga a transferir la propiedad de una cosa y la otra a pagar un precio cierto en dinero. (Contrato civil)
Además de lo dicho para el contrato civil, en el contrato comercial existe una finalidad de lucro, de obtener ganancias mediante esa actividad. (Contrato mercantil)
5) Según el sujeto.
Las partes contratantes no realizan actos de comercios porque no son comerciantes. (Contrato civil)
Si una de las partes es comerciante, el contrato es comercial porque realiza actos de comercio (enfoque subjetivo) .(Contrato mercantil)
6) En cuanto a la ley aplicable.
Se rige por el Derecho común y especialmente por el Código Civil. (Contrato civil)
Se rige por la legislación mercantil (Código de Comercio).(Contrato mercantil)
7) en relación a la transferencia de dominio.
Puede ser gratuito y oneroso. (Contrato civil)
Siempre es oneroso.(Contrato mercantil)
2.-De un ejemplo de una clausula que sea inconstitucional en un contrato mercantil. Fundamente su respuesta.
Cláusulas de no competencia: esta clase de cláusula viola directamente el artículo 28 de la Constitución, que hace alusión a la prohibición de prácticas monopólicas y promueve la libre concurrencia.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 28. En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, la (sic DOF 03-02- 1983) prácticas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las (sic DOF 03-02-1983) prohibiciones a título de protección a la industria.
En consecuencia, la ley castigará severamente, y las autoridades perseguirán con eficacia, toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de los precios; todo acuerdo, procedimiento o combinación de los productores, industriales, comerciantes o empresarios de servicios, que de cualquier manera hagan, para evitar la libre concurrencia o la competencia entre sí o para obligar a los consumidores a pagar precios exagerados y, en general, todo lo que constituya una ventaja exclusiva indebida a favor de una o varias personas determinadas y con perjuicio del público en general o de alguna clase social.
Las leyes fijarán bases para que se señalen precios máximos a los artículos, materias o productos que se consideren necesarios para la economía nacional o el consumo popular, así como para imponer modalidades a la organización de la distribución de esos artículos, materias o productos, a fin de evitar que intermediaciones innecesarias o excesivas provoquen insuficiencia en el abasto, así como el alza de precios. La ley protegerá a los consumidores y propiciará su organización para el mejor cuidado de sus intereses.
3.-Que diferencia hay entre una comisión mercantil y una relación laboral. Fundamente su respuesta. Se necesita jurisprudencia.
Relación laboral son aquellas relaciones que se generan entre aquel que ofrece su fuerza de trabajo y aquel que ofrece el capital o medios de producción y en la comisión mercantil es un mandato en virtud del cual el mandatario se obliga a realizar o a participar en un acto o contrato mercantil por cuenta de otra persona.
Tesis: XX.64 L | Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta | Novena Época | 199877 1 de 1 |
Tribunales Colegiados de Circuito | Tomo IV, Diciembre de 1996 | Pag. 381 | Tesis Aislada(Laboral) |
“CONTRATO DE COMISION MERCANTIL, REQUISITOS QUE SE NECESITAN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA DEL, Y DIFERENCIAS CON EL CONTRATO LABORAL. Para la existencia de una relación derivada de un contrato de comisión mercantil, deben acreditarse los siguientes elementos: a).- Que los actos realizados fueron transitorios, aislados y que sólo accidentalmente crearon dependencia entre el comisionista y el comitente; b).- Que la duración del contrato estuvo limitada al tiempo que era necesario emplear para la ejecución de los actos; c).- Que los actos verificados eran precisamente de comercio; y, d).- En caso de no haber sucedido así, que las actividades contratadas no se hubieran realizado por quien alega ser trabajador, sino a través de otras personas contratadas independientemente por el comisionista. Por tanto, si el demandado no demostró la actualización de los elementos antes transcritos, no puede decirse que haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 285 de la Ley Federal del Trabajo y, en esas condiciones, es evidente que estamos en presencia de una relación laboral.”
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