Exportación Definitiva
Enviado por cint21 • 29 de Mayo de 2015 • 1.457 Palabras (6 Páginas) • 363 Visitas
Exportación definitiva
Introducción
Hoy en día el comercio de mercancías es un tema que tiene gran importancia sobre todo en cuanto al comercio internacional y el comercio exterior, ya que implica un gran crecimiento y desarrollo a largo plazo en las actividades económicas de los países, esto debido al intercambio de mercancías entre ellos por medio de distintas actividades, tales como las importaciones y las exportaciones.
Para que este tipo de actividades se desempeñen de una manera correcta y adecuada los países han creado acuerdos entre ellos, lo que les permite que el intercambio de mercancías sea de manera más eficiente, han creado leyes que regulen la entrada y salida de mercancías para que estas tengan un control, se han conformado instituciones que dan seguimiento al intercambio de mercancías, regulan, sancionan y verifican estas actividades, para que se apeguen a las leyes que los rigen y ejercer un intercambio comercial seguro para todos los consumidores, pero para que esto sea posible es necesario cumplir con ciertos requisitos.
Exportación- definición:
Es la salida de mercancías del territorio aduanero nacional con destino a otro país. También se considera exportación, la salida de mercancías a una zona Franca Industrial de Bienes y de Servicios.
Exportación definitiva- definición:
La exportación definitiva es el régimen aduanero que permite la salida del territorio aduanero de las mercancías nacionales o nacionalizadas para su uso o consumo definitivo en el exterior y no está afecta a tributo alguno.
Consiste en remitir desde un país a otro, por vía aérea, terrestre o acuática, mercancías destinadas a un uso, consumo, reparación o cambio en otro país. La salida de un país, de mercancías nacionales o nacionalizadas (que antes fueron importadas) para ser utilizadas o consumidas definitivamente en otro país. Régimen aduanero que concede la salida legal de las mercancías del territorio aduanero para su uso o consumo en el mercado exterior.
En teoría, la exportación está vinculada a tres criterios:
1. Al transporte, como simple acto material;
2. Al envío, como generador de relaciones jurídicas y fiscales de una operación comercial,
3. A la venta, esto es, motivación del envío, limitándola a que toda exportación se haga por un precio o contraprestación de divisas.
Para exportar, se deberá cumplir con la carga tributaria general, conforme a la tarifa de la ley del impuesto de exportación (casi exento en su totalidad).
Por lo que se refiere a las fechas que rigen para determinar las cuotas, bases gravables, tipos de cambio de moneda, restricciones, requisitos especiales y prohibiciones aplicables para la exportación de mercancías, serán las de presentación de las mercancías ante la autoridad aduanera.
Modalidades de exportación definitiva:
Embarque único con datos definitivos al embarque: Es la exportación tal cual la conocemos, únicamente cuando se refiere a datos definitivos es que el documento de exportación no sufre ninguna modificación.
Embarque único con datos provisionales: Es la operación de cargue como embarque único de mercancías, que por su naturaleza, características físicas o químicas o circunstancias inherentes a su comercialización, no permiten que el exportador disponga de la información definitiva al momento del embarque. Sin embargo, la autoridad aduanera establece un plazo durante el cual el exportador debe cerrar el documento para convertirse así en una exportación definitiva, este plazo para la legislación colombiana corresponde a tres (3) meses. Cuando se habla de embarque único significa que se envía con un solo documento de transporte.
Embarque fraccionado con datos definitivos o provisionales: El embarque fraccionado es el despacho en diferentes envíos y con diferentes documentos de transporte de mercancías amparadas en el documento que acredite la operación que dio lugar a la exportación. En el caso de datos provisionales, el exportador deberá cerrar los documentos dentro de los tres (3) meses siguientes de haber realizado el embarque.
Régimen definitivo de exportación:
Consiste en la salida de mercancías del territorio nacional para permanecer en el extranjero por tiempo ilimitado. El que no señale un tipo de mercancía en especial hace suponer que esta puede ser de cualquier origen, es decir: nacional, nacionalizada e incluso extranjera.
A. Legislación aplicable
Esta normatividad comprende la ley aduanera y su reglamento, la tarifa del impuesto general de exportación (TIGIE), la ley del comercio exterior, decretos de control de cambios y disposiciones administrativas diversas que apoyan y fomentan la actividad exportadora.
Para materializar una exportación definitiva, la ley señala en la fracción II del artículo 36 que lo operadores del comercio exterior deben presentar a la aduana de salida los siguientes documentos:
a) El pedimento de exportación;
b) La factura comercial que señale el valor de las mercancías;
c) Certificaciones sobre restricciones o requisitos especiales;
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