Impuestos aduaneros
Enviado por Marcela Vega • 5 de Marzo de 2023 • Apuntes • 1.456 Palabras (6 Páginas) • 48 Visitas
ACTIVIDAD EVALUATIVA EJE 4 –
IMPUESTOS ADUANEROS
Presentado por:
AURA MARIA BARRAGAN MEDINA
NATHALIA OLIVIA CAMPO
JENNY MARCELA VEGA PIÑEROS
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS ECONÓMICAS Y FINANCIERAS FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA-COLOMBIA
RÉGIMEN ARANCELARIO Y MERCEOLO - 202260-6A - 42
TUTOR: LEIDY NATALIA BENAVIDEZ
26 de noviembre de 2022
INTRODUCCION
- POSICION ARANCELARIA, DESCRIPCION, DOCUMENTOS SOPORTES, GRAVAMEN E IVA
Producto # 1.
[pic 1]
- Posición arancelaria: 0806.10.00.00
- Descripción: Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios ( cítricos ), melones o sandias, Uvas, frescas o secas, incluidas la pasas – frescas.
- Documentos soportes:
[pic 2]
Fuente: muisca.dia.gov.co
- Gravamen : 15%, por acuerdos internacionales 0% y 9%
- IVA: 19%
- Liquidación de Impuestos
[pic 3]
Producto # 2.
[pic 4]
- Posición arancelaria: 0406.90.40.00
- Descripción: Quesos y requesón. - - Los demás quesos: - - Con un contenido de humedad inferior al 50% en peso, calculado sobre una base totalmente desgrasada
- Documentos soportes:
[pic 5]
Fuente: muisca.dia.gov.co
- Gravamen : 20%, por acuerdos internacionales 0% y 9%
Arancel Variable: 11%
Arancel externo común:
- IVA: 19%
- PRODUCTO PARA EXPORTACION: PIÑA TROPICAL DE COLOMBIA A CHILE
Subpartida arancelaria: 0804.30.00.00 – Piñas (ananás)
Acuerdos comerciales:
1. TLC Colombia Chile
Firma: 27 de Noviembre de 2006.
Vigencia: 08 de Mayo de 2009.
(TLC MINCOMERCIO, 2019) Obtenido de http://www.tlc.gov.co/acuerdos/vigente/
acuerdo-de-libre-comercio-chile-colombia
2. Alianza Pacífico
Firma: 10 de Febrero de 2014.
Vigencia: 01 de Mayo de 2016.
(TLC MINCOMERCIO, 2019) Obtenido de http://www.tlc.gov.co/acuerdos/vigente/
alianza-del-pacifico
- IMPUESTOS Y TRIBUTOS: Arancel 15% (Con certificado de origen queda en 0%) - IVA 19%
- OTROS CARGOS: No se establecen otros cargos a la importación
- CERTIFICADOS DE ORIGEN: Para hacer uso de la preferencia arancelaria que otorga Chile al exportador Colombiano en el TLC es necesario que se expida el certificado de origen. Explícitamente, en el tratado en el capítulo 4: Régimen de Origen que reglamenta esta actividad y salvo que se disponga lo contrario en este capítulo, cada parte dispondrá que una mercancía es originaria cuando cumple cualquiera de los siguientes tres puntos:
1. La mercancía es obtenida en su totalidad o producida enteramente en el territorio de una o más de las Partes.
2. La mercancía sea producida en el territorio de una de las partes a partir de exclusivamente materiales que califican como originarios.
3. La mercancía sea producida en el territorio de una de las partes a partir
de materiales no originarios que cumplan con un cambio de clasificación arancelaria.
La piña es un producto que cumple con el primer criterio.
REQUISITOS NO ARANCELARIOS: Para lograr la entrada en el mercado hay dos entidades relacionadas con el acceso al mercado.
Entidades relacionadas con el acceso al mercado:
- SERVICIO AGRICOLA Y GANADERO SAG: Es el encargado de apoyar el desarrollo de la agricultura.
- SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS: Cumple funciones para el desarrollo del país en materia de comercio exterior.
- REQUISITOS Y EXIGENCIAS DEL MERCADO: Existen normas que deben cumplir tanto el exportador como el importador durante el proceso de exportación.
[pic 6]
Fuente: https://cam.colombiatrade.com.co/productos/pina-tropical-de-colombia
- REGLAMENTO SANITARIO DE LOS ALIMENTOS: El Reglamento Sanitario de los Alimentos de Chile, declarado en el decreto 997 de 1996 establece las condiciones sanitarias de producción, importación elaboración, envase, almacenamiento, distribución y venta de alimentos para consumo humano, con el fin de garantizar la salud y nutrición de los ciudadanos chilenos y la presencia de productos sanos e inocuos en el país. Esta debe ser tenida en cuenta por los exportadores colombianos, pues estos deben cumplir con buenas prácticas incluidas en el análisis de peligros y puntos críticos de control (HACCP) en toda su línea de producción, y así facilitar el ingreso de los productos colombianos al mercado chileno.
- REQUISITOS FITOSANITARIOS DE IMPORTACION: Para importar productos de origen vegetal, se debe tener en cuenta que estén regulados por la SAG, quien establece las exigencias fitosanitarias de cada producto al país. Si el producto no está regulado, se debe tramitar una autorización de importación y enviarlo a la oficina SAG sectorial o regional para tener una respuesta oficial.
Sin embargo, en el caso de las piñas, el producto si está regulado por la resolución 3920 de 1998. Esta normativa establece los requisitos de internación para frutos de piña, plátano y coco. El Servicio Agrícola y Ganadero es el encargado de establecer las regulaciones cuarentenarias para proteger la seguridad fitosanitaria del país, haciendo énfasis en el análisis de riesgo de plagas. Para esto se requiere:
- Presentar un certificado fitosanitario oficial del país de origen.
2. En este certificado se debe declarar que los frutos proceden de un país libre de Mosca Oriental de la Fruta (bactrocera dorsalis).
...