Incoterms
Enviado por daniel9413 • 9 de Mayo de 2014 • 1.496 Palabras (6 Páginas) • 252 Visitas
Los INCOTERMS.
Se trata de una serie de términos que forman una normativa creada por la Cámara de Comercio Internacional (CCI) y cuya validez es internacionalmente reconocida. Los INCOTERMS son términos estandarizados que se utilizan en los contratos de compra-venta internacional y que sirven para determinar cuál de las partes (exportador o importador):
• Paga el transporte de la mercancía.
• Paga el seguro que cubre los posibles daños y deterioros que sufra la mercancía durante el transporte.
• Establece en qué lugar el exportador entregará la mercancía al importador.
• Corre con otro tipo de gastos (aduaneros, portuarios, etc.).
Los INCOTERMS son un conjunto estándar de términos comerciales y de definiciones que establecen normas y prácticas neutrales, basadas en el principio de la mínima responsabilidad del vendedor, con el fin de contribuir a superar los problemas originados por las distintas interpretaciones o legislaciones nacionales en conflicto.
La finalidad de los INCOTERMS versión 2010, (Términos y Condiciones Internacionales) que es una Publicación de la Cámara de Comercio Internacional (Publicación Nº 715) consiste en establecer un conjunto de reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales más utilizados en las transacciones internacionales. De ese modo, podrán evitarse las incertidumbres derivadas de las distintas interpretaciones de dichos términos en países diferentes.
El alcance de los INCOTERMS se limita a los derechos y obligaciones recíprocos entre el exportador y el importador en un contrato de Compra-Venta, relativos al transporte de mercancías sobre el trípode formado por los costos, los riesgos y los documentos que se establecen dentro del marco de un contrato de Compra -Venta Internacional.
Historia de los INCOTERMS.
• 1920: CCI crea una comisión para el estudio de las ventas FOB y CIF
• 1936: Primera publicación acerca de los Incoterms
• 1953: Revisión de los Incoterms. Surgen 9 términos: «Franco Fábrica», «Franco Vagón», «FAS», «FOB», «C&F», «CIF», «Flete o Porte Pagado Hasta», «Francos Sobre Buque» y «Franco Sobre Muelle»
• 1967 y 1976: Nuevas revisiones de los Incoterms (DAF y DDP - FOA)
• 1980: Adecuar Incoterms a transporte multimodal (FCA)
• 1990: Ordenación Incoterms, mejora FCA, introducción DDU y eliminación FOA y FOW
• 2000: Imputación de trámites y costes aduaneros, carga y descarga del vehículo en especial FCA, criterio imputación costes descarga en términos C y presentación
• 2010: variación en el número de reglas; sustitución del punto crítico en FOB, CFR y CIF; clasificación de los términos; previsión de la venta en tránsito de los términos marítimos.
La Cámara de Comercio Internacional (CCI), publica las reglas internacionales para la interpretación de los INCOTERM, la última versión data del 2010, la misma que comprende 11 INCOTERMS.
Los INCOTERMS que generan menor riesgo comercial para el importador.
1. DAT ...DELIVERED AT TERMINAL.
La venta es en destino.
El medio de transporte puede ser por vía: Marítima, Aérea o Terrestre.
El vendedor cumple su obligación de entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador, en un Terminal. La palabra terminal incluye cualquier lugar, tales como muelle, bodegas, patio de contenedores o carretera, ferrocarril o terminal de carga aérea.
El vendedor asume todos los gastos y riesgos ocasionados al llevar la mercancía y descargarla en la terminal.
2. DAP ...DELIVERED AT PLACE.
La venta es en destino
El medio de transporte puede ser por vía: Marítima, Aérea o Terrestre.
El vendedor cumple su obligación de entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador sobre los medios de transporte utilizados, y listo para ser descargado en el lugar de destino.
El vendedor asume todos los gastos y riesgos ocasionados al llevar la mercancía al lugar de destino.
3. DDP ...DELIVERED DUTY PAID.
La venta es en destino.
El medio de transporte puede ser por vía: Marítima, Aérea o Terrestre.
El vendedor asume todo.
El vendedor realiza la entrega de la mercancía al comprador, despachada para la importación y no descargada de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino convenido.
El vendedor debe soportar todos los costos y riesgos al llevar la mercancía hasta aquel lugar, incluyendo los derechos de importación en el país de destino.
El DDP significa el máximo de obligaciones para el vendedor. El término no debe utilizarse si el vendedor no puede realizar directa o indirectamente la importación.
Los INCOTERM que generan mayor riesgo comercial para el importador.
1. EXW...EX WORK.
La venta es en origen.
El medio de transporte puede ser: Marítimo, Aéreo o Terrestre.
Ex Works significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entregar la mercancía cuando la pone a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor, (fábrica, taller, almacén, etc.). En general, el vendedor no es responsable
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