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Investigacion Comercial


Enviado por   •  18 de Septiembre de 2013  •  774 Palabras (4 Páginas)  •  483 Visitas

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Preguntas

1. ¿Qué organismo elabora el código deontológico de aplicación en la investigación de mercados?; ¿qué dicen los artículos 1 (a), (b) y (d); 2 (a) (b); 3 (a); 4 (a) y (6) del código internacional ICC?

ESOMAR publicó el primer Código para la Práctica de la Investigación Social y de Mercados, Sociedad Europea de Opinión e Investigación de Mercados (European Society for Opinion and Marketing Research) es decir, es la organización mundial que regulariza y permite mejores investigaciones de los mercados, de los consumidores así como también, de las sociedades. Además ESOMAR promueve los valores de la Investigación de mercados y opinión, haciendo notar los problemas reales y logrando así, la efectiva toma de decisiones a nivel global. A éste le siguieron otros códigos redactados por organismos nacionales y por la Cámara de Comercio Internacional (ICC). ESOMAR y ICC decidieron que era preferible tener un código internacional único en lugar de dos diferentes por lo que se ha decidido publicar el Código conjunto ICC/ESOMAR.

Artículo 1 – Principios básicos

(a) La investigación de mercados deberá ser legal, honrada, veraz y objetiva, y deberá llevarse a cabo según los métodos científicos apropiados.

(b) El investigador no deberá actuar de forma que pudiera desacreditar la profesión o provocar en el público una pérdida de confianza en ella.

(d) La investigación de mercados deberá distinguirse y mantenerse claramente separada de las actividades ajenas a la investigación, incluyendo toda actividad comercial dirigida a los entrevistados (por ejemplo publicidad, promoción de ventas, marketing directo, venta directa, etc.).

Artículo 2 – Honradez

(a) La investigación de mercados no deberá abusar de la confianza de los entrevistados ni explotar su falta de conocimientos o de experiencia.

(b) El investigador no deberá realizar falsas declaraciones acerca de su pericia, su experiencia o sus actividades, ni acerca de las de su organización.

Artículo 3 – Responsabilidad profesional

(a) La colaboración de los entrevistados en un proyecto de estudio de mercado es totalmente voluntaria en todas sus fases. Los entrevistados no deberán ser engañados cuando se requiera su colaboración.

Artículo 4 – Transparencia

(a) El investigador deberá identificarse de inmediato y exponer sin ambigüedades el propósito de la investigación

Artículo 6 – Técnicas de grabación y observación

Los entrevistados deberán ser informados previamente sobre el empleo de técnicas de observación o sistemas de grabación, excepto cuando estos se utilicen abiertamente en lugares públicos y no se recojan datos personales. Si un entrevistado así lo deseara, la grabación o la sección pertinente de la misma será destruida o borrada. En caso de no contar con el consentimiento explícito

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