La Administracion Publica
Enviado por marystraw27 • 26 de Enero de 2014 • 2.091 Palabras (9 Páginas) • 323 Visitas
CAPÍTULO 3.- LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
CONCEPTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Objetivamente: Es una acción, una realización de actividades para un fin.
• Actividad que de manera concreta, inmediata, continúa y espontanea realizan los órganos del estado para atender los intereses públicos.
Subjetivamente: La administración pública implica una estructura orgánica, un ente o pluralidad de entes a los que esta atribuida la función administrar.
• Conjunto de órganos estructurados jerárquicamente dentro del poder Ejecutivo, por lo cual quedan fuera de tal concepto los órganos de los poderes Legislativo y Judicial que realizan funciones administrativas.
LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA.
El ejercicio de la función administrativa que el Estado realiza para la consecución de sus fines requiere la organización de los elementos humanos y materiales, a fin de lograr su mejor utilización.
Según Manuel María Diez significa… ¨una ordenación de los elementos necesarios para perseguir determinados objetivos o fines para asegurar una adecuada integración y coordinación de las actividades sobre la base y la división del trabajo¨.
Los administrativistas parten de tres formas de organización administrativa:
• La centralización: esta forma de organización administrativa presupone una estructura que agrupa a los diferentes órganos que la componen, bajo un orden determinado, alrededor de un centro de dirección y decisión de toda la actividad que tiene a su cargo, organización que se mantiene fundamentalmente en razón de un vínculo, denominado jerarquía o poder jerárquico.
Miguel Acosta Romero dice: La centralización es la forma de organización administrativa, en la cual las unidades y órganos de la administración pública, se ordenan y acomodan articulándose bajo un orden jerárquico a partir del presidente de la república.
Los órganos que integran esta forma de organización carecen de personalidad jurídica y patrimonio propio, y que, por ello, actúan ejerciendo la personalidad del Estado y aplicando sus recursos económicos, los cuales son asignados vía presupuesto.
Tenemos una organización centralizada cuando:
a) Las facultades de decisión y mando se encuentran concentradas en los órganos superiores.
b) Su personalidad jurídica es la misma del Estado.
c) Sus facultades son dadas por la Constitución, Ley o Reglamento.
d) Es creada por Ley.
e) Tiene una organización jerarquizada de la administración, establecida de acuerdo a la Constitución y a la Ley reglamentaria.
• La descentralización: es la creación de organismos por ley o decreto con personalidad jurídica y patrimonio propios para la realización de actividades prioritarias, la prestación de un servicio público o social.
Esta forma de organización tiene lugar cuando se confía la realización de algunas actividades administrativas a organismos personificados, desvinculados en mayor o menor grado de la administración pública centralizada.
La descentralización consiste en quitar de un centro, para asignar a otro, las funciones y actividades que se le atribuyen a un ente.
Descentralizar implica la creación de un nuevo centro de imputación, al cual se le asignan las facultades que fueron sacadas de un centro anterior.
Tenemos una organización descentralizada cuando:
a) Existe transferencia de facultades de decisión y mando a organismos desvinculados de la administración centralizada.
b) Tiene autonomía plena.
c) Tiene personalidad y patrimonio propios.
d) Es creada por ley o decreto.
e) Está sujeta al control de la administración centralizada.
• La desconcentración: implica que el ente central en base a una ley, ha transferido en forma permanente parte de su competencia a órganos que forman parte del mismo ente… la desconcentración es simplemente un procedimiento a los efectos de agilizar la actividad de la administración central.
Tenemos una organización desconcentrada cuando:
a) Las facultades de decisión y mando son transferidas a órganos inferiores.
b) Se encuentran vinculadas por el poder jerárquico con el órgano centralizado del que depende.
c) Tienen cierta libertad técnica y administrativa.
d) Se crea por ley, reglamento o decreto administrativo.
LA JERARQUÍA ADMINISTRATIVA.
Es un vínculo que liga las unidades integrantes de la organización, colocando a unas respecto de otras en una relación de dependencia, para darles estabilidad cohesión.
Para la existencia de la jerarquía es necesario:
a) Que exista competencia material de ciertos órganos que se encuentran subordinados en razón de grado.
b) Que la voluntad del órgano superior prevalezca sobre la del inferior, es decir, cuando haya superioridad de grado en la línea competencial, lo cual solo se produce cuando hay subordinación, que se presenta cuando existe el mando y la obediencia.
La relación jerárquica contiene varios poderes, que estos permiten mantener la unidad de los órganos superiores con los inferiores. Estos poderes son:
1. Poder de nombramiento: Consiste en la concentración de las facultades para hacer la designación de los funcionarios o empleados de los órganos inferiores.
2. Poder de decisión: facultad que tienen los órganos superiores para la emisión de los actos administrativos, reservando a los inferiores la realización de los trámites necesarios hasta dejarlos en estado de resolución.
3. Poder de mando: Consiste en la facultad de los órganos superiores para dar órdenes o instrucciones a los inferiores, a través de oficios, circulares, acuerdos, etc. A fin de fijar los lineamientos a seguir para el ejercicio de las atribuciones.
4. Poder de vigilancia: Facultad que tienen los órganos superiores para fiscalizar la actuación de los inferiores.
5. Poder disciplinario: Facultad del superior jerárquico para sancionar a los inferiores, por el quebranto a las obligaciones que le impone la función pública.
6. Poder de revisión: Facultad que tiene el superior para revisar los actos realizados por el inferior, a fin de aprobarlos, suspenderlos, modificarlos o revocarlos.
7. Poder para resolver conflictos de competencia: Como entre los órganos superiores pueden surgir conflictos de competencia, corresponde al superior jerárquico conocer y resolver el conflicto.
LA COMPETENCIA ADMINISTRATIVA.
Es el conjunto de facultades o atribuciones que el orden jurídico le confiere al órgano administrativo.
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