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La sociedad


Enviado por   •  8 de Diciembre de 2013  •  Tesis  •  3.511 Palabras (15 Páginas)  •  289 Visitas

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INTRODUCCION

Desde su inicio, la sociedad busco manera de como satisfacer sus necesidades básicas para su subsistencia, surgiendo el trueque, posteriormente surge la necesidad de adquirir una diversidad de cosas no necesarias, pero que eran susceptibles de ser intercambiadas por otros objetos, en lo cual surgió el comercio, con esto también surge el Derecho mercantil por la necesidad de crear normas jurídicas que determinen su campo de aplicación dado a ciertos actos regulando así a quienes se dedican a celebrarlo.

Los sujetos que intervienen en el derecho mercantil son los comerciantes y los que de forma accidental realicen actos de comercio, considerándose comerciantes aquellos que constantemente realizan operaciones de compraventa o de permuta, teniendo capacidad jurídica, ejercicio del comercio, ocupación ordinaria y la realización de actos de comercio de manera accidental, inclusive.

Las empresas mercantiles juegan un papel importante, ya que sustituyen al comerciante individual y que están regidas por la Ley General de Sociedades Mercantiles. Entre su clasificación la más usual es la de la Sociedad Anónima.

La historia del mundo contemporáneo no puede escribirse sin hacer referencia continua a la sociedad anónima. Casi todas las grandes empresas de la humanidad en los tiempos modernos están vinculados a varias actividades, sean terrestres, marítimas, aéreas, industriales, comerciales, etc., con la sociedad anónima, y es que ésta es la estructura ideal para esas tareas que requieren sumas enormes de capital. Así mismo su gran ventaja es de no exponer innecesariamente los patrimonios personales de los socios por obligaciones tributarias y laborales de la empresa.

Al principio de la sociedad, los seres humanos se agruparon para satisfacer necesidades básicas, tales como la alimentación, la protección y el vestido. Conforme los grupos mejoraron, se contó con varios productos para intercambiar por otros que no se contaban a lo cual vino dando el origen del trueque.

La aparición del comercio surge en la edad media debido al intercambio de mercaderías entre piezas y mercados, a lo que el derecho mercantil se debe precisamente a una reacción ante el derecho civil romano que resultaba excesivamente formalista, esquemático, e insuficiente para regular las necesidades económicas de la época. El derecho mercantil vigente es un derecho de los actos de comercio, de los que son intrínsecamente, aunque en muchos casos el sujeto que los realiza no tenga la calidad de comerciante, siendo sus clasificaciones formales, históricas y materiales.

Los actos de comercios se originó ante la carencia de un derecho propio para los comerciantes siendo estos de diversa naturaleza tales como: Actos esencialmente civiles, actos absolutamente mercantiles y actos de mercantilidad condicionada.

El papel desempeñado por las sociedades mercantiles en la economía es cada vez más importante, pudiendo apreciarse una tendencia clarísima a la substitución del empresario individual por las sociedades. La actuación del comerciante está expuesta siempre a los más grandes riesgos; en su caso de infortunio, el comerciante individual verá comprometida no sólo la fortuna que puso en un negocio determinado, sino su patrimonio íntegro.

El artículo 1 L.G.S.M., declara que la ley reconoce las siguientes especies de sociedades mercantiles: de nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, sociedad anónima, en comandita por acciones y cooperativas, todas las cuales pueden constituirse como sociedades de capital variable.

Las seis formas mencionadas son las únicas que admite el legislador mexicano. Cualquier sociedad que quiera constituirse en forma mercantil deberá elegir una u otra de ellas, pero no otra distinta. Al constituirse con arreglo a uno de esos tipos deberá aceptar las directrices del mismo, tal como el legislador mexicano las expone, mediante normas imperativas que no pueden derogarse por la voluntad de los particulares.

Para constituirse en forma mercantil, no precisa dedicarse a una actividad comercial. Las sociedades mercantiles lo son por razón de su forma; esto es, por fundarse en uno de los tipos mencionados, sin que éstos implique nada respecto a la actividad real a que ha de dedicarse el ente colectivo. De aquí, que sea posible que sociedades civiles, por su finalidad adopten forma mercantil. La única distinción que puede hacerse entre sociedades mercantiles y sociedades civiles, hoy por hoy y en el derecho mexicano es de carácter exclusivamente formal: las sociedades constituidas con arreglo a una de las formas indicadas serán mercantiles; las que no adopten un a de ellas, serán civiles. Esta afirmación resulta no sólo del texto del artículo 4 L.G.S.M. que reputa mercantiles a todas las sociedades que se constituyan en una de las formas reconocidas en la ley, sino también del artículo 2695 del Código Civil D.F., que preceptúa que las sociedades de naturaleza civil que tomen la forma de las sociedades mercantiles, quedan sujetas al Código de Comercio.

La sociedad anónima representa una forma de organización estable y permanente; lo que sucede a los socios no trasciende a la sociedad; ésta tiene una continuidad que está por encima de las contingencias de las personas que la componen. Pero al mismo tiempo, es una sociedad de responsabilidad limitada, por lo que los que participan en ella no sienten el temor de las pérdidas ilimitadas que pueden comprometer toda su situación patrimonial. Finalmente, la división del capital en acciones permite que participen en la sociedad miles de asociados, ya que la pequeña cantidad que una acción representa está al alcance de fortuna que aisladamente consideradas ni hubieran podido soñar su participación en empresas de tal envergadura.

La sociedad anónima es una manera de constituir una persona moral en la que los elementos que se destacan por encima de otros son la integración del capital y la limitación de la responsabilidad de los socios. Las características personales de los socios, sean personas físicas o morales, nacionales o extranjeras, quedan en segundo término y cada uno es representado por el monto de la aportación que realiza para integrar el capital social. Entre más capital se aporte, mayor representación y número de votos se tiene. Su responsabilidad siempre estará limita al pago de sus aportaciones. Sociedad anónima es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones.

La sociedad anónima tiene denominación (art. 87 L.G.S.M.), lo que supone que actuará en el mundo de las relaciones jurídicas con un nombre social, formado objetivamente; es decir, que haga referencia

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