ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Leasing de vehiculo pesado


Enviado por   •  16 de Septiembre de 2018  •  Ensayo  •  7.757 Palabras (32 Páginas)  •  142 Visitas

Página 1 de 32

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO: VEHICULO PESADO

SEÑOR NOTARIO:

Sírvase extender en su Registro de Escrituras Públicas una de Contrato de Arrendamiento Financiero con las Condiciones Generales y Anexos que se estipulan y/o determinan en el presente documento:

1.        INTERVINIENTES

  • EL BANCO CONTINENTAL BBVA (en adelante el Banco)
  • El señor Juan Carlos Mandujano Gómez (en adelante la persona arrendataria)

2. BIENES OBJETO DEL CONTRATO

El bien mueble, materia del contrato se describe en el Anexo 1.

3. CONDICIONES PARTICULARES Y CONDICIONES GENERALES

Las partes declaran que el presente contrato se rige por por las Condiciones Generales que se detallan a continuación.

CONDICIONES GENERALES

PRIMERA:         OBJETO DEL CONTRATO

  1. Por el presente contrato, EL BANCO otorga en arrendamiento financiero a LA ARRENDATARIA EL BIEN, cuya descripción aparece detallada en el Anexo 1, el que firmado por LA ARRENDATARIA, forma parte integrante de este contrato.
  2. LA ARRENDATARIA hará uso de EL BIEN exclusivamente para los fines propios de su giro de negocio.

 

SEGUNDA:         EL BIEN OBJETO DEL CONTRATO

  1. De conformidad con las instrucciones impartidas expresamente por LA ARRENDATARIA, EL BANCO adquirirá EL BIEN del proveedor seleccionado por LA ARRENDATARIA, a su libre elección y entera satisfacción, según lo especificado en el Anexo 1.
  2. LA ARRENDATARIA expresa su conformidad sobre la descripción, especificaciones, y los términos y condiciones de adquisición de EL BIEN, expresamente establecidas por EL PROVEEDOR; quedando EL BANCO liberado de toda responsabilidad por la calidad, características y/o condiciones de entrega del mismo. EL BANCO no está obligado al saneamiento por evicción.
  3. EL BIEN es de exclusiva propiedad de EL BANCO, quien mantendrá dicha propiedad hasta que LA ARRENDATARIA haya ejercido la opción de compra sobre éste, de conformidad con lo establecido en la cláusula octava y de acuerdo con las normas legales vigentes.

TERCERA:         EL PRECIO DE EL BIEN

  1. El precio de adquisición de EL BIEN, así como el número de la cotización o factura de EL PROVEEDOR, queda incorporado en el Anexo 1.

3.2         El valor total de EL BIEN que LA ARRENDATARIA acepta desde ya, será establecido por EL BANCO al momento en que EL BANCO efectúe el desembolso total para la adquisición y puesta a disposición de EL BIEN a LA ARRENDATARIA. Dicho valor incluirá los importes correspondientes a los tributos, comisiones, gastos, seguros, y demás conceptos en que EL BANCO tenga que incurrir para poner EL BIEN a disposición de LA ARRENDATARIA, sin reserva ni limitación alguna.

3.3                Si luego de definido el valor total de EL BIEN se produjera algún incremento o disminución en éste, o EL BANCO incurriera en gastos posteriores a la entrega de EL BIEN; dicho incremento o disminución de valor será reajustado..

CUARTA:         ENTREGA DE EL (LOS) BIEN(ES)

  1. La entrega de EL BIEN se considerará efectuada cuando EL BANCO efectúe el desembolso total o parcial para la adquisición de EL BIEN, y/o cuando EL BIEN se encuentre a su disposición, y/o el(los) mismo le haya sido entregado, lo que ocurra primero; lo cual podrá ser acreditado bajo cualquier medio. La entrega se entenderá efectuada aún cuando, por cualquier circunstancia, LA ARRENDATARIA se demorara o negará a recibir EL BIEN o EL BANCO no pudiera entregar parte de él o sus accesorios.
  2. Los riesgos por pérdida total o parcial, avería, demora, mal funcionamiento, entrega deficiente, o cualquier otra dificultad sin importar su naturaleza que encuentre en EL BIEN, son asumidos exclusivamente por LA ARRENDATARIA, quedando obligada y autorizada por EL BANCO a formular todos los reclamos y acciones que resulten necesarias contra quienes corresponda. LA ARRENDATARIA asume responsabilidad exclusiva por los gastos y riesgos de la entrega, transporte e instalación de EL BIEN. Para estos efectos, LA ARRENDATARIA queda obligada a contratar un seguro contra Todo Riesgo a su cuenta y costo. En ese sentido, EL BANCO queda eximido de toda responsabilidad respecto de los riesgos de la entrega, transporte e instalación de EL BIEN, así como cualquier pérdida, deterioro o mal funcionamiento de el mismo, inclusive mientras se encuentre en poder de éste.
  3. En caso de pérdida total de EL BIEN antes de haberse producido la entrega de el mismo, LA ARRENDATARIA asumirá cualquier diferencia que pudiera existir entre la indemnización a ser pagada por la compañía de seguros contratada de acuerdo al numeral anterior y el monto total desembolsado por EL BANCO para la adquisición de EL BIEN. En caso que, por causa de cualquier índole, la pérdida de EL BIEN no haya sido cubierta, la responsabilidad total será asumida por LA ARRENDATARIA, quien deberá efectuar los reclamos pertinentes a EL PROVEEDOR y/o la compañía de seguros contratada, sin perjuicio de indemnizar a EL BANCO por el monto total materia de desembolso.

QUINTA:         UBICACIÓN, USO, RESPONSABILIDAD E INSPECCIÓN DE EL(LOS) BIEN(ES)

  1. LA ARRENDATARIA es exclusivamente responsable de EL BIEN adquirido de EL PROVEEDOR a su solicitud y entera satisfacción, aún cuando no le resultara útil para el fin al que éste sería destinado. Todos los reclamos respecto a EL BIEN serán dirigidos por LA ARRENDATARIA directamente a EL PROVEEDOR y/o compañía de seguros, quedando EL BANCO liberado de cualquier responsabilidad respecto de EL BIEN. En este contexto, EL BANCO cede a LA ARRENDATARIA, por el plazo de este contrato, cualquier garantía o servicio a que tenga derecho por parte de EL PROVEEDOR o fabricante, de ser el caso, de EL BIEN.
  2. LA ARRENDATARIA declara que EL BIEN se encontrarán ubicados en el lugar indicado en el Anexo 1.
  3. LA ARRENDATARIA asume la exclusiva responsabilidad y costo de que EL BIEN sea usado únicamente por ella; así como que sea usado, conservado y reparado, utilizando las instrucciones, servicios, repuestos y garantías que haya otorgado EL PROVEEDOR y/o el fabricante de los mismos, de ser el caso. Los gastos que demanden los servicios, repuestos y la exigencia de garantías respectivas serán asumidos íntegramente por LA ARRENDATARIA.
  4. LA ARRENDATARIA autoriza de modo irrevocable y expreso a las personas que EL BANCO designe a ingresar al lugar en que se encuentra EL BIEN, a fin de inspeccionar y constatar su adecuado uso, conservación y reparación; así como, a realizar las tasaciones de EL BIEN, cuando EL BANCO lo estime pertinente. El costo de inspección de EL BIEN y de las tasaciones ordenadas por EL BANCO será asumido íntegramente por LA ARRENDATARIA.
  5. Cualquier acto atentatorio, incluyendo el embargo, sobre la posesión o propiedad de EL BIEN deberá ser comunicado a EL BANCO por LA ARRENDATARIA, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al suceso, sin perjuicio de las acciones legales que ésta pueda interponer.
  6. LA ARRENDATARIA se obliga a colocar y mantener en EL BIEN, los signos visibles que EL BANCO le entregue para que, a simple vista, cualquier tercero pueda tener conocimiento que EL BIEN es de propiedad de EL BANCO.
  7. Queda expresamente establecido por las partes que la falta de utilización de EL BIEN como consecuencia de cualquier evento imputable o no a LA ARRENDATARIA no liberará a ésta del cumplimiento las cuotas y demás obligaciones derivadas del presente contrato.

SEXTA:         VIGENCIA Y PLAZO DEL CONTRATO

  1. Las obligaciones del presente contrato entrarán en vigencia en la fecha en que EL BANCO efectúe el desembolso total o parcial para la adquisición de EL BIEN, o a partir de la entrega parcial o total de el mismo a LA ARRENDATARIA, lo que ocurra primero.
  2. De no cumplirse los requisitos establecidos para que las obligaciones del contrato entren en vigencia, LA ARRENDATARIA cancelará a EL BANCO todos aquellos desembolsos que EL BANCO haya efectuado o cargos que se generen con motivo del presente contrato o de su preparación, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la recepción del requerimiento formulado con tal fin por EL BANCO, en el cual detallará los conceptos y montos a cancelar.
  3. LA ARRENDATARIA autoriza anteladamente a EL BANCO para fijar unilateralmente la fecha de vencimiento del plazo, para aquellas obligaciones a cargo de LA ARRENDATARIA, para cuyo cumplimiento este contrato no haya establecido plazo.

6.4        El plazo del presente contrato concluirá una vez que LA ARRENDATARIA haya cancelado íntegramente las obligaciones derivadas éste y/o de sus modificaciones, de ser el caso.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (47 Kb) pdf (258 Kb) docx (1 Mb)
Leer 31 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com