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Ley 32 De 1927


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2014  •  645 Palabras (3 Páginas)  •  349 Visitas

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Ley 32 “Zonas Francas”

La Ley 32 del 5 de Abril de 2011 crea un régimen especial, integral y simplificado para el establecimiento y operación de Zonas Francas que regirá sobre los promotores, operadores y todas las personas naturales o jurídicas que se establezcan en ellas.

Ley 32 “Zonas Francas”

Actividades Permitidas:

Producción de bienes y servicios

Alta Tecnología.

Investigación científica.

Educación superior.

Servicios logísticos, ambientales, de salud y servicios generales.

Ley 32 “Zonas Francas”

Beneficios Legales - De Orden Fiscal:

Exoneración de todo tipo de impuesto

Las empresas de servicios estarán exentas del pago del impuesto sobre la renta por sus operaciones exteriores u operaciones entre si.

Ley 32 “Zonas Francas”

Beneficios Legales - De Orden Migratorio:

Permiso de Residente Permanente en calidad de inversionista en Zona Franca para aquellos inversionistas que inviertan US$250,000.00 en una empresa promotora o establecida.

 

Ley 32 “Zonas Francas”

Beneficios Legales - De Orden Migratorio:

El personal de confianza, ejecutivo, experto y técnico tendrá derecho a solicitar Permiso de Residente Temporal por la duración del contrato.

Ley 32 “Zonas Francas”

Beneficios Legales - De Orden Migratorio:

Permisos temporales: Docente de centro de educación, Estudiante, Investigador.

Ley 32 “Zonas Francas”

Beneficios Legales - De Orden Migratorio:

Visa de Corta Estancia para inversionista o comerciante que venga a Panamá para evaluar negocios o inversiones en Zonas Francas.

Ley 32 “Zonas Francas”

Beneficios Legales - De Orden Migratorio:

Visa para dependientes de residente permanente o de reagrupación familiar.  

Ley 32 “Zonas Francas”

Beneficios Legales - De Orden Migratorio:

El extranjero con permiso de residente permanente podrá naturalizarse panameño al cabo de 10 años.

Ley 32 “Zonas Francas”

Beneficios Legales - De Orden Laboral:

El empleador puede rotar a su personal en diversas líneas de producción o de una línea de producción a otra distinta.

Ley 32 “Zonas Francas”

Beneficios Legales - De Orden Laboral:

Las fluctuaciones en el mercado que conlleven a pérdidas considerables en las ventas son causales válidas de despido.

Ley 32 “Zonas Francas”

Beneficios Legales - De Orden Laboral:

Para los efectos de la seguridad social, las primas de producción, bonificaciones y gratificaciones no serán consideradas salario.

Ley 32 “Zonas Francas”

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