Ley De Prevencion De Lavado De Dinero
Enviado por colojeda • 20 de Noviembre de 2012 • 12.452 Palabras (50 Páginas) • 867 Visitas
DOF: 29/10/2012
REGLAMENTO Interior del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.
El Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, con fundamento en los artículos 37, fracción XVI de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 6o. de su Decreto, y
CONSIDERANDO
Que con fecha once de junio de dos mil dos, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, con la finalidad de proveer lo necesario para garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, los órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal, y cualquier otra entidad federal;
Que el Decreto del Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinticuatro de diciembre de dos mil dos, estableció al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, como organismo descentralizado no sectorizado, con autonomía operativa, presupuestaria y de decisión;
Que con fecha cinco de julio de dos mil diez, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y se reforman los artículos 3, fracciones II y VII, y 33, así como la denominación del Capítulo II, del Título Segundo, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; ordenamiento legal que tiene por objeto la protección de los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas;
Que con base en el Decreto enunciado en el párrafo anterior, no sólo cambió la denominación del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública a Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, sino también su ámbitode competencia y atribuciones;
Que con fecha veintitrés de enero de dos mil doce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Archivos, cuyo objeto es establecer las disposiciones que permitan la organización y conservación de los archivos en posesión de los Poderes de la Unión, los organismos constitucionales autónomos y los organismos con autonomía legal, así como establecer los mecanismos de coordinación y de concertación entre la Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios para la conservación del patrimonio documental de la Nación, así como para fomentar el resguardo, difusión y acceso de archivos privados de relevancia histórica, social, técnica, científica o cultural, la cual otorga ciertas atribuciones en la materia a este Instituto;
Que con fecha veintiuno de diciembre de dos mil once, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, con el fin de proveer en materia administrativa la exacta observancia de su Ley;
Que a efecto de alinear la estructura, atribuciones, mecanismos y procedimientos del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos con la normatividad vigente; el Pleno del Instituto, en sesión extraordinaria celebrada el día quince del mes de octubre de dos mil doce, aprobó la expedición del siguiente:
REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACION Y
PROTECCION DE DATOS
CAPITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente Reglamento Interior tiene por objeto establecer la estructura y regular el funcionamiento y operación del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos.
Artículo 2. El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, encargado de promover y difundir el ejercicio de derecho de acceso a la información, resolver sobre la negativa a las solicitudes de acceso a la información, proteger los datos personales en poder de las dependencias y entidades y en posesión de los particulares, difundir el conocimiento del derecho a la protección de datos personales en la sociedad mexicana, promover su ejercicio y vigilar su debida observancia, por parte de las personas físicas o morales y de las dependencias y entidades que traten datospersonales, con domicilio legal en la Ciudad de México.
Artículo 3. Además de lo señalado en los artículos, 3o. de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, 2o. de su Reglamento, 3o. de la Ley Federal de Protección de Datos
Personales en Posesión de los Particulares y 2o. de su Reglamento, para efectos del presente se entenderá por:
I. Comisionado Presidente: Comisionado que tiene la representación legal del Instituto, elegido por los Comisionados en términos del artículo 36 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, quien constituye el eje de coordinación y dirección institucional, y es el primero entre iguales frente a los Comisionados en el Pleno y en el Organo de Gobierno;
II. Comisionados: Los integrantes del órgano máximo de dirección del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos con derecho a voz y voto en el Pleno;
III. Leyes: Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y la Ley Federal de Archivos;
IV. Organo de Gobierno: Organo colegiado integrado por los cinco comisionados y el Titular del Organo Interno de Control; este último en sus funciones de contralor o comisario no podrá evaluar el desempeño de las actividades sustantivas del Instituto y actuará de conformidad con la Ley y los artículos 9 y 10 del Decreto del Instituto;
V. Pleno: El órgano máximo de dirección y decisión del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, mismo que está integrado por los cinco comisionados nombrados por el Ejecutivo Federal, de conformidad con el artículo 34 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental;
VI. Secretaría General: La instancia responsable de coordinar la gestión institucional entre el Comisionado Presidente y las demás unidades administrativas del Instituto;
VII.
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