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Logica Juridica


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2013  •  2.154 Palabras (9 Páginas)  •  393 Visitas

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El presente trabajo fue realizado con la intención de dar una breve explicación sobre los diferentes y variados temas de la Lógica, la Lógica Jurídica y su relación con el Derecho, así mismo dar a conocer algunos conceptos de filosofía, lógica y lógica jurídica con el fin de saber a lo que nos estamos y vamos a referir más adelante en el mismo trabajo.

También habla sobre los principios aplicados al derecho mismos que más adelante se verán y se dará una breve introducción sobre ellos y seguidamente se da un ejemplo de cada uno para entender de una manera más simple de lo que nos hablan los principios, la mayoría de estos principios fueron mencionados por personajes griegos como son ARISTOTELES, PLATON, SOCRATES etc. Y más adelante fueron retomados por otros personajes, los cuales fueron los dieron a conocer, tal es el caso de SANTO TOMAS DE AQUINO, HEGEL, LUDWIG WITTGENSTEIN etc. En el caso de los últimos 2 personajes mencionados hacen críticas sobre algunos principios, aunque solo fueron criticas repercutieron bastante en esa época, puesto que lejos de ser muy reconocidos el pensamiento era algo lógico para ese entonces, pero aun así no pasaron de ser criticas.

Este trabajo es solamente un medio de información y conocimiento en cuanto a algunos temas sobre la lógica jurídica, por lo cual sería inútil buscar más información sobre derecho como tal.

La filosofía:

Desarrolla su actividad entre varias ramas y disciplinas, cada una aproximativa a la explicación de la realidad desde el entorno adecuado, y donde no es extraño que se manifiesten distintas corrientes filosóficas. Filosofía se describe como el amor a la sabiduría, la cual trata de alcanzar el conocimiento total.

La lógica:

Es el proceso intelectual ordenado, de obtener razonamientos correctos o formalmente válidos, también como proceso que conduce al conocimiento verdadero. Por lo cual la filosofía y la lógica tienen una relación muy estrecha ya que ambas están relacionadas con alcanzar un amplio conocimiento. Por lo que se puede decir que la filosofía fue primera que la lógica. La lógica comienza a aparecer en los siglos V y I a.c., en Grecia con la lógica formal; Aristóteles es considerado el padre de la lógica. La lógica de Aristóteles era en base de la metodología e la filosofía. La lógica es una ciencia formal y una rama de la filosofía que estudia los principios de la demostración e inferencia válida. La palabra deriva del griego antiguo.

Lógica jurídica:

Rama del derecho que se ocupa del razonamiento, argumentos y pensamientos de carácter jurídico, que contengan 2 elementos: validez y corrección.

Entendemos la lógica jurídica como la parte de la lógica que examina, desde el punto de vista formal, las operaciones intelectuales del jurista, así como los productos mentales de esas operaciones: conceptos, divisiones, definiciones, juicios y raciocinios jurídicos, merecen en razón de su objeto especifico el nombre de lógica jurídica.

LÍMITES Y UBICACIÓN DE LA LÓGICA EN EL DERECHO.

Es usual para los abogados contestar preguntas referidas a su profesión, o sobre tareas que realizan como profesionales. Estas preguntas buscan respuestas del Derecho en torno a conocer las leyes y poder entenderlas, o en su defecto interpretarlas, pero algunas veces estas explicaciones son manejadas con intereses ventajosos del abogado.

En efecto, el análisis, la reflexión o finalmente la argumentación que se presente para sustentar una determinada situación no es más que una muestra de “poder”¨, de poder aplicar las normas jurídicas bajo una determinada posición que obedece a un interés particular, el mismo que no por ello necesariamente deba ser injusto.

Este proceso de razonamiento, denominado razonamiento jurídico, implica considerar la aplicación de reglas de la lógica que permitan garantizar la coherencia lógica interna del conjunto de argumentos que relacionados entre sí, permiten arribar a una conclusión

La función de la lógica en el razonamiento de los abogados adquiere así gran relevancia, pues se convierte en una herramienta sumamente útil para elaborar procesos argumentativos sólidos que contengan una mínima posibilidad de ser refutados, garantizando entonces gran firmeza en la posición que sea de interés fortalecer del abogado o demás operadores del Derecho.

PRINCIPIOS LÓGICOS APLICADOS AL DERECHO

Las leyes de la lógica son estructuras básicas y ordinalmente elaboradas mediante conceptos repetidos, capaces de albergar proposiciones formalmente verdaderas. No existen teóricamente leyes que sean más importantes que otras: cada una de ellas puede deducirse de otras leyes y ninguna tiene el privilegio intrínseco de servir de base a las demás.

Uno de los objetivos a cumplir por parte de la lógica, se refiere al establecimiento de leyes, estructuras y procedimientos de nuestro pensamiento para el descubrimiento de la verdad.

PRINCIPIO DE IDENTIDAD

Este principio establece que todo objeto es idéntico a sí mismo y se simboliza de esta manera: A es A

Decir que una cosa es idéntica a sí misma significa que una cosa es una cosa. Podemos decir que una cosa cambia constantemente, sin embargo, sigue siendo ese mismo objeto, pues si no fuese así, no podríamos decir que ese objeto ha cambiado.

Todas las cosas, por mucho que éstas cambien, tienen algo que las identifica, un sustrato lógico que nos permite identificarlas en la totalidad de sus diversas situaciones. La identidad es una ley de nuestro pensamiento, ya que éste reclama buscar la identidad de las cosas.

En primera instancia, cuando formalmente aludimos al primer principio lógico llamado de identidad, nos referimos a los objetos o cosas, por lo cual, hablando con rigor, éste sería un principio de carácter ontológico, porque nos referimos a las cosas (recordemos que la ontología estudia los objetos o cosas). Para que fuera un principio estrictamente lógico tendríamos que aplicarlo o referirlo a los juicios o enunciados, diciendo, por ejemplo: que "todo enunciado es idéntico a sí mismo".

Pues bien, es necesario tomar en cuenta esta misma observación al estudiar los demás principios lógicos supremos que postula la lógica tradicional, en los cuales advertiremos siempre un plano ontológico

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