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LOGICA JURIDICA


Enviado por   •  10 de Noviembre de 2013  •  1.125 Palabras (5 Páginas)  •  457 Visitas

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EL FORMATO LÓGICO PROCESAL

Toda controversia jurídica –la litis- queda decidida, sobre la base de ciertos hechos, éstos pueden resultar de lo admitido por las partes, por presunción o de lo inferido por el Tribunal a base de la prueba practicada. Es verdad jurídica aceptada en la doctrina que los hechos que serán tenidos en cuenta en relación con algún caso particular sólo podrán ser los que se relacionen directamente con tal caso. Debe entenderse entonces entre el hecho demandado, el concepto que encierra ese hecho y la norma que captura a ambos, una ecuación lógica, a esto se le llama principio de identidad.

La etapa del juicio en que el abogado utiliza la lógica con más amplitud y precisión es en la etapa procesal. La demostración o carga de la prueba estará bajo la responsabilidad del que afirma algo demandado en sus hechos, o de aquél cuya negación implica una afirmación. Es decir, en la etapa procesal se demuestra la verdad de los hechos motivo de controversia. Llamamos juicio jurídico, de manera lógica a la disputa entre contradicciones. La demostración de la carga de la prueba requiere de amplios conocimientos de lógica procesal. “El que afirma algo debe probarlo y de no probarlo o de caer en la duda razonada, el juez debe absolver. Tiene también la carga de la prueba aquél cuya negación implica de manera lógica una afirmación.

El juez se encuentra también delimitado por la lógica procesal, a éste se le impide ampliar por su iniciativa el campo de la litis mas allá de los hechos que las partes hayan deducido en el proceso; pero también las restricciones procesales no son sólo para el juzgador, sino también para los peticionarios. Los aforismos plus petitio y non bis ídem, son expresiones lógicas que se emplean cuando el actor exige de más a lo planteado en su demanda, o demanda otra vez los mismos hechos. El juzgador al aplicar la ley en un caso enjuiciado, al resolver cuestiones de derecho, emplea preferentemente un razonamiento deductivo, pero al valorar las pruebas y las presunciones, al inferir unos hechos de otros para determinar la realidad y circunstancias del hecho sometido a su jurisdicción, emplea la inducción, valiéndose en uno y otro, de diversidad de argumentos, especialmente del argumento a pari, en las razones que por razón de su naturaleza jurídica quepa el ejemplo de la analogía; del argumento a fortiori y del absurdum, hasta formar en su ánimo la certeza moral, ya que no puede alcanzar la certeza absoluta. Está obligado a fundamentar su sentencia en el orden jurídico, en particular en el derecho objetivo vigente, pero además a motivarla, esto significa ofrecer los argumentos lógico necesarios para darle armonía científica a su decisión. El juzgador tomará en cuenta que los enunciados son susceptibles de ser verdaderos o falsos, y que por lo tanto los puede afirmar o negar significativamente.

La lógica también se emplea en el formato de la sentencia, o sea ésta debe ser congruente con la demanda inicial; los datos de identidad del demandante, debe corresponder a los datos generales de identidad del juzgador; a los hechos demandados, los resultandos jurisdiccionales correspondientes; al derecho invocado, los considerandos que ahora la lógica debe tomar en cuenta como razonamientos o argumentos; y a la petición, solicitud o demanda, debe corresponder el fallo específico.

Los límites internos de la lógica.- El objeto de estudio de la lógica es el pensar; estudia la forma de nuestros pensamientos (conceptos, juicios, raciocinios), solamente desde el punto de vista de su estructura. Los elementos básicos son: pensamientos, verdad y lenguaje.

Los

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