Logica Juridica
Enviado por MARIAOCHOAVIDAL • 15 de Agosto de 2013 • 3.611 Palabras (15 Páginas) • 282 Visitas
Unidad IV
METODOLOGIA JURÍDICA
Metodología jurídica es la esplendida obra de un joven y talentoso investigador, el licenciado Rosalio López Durán, amigo mío de muchos años. En uno de nuestros frecuentes cafés dominicales me pidió que hiciera el prólogo para su obra, lo cual es para mí un honor y se lo agradezco afectuosamente, ya que me dio la oportunidad de aprender sobre el tema. La obra es muy útil para la preparación de los estudiantes que requieran estos conocimientos y para los profesionales, ya que puede utilizarse como libro de texto y de consulta, a la vez que constituye un valioso instrumento para conocer la metodología jurídica. El autor expone los temas con claridad y precisión, demostrando que posee sólidos conocimientos en la materia y que la metodología jurídica es un tema que le apasiona. El licenciado López Durán considera que el termino metodología jurídica puede ofrecer ya sea un contenido relativamente simple o complejo, lo cual depende del enfoque que se de a la ciencia jurídica, o de la amplitud de los temas y cuestiones que se deseen incluir en la propia metodología. Se puede entender a la metodología jurídica como una rama o derivación de la metodología general (como estudio de los métodos), cuyo campo de aplicación se restringe a lo jurídico. En otras palabras, su objeto de estudio no son los métodos en general y sus correlativos en la investigación científica, sino los métodos que se aplican en el ámbito de lo jurídico, entendiendo por éste quizá algo más que la investigación jurídica, encaminada a establecer teorías y soluciones de problemas en dos niveles: uno macro, que implique la elaboración de normas jurídicas, y otro micro, referido a la forma de verificar que efectivamente se llevó a cabo el supuesto normativo en un caso concreto. Una parte muy interesante de esta obra alude a las áreas de aplicación de la metodología jurídica; en el caso del estudio del derecho, la metodología no se puede restringir a la investigación jurídica, aunque, como ya sabemos, sea uno de los ámbitos más importantes en el contexto académico, sino que también se puede aplicar en la creación, aplicación, enseñanza e investigación del derecho. El autor hace un análisis acucioso de cada una de estas áreas de aplicación. Me parece trascendental destacar la función didáctica de este libro, el cual seguramente despertará en el jurista el interés por pensar y reflexionar en el problema del conocimiento y el nivel científico, técnico y filosófico en el estudio del derecho.
LACIENCIA JURIDICA
Una definición de la ciencia que la limite al método hipotéticodeductivo, puede no ser del todo útil en el ámbito juridico, ya que se restringe su campo al conocimiento del mundo observable, y deja fuera a las disciplinas cuyo objeto no es cuantificable. En un enfoque similar, Bertrand Russell dice: "la ciencia es un conjunto de conocimientos ciertos y probables, metódicamente fundados y sistemáticamente dispuestos, según los grupos naturales u objetos".
Características de la ciencia
Según Mario Bunge, la ciencia reúne las siguientes caracterfsticas:" a) Es un conocimiento fáctico. Parte de los hechos y trata de describirlos como son, independientemente de su valor emotivo o comercial. Analiza los sucesos, los reconstruye en un proceso experimental y después, los convierte en información confirmada a través de teorias. b) Trasciende los acontecimientos. Los descarta, produce nuevos y los explica: "los científicos exprimen la realidad al ir más allá de las aparien2 Bertrand Rusell, La perspectiva cientifica, Ariel-Seix Barrai, Barcelona, 1976, pag 13. 3 Fina Pizarro, Aprender a razonar, Alhambra Mexicana, México, 1987, pág 66. 4 Bunge, ob cit, págs 16•32.
CONCEPTUALIZACION DE METODOLOGIA JURÍDICA
CONCEPTUALIZACION Y PROBLEMÁTICA DE LA CIENCIA JURÍDICA.
DIVERSOS MODELOS DE LA CIENCIA JURÍDICA
MODELOS TRADICIONALES
MODELOS ACTUALES.
Unidad V
LA CREACION DEL DERECHO
En las sociedades conviven varios sistemas normativos, es decir, distintos ordenamientos de la conducta humana. Entre estos encontramos a la moral, los convencionalismos sociales, las religiones y por supuesto al derecho. Tanto la moral posivitiva mas extendida como casi todas las religiones y prácticamente todos los sistemas de derecho, establecen normas que condenan determinadas conductas y otorgan facultades.
El derecho destaca entre dichos sistemas normativos no solo porque su objetivo es regular la convivencia social y, por lo general, porque sus prescripciones poseen una garantía que les permite asegurar su observancia.
La manera de distinguir un sistema normativo como el derecho de aquellos otros con los que convive, depende de, en principio, de la forma específica en como asegurar su cumplimiento. Ya que solo el derecho puede imponerse por la fuerza de la autoridad; el derecho posee una particular manera de conformarse, es decir, de formalizar e incorporar sus contenidos normativos. Esta estructuración opera por medio de una serie de procesos o actos determinados expresamente en cada sistema jurídico, y que son reconocidos como tales por la sociedad.
La identificación de las normas que constituyen el derecho requiere primero, de un proceso formal por el que la autoridad signa ciertas normas o prescripciones de conducta catalogándolas como juridicas.la creación del derecho se manifiesta como un fenómeno complejo constituido por varios procesos o actos que hacen posible su formalización y validación.
El derecho por la tanto se concibe como la obra de creación permanente que se realiza por un complejo entramado de actos y procesos complementarios que tienen verificativo en un contexto histórico, político y social.
En la terminología tradicional, se conoce a los procedimientos y actos de identificación o formalización-validación de las normas jurídicas con el nombre de fuentes formales, a los contenidos normativos que se incorporan al sistema jurídico se les denomina fuentes materiales o reales del derecho.
CONCEPTO DE TÉCNICA LEGISLATIVA
El concepto de técnica legislativa, en nuestro país, la mayoría de las veces se ha abordado de forma imprecisa porque no se analiza el proceso de creación normativa con sus diversos componentes y con ello se pierde claridad y precisión. En consecuencia, es conveniente tratar de desmenuzar el fenómeno jurídico de creación normativa, así nos acercaremos al contenido del objeto a tratar: la técnica legislativa. Bajo la distinción entre lo político y lo técnico podemos señalar lo siguiente:
1. Lo estrictamente político contiene las posiciones ideológicas
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