Mat Financieras
Enviado por sergamu • 18 de Enero de 2014 • 3.266 Palabras (14 Páginas) • 375 Visitas
Instrumentos Del Crédito
Para una cobranza efectiva es fundamental tener conocimiento del propósito y empleo de cada instrumento que promueva y asegure el crédito; ya que constituyen las herramientas básicas para sustentar el trabajo profesional; cada transacción de esta índole los incluye y representa la seguridad y el derecho del acreedor a recibir el pago.
El crédito comercial utiliza en forma general los títulos-valores como son la Letra de Cambio por su versatilidad y conocimiento en el ámbito comercial, la Tarjeta de Crédito, el Pagare o el Warrant son utilizados en el sistema financiero como instrumentos de garantía en la concesión del crédito bancario, para operaciones de crédito a clientes y comerciantes frecuentemente para aumentar su capital de trabajo, adquirir mercaderías o incrementar sus activos. Es conocimiento nuestro que la versatilidad y uso de los títulos valores, asumen la virtud de facilitar la comercialización de bienes y servicios ya que el titular del crédito, no tiene que notificar la transferencia del mismo al deudor. Merece una atención especial el Cheque como título valor, para garantizar operaciones de crédito en circunstancias especiales y que su uso es frecuente en el comercio local.
Pero ¿Qué es un Título Valor?, según la legislación es un documento que contiene un derecho patrimonial de carácter privado destinado a circular, cumpliendo con las formalidades establecida en la ley. Es el instrumento necesario para hacer valer el derecho literal y autónomo, contenido en dicho documento.
Otro instrumento utilizado por los bancos e entidades financieras es la Carta Fianza y el Leasing o Arrendamiento Financiero, la Fianza Bancaria, como una modalidad de crédito especial, pues la nueva ley de Bancos e entidades financieras la considera como operaciones activas y como denominación asumen las características de títulos de créditos. Igualmente la Factura Conformada y el Factoring como nuevas modalidades de instrumentos financieros.
Además tenemos documentos muy conocidos en el ejercicio comercial como son las facturas, recibos, y contratos privados que usualmente son considerados como instrumentos de crédito entre comerciantes y clientes.
No se puede negar que la velocidad y volumen de transacciones comerciales que en los tiempos actuales exige el comercio, hace que cada día se requieran instrumentos legales, mecanismos y mercados apropiados para el movimiento de capitales, capaces de brindar seguridad jurídica y expedición eficaz y eficiente en la atención de los negocios.
Antes de describir las características de cada uno de los instrumentos de crédito, es necesario conocer que la utilización de los mismos por parte del empresario se puede clasificar en créditos a corto plazo, mediano y largo plazo. Esto puede ser trato para el que da crédito como para el que lo financia. Sin embargo en el sistema comercial no es muy conocido los créditos a largo plazo.
Seguidamente los analizaremos indistintamente uno a uno:
13.1. LETRA DE CAMBIO
Es un instrumento de crédito que prueba la obligación por su sola existencia, sin necesidad de entrar a considerar la causa que le diera origen, considerándose por esta causal como instrumento abstracto y autónomo.
Además, la letra de cambio tiene la característica de orden de pago, ya que mediante ella una persona que tiene un crédito contra otra y que no está vencido, pero que vencerá, podrá financiarla mediante un banco o entidad a fecha futura para que un tercero asuma la deuda en forma solidaria. Así mismo, la letra de cambio es el título valor de mayor empleo en las operaciones comerciales.
La letra sirve para respaldar operaciones comerciales de crédito a venta a plazos, o como garantía en operaciones a corto plazo. Así mismo la letra puede endosarse porque constituye un documento circulante y financiarse porque es aceptada en el sistema bancario y financiero como instrumento de cobranza.
Las letras también pueden ser Avaladas, Afianzadas y Garantizadas. Son Avaladas cuando su giro y su aceptación corren por cuenta de personas naturales o jurídicas las mismas que otorga su aval, constando ello en el respectivo título-valor. Es Afianzada cuando cuenta con el respaldo de una carta fianza solidaria, irrevocable, incondicional y de realización inmediata, emitida por un banco o financiera. Es Garantizada cuando a su emisión cuentan con garantías adicionales específicas.
La letra de cambio, para que tenga validez como tal y de acuerdo con la ley de títulos y valores solo puede ser girada:
A la Vista: Pagada a su sola presentación.
A días Vistas: Cuando el plazo para su pago comienza contarse a partir de su aceptación.
A días fecha: Se pagara en los días señalados contándose desde el momento de su expedición.
A días Fijo: Se pagara de acuerdo a como indique el documento.
Dependiendo de quién use la letra de cambio y de acuerdo a su formato, las personas naturales utilizan un formato de letra simple, mientras que las personas jurídicas (empresas u organizaciones) suelen hacerlo con impresiones propias. No debe olvidarse que toda letra de cambio es pagadera en el domicilio señalado en ella, pues ello asegura el cumplimiento de la obligación.
Requisitos
De acuerdo a la ley de títulos y Valores de letra de cambio debe contener:
1. La denominación letra de cambio u otra equivalente.
2. La orden incondicional de pagar una cantidad de dinero determinada.
3. El nombre de la persona a cuyo cargo se gira la letra.
4. La fecha de vencimiento.
5. La indicación de lugar de pago.
6. El nombre de la persona a quien debe hacerse el pago.
7. La indicación de la fecha y el lugar de emisión de la letra.
8. El nombre y la firma de quien emite la letra.
13.2. EL PAGARE
Es un título valor de crédito indicado para documentar obligaciones directas en efectivo entre un acreedor y un deudor, siendo este último el que suscribe el Pagare a favor del primero. A diferencia de la letra de cambio este es un título valor de orden causal; es decir que en dicho documento se pactan las condiciones que dan origen al crédito, incluyendo en ella la garantía colateral con que afianza la obligación, dándole cierta ventaja sobre la letra en cuanto a minimizar el riesgo sobre un crédito pactado porque está obligado a señalar la causal y la garantía como indicaciones facultativas.
El pagare se usa casi siempre para obtener crédito bancario por ser un título valor más completo que la letra, sin embargo su uso comercial es cada vez más difundido y aceptado.
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