PLAN DE RECUPERACIÓN DE CARTERA
Enviado por mariapaz92 • 23 de Marzo de 2021 • Trabajo • 1.157 Palabras (5 Páginas) • 117 Visitas
YENIKA GARCIA BELEÑO
PLAN DE RECUPERACIÓN DE CARTERA
Datos de cartera:
Al cliente N° 001 el día 02 de enero del 2018 se le hace un crédito inicial por valor de $28.000.000, pactado a pagar por cuotas y de esos $11.000.000 tienen más de un año de vencimiento.
Valores de cartera vencida:
Factura N° | Vencimiento | Valor | Días en mora |
01 | 2-feb-2019 | $5.500.000 | 486 |
02 | 2-ago-2019 | $3.500.000 | 180 |
03 | 02-dic-2019 | $2.000.000 | 133 |
Luego de tener los datos del cliente y el valor que está pendiente por cobrar, debemos utilizar el método de provisión de cartera; con este lograremos prever y reconocer el riesgo constante de perder parte de lo vendido a crédito.
Para llevar a cabo este cálculo debemos utilizar el método general y el método individual; con esto disminuiremos el valor de la cartera y será reconocido como gastos, de modo que su contabilización será un crédito a la cuenta provisión de cartera y un debito a la cuenta de gastos.
Si no se hiciera la respectiva provisión de cartera, los estados financieros mostrarían unos valores irreales, puesto que mostraría unas cuentas por cobrar que, si bien son reales, jamás se podrán cobrar, por lo que se estaría presentando una información contable inexacta.
Métodos de provisión
La legislación tributaria colombiana ha considerado dos métodos para el cálculo de la provisión de cartera, los cuales están contemplados en el decreto 187 de 1975 en los artículos 74 y 75.
Art. 74.- Como deducción por concepto de provisión individual para
deudas de dudoso o difícil cobro fijase como cuota razonable hasta
un treinta y tres por ciento (33%) anual del valor nominal de cada
deuda con más de un año de vencida
Art. 74- como deducción por concepto de provisión individual para deudas de dudoso o difícil cobro fijase como cuota razonable hasta un treinta y tres por ciento (33%) anual del valor nominal de cada deuda con más de un año de vencida.
Provisión general
Art. 75.- Los contribuyentes que lleven contabilidad de causación y cuyo sistema de operaciones origine regular y permanentemente créditos a su favor tendrán derecho a que se les deduzca de su renta bruta, por concepto de provisión general para deudas de dudoso o difícil cobro, un porcentaje de la cartera vencida, así :El cinco por ciento (5%) para las deudas que en el último día del y ejercicio gravable lleven más de tres meses de vencidas sin exceder de seis (6) meses. El diez por ciento (10%) para las deudas que en el último día del ejercicio gravable lleven más de seis (6) meses de vencidas sin exceder de un (1) año.
El quince por ciento (15%) para las deudas que en el último día del ejercicio gravable lleven más de un (1) año de vencidas.
Parágrafo 1. Esta deducción sólo se reconocerá cuando las deudas y la provisión estén contabilizadas y el contribuyente no haya optado por la provisión individual.
Parágrafo 2. El contribuyente que en años anteriores haya solicitado la provisión individual para deudas de dudoso o difícil cobro y opte por la provisión general de que trata este artículo, deberá hacer los ajustes correspondientes.
Provisión individual
Para determinar la provisión de cartera por este método, se toma el saldo que al final del año o periodo en que se haga el cálculo, y aquellas cuentas que tengan más de un año de vencimiento, se les aplica un 33% como provisión.
Si no se hiciera la respectiva provisión de cartera, los estados
financieros mostrarían unos valores irreales, puesto que mostraría
unas cuentas por cobrar que si bien son reales, jamás se podrán
cobrar, por lo que se estaría presentando una información contabl
Resolvamos:
Al cliente N° 001 tiene un crédito inicial por valor de $28.000.000 y de esos $11.000.000 tienen más de un año de vencimiento.
$11.000.000*33%= $3.630.000
La contabilización de este valor es:
Cuenta | Débito | Crédito |
519910 | $3.630.000 | |
139905 | $3.630.000 |
En consecuencia, el valor de la cartera disminuye en el valor de la provisión y el nuevo saldo es de 28.000.000-3.630.000 =$24.370.000
Provisión general Igual que en la provisión individual, al final del periodo se determinan los vencimientos de la cartera y se clasifican en aquellas cuentas que tienen:
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