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POLÍTICAS DE LOGÍSTICA URBANA EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES – ARGENTINA


Enviado por   •  14 de Noviembre de 2021  •  Práctica o problema  •  1.614 Palabras (7 Páginas)  •  88 Visitas

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[pic 1]UNIVERSIDAD TÉCNICA

PARTICULAR DE LOJA

La Universidad Católica de Loja

POLÍTICAS DE LOGÍSTICA URBANA EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES – ARGENTINA

MACHALA - ECUADOR

[pic 2]JULEISY NICOLE CORDOVA TANDAZO

Villa 31[1]

  1. Antecedentes de la Ciudad de Buenos Aires

Buenos Aires es la ciudad más importante y más grande de la localidad de Argentina. Centra el puerto y el sector industrial más fundamental del territorio. Alrededor de la tercera parte poblacional de Argentina habita en Buenos Aires. La ciudad está al este de Argentina instalada en la bahía del Flujo de agua de La Plata. Buenos Aires es una de las metrópolis más grandes de todo el mundo, una megalópolis que, con los suburbios, supera los once millones de pobladores. Además, es la localidad más elegante y activa de América del Sur, y la que mejor resume la variada y heterogénea esencia de lo argentino. Una ciudad muy moderna y de dinámica actividad, ha sabido mantener antiguas tradiciones y rincones entrañables.

  1. Marco Institucional y Regulatorio

La Constitución Nacional, en su Artículo 14, establece que ningún habitante de la nación puede ser privado de su propiedad;

El Código Civil y Comercial, incorporo una referencia amplia a los derechos humanos y a la tutela de los intereses colectivos, incluyendo a los derechos al ambiente sano y a la salud;

La Ley 5.708 General de Expropiaciones establece que todos los bienes, cualquiera fuere su naturaleza jurídica, son expropiables por causa de utilidad pública o interés general, según lo establecido por la Ley, toda iniciativa de expropiación debe contar con un estudio integral, planificado, que cuente con tasaciones, determinación de los valores indemnizatorios aproximativos, y con previsión de los recursos arbitrados para el respectivo gasto.

La Ley 14.449 Acceso Justo al Hábitat en su artículo 27 la Ley define a la unión socio-urbana de villas y asentamientos participativa, incluyan, entre otras, la obra, optimización y ampliación de las existieran, la optimización en la accesibilidad y conectividad, el saneamiento y mitigación. Su artículo 29 instituye que la elección de llevar adelante una relocalización debería seguir los siguientes criterios: (a) necesidad de reordenamiento urbano, (b) hacinamiento de hogares y (c) componentes de peligro social, hidráulico o ambiental.

En su reglamentación se ha desarrollado un Protocolo de actuación para casos de relocalizaciones, por medio de la Resolución N° 22/16 de la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Casa de la Provincia de Buenos Aires, a fin de regular los métodos específicos a tenerse presente en los procesos de relocalización. lo predeterminado en el Artículo 1 del Capítulo I de este protocolo, la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Hábitat de la Provincia de Buenos Aires, en tanto delegada del OPISU pasa a consumar este papel.

En caso de considerarlo procedente, el protocolo sugiere que la autoridad de aplicación va a poder pedir que el Instituto de la Casa de la Provincia de Buenos Aires (IVBA), conjuntamente con los Municipios que corresponden, lleve adelante el proceso de relocalización con base al método predeterminado en el protocolo.

En el Capítulo II, especialmente en el Artículo 4, se muestran las pautas de colaboración ciudadana desde la constitución de una mesa de administración participativa, según lo previsto en el Artículo 36 de la Ley de Ingreso Justo al Hábitat.

  1. Programa de Integración Social y Urbana (en la Villa 31)

Este programa es totalmente necesario en la Villa 31 ya que es un asentamiento informal que a partir de la década de 1930 se han albergado inmigrantes que llegaban a Buenos Aires a trabajar en el puerto y los ferrocarriles. Ubicado cerca de la Recoleta y el Puerto Madero, zonas residenciales y comerciales de alto valor inmobiliario, la Villa 31 se intercala entre las infraestructuras urbanas de los trenes, el puerto y la autopista de Illia. Tiene un aproximado de 32 hectáreas en donde viven alrededor de 43 mil personas en un entorno urbano, que, en comparación con la ciudad, esta Villa tiene varias inequidades: un 22% de los hogares viven en condiciones de hacinamiento, mientras que en la ciudad es una cifra de 1.8%. En el ámbito social, un 64% de los adolescentes (entre 18-25) no terminaron su educación secundaria, mientras que en la ciudad es del 18%. Además, que no cuenta con los servicios básicos como son el agua, alcantarillado, electricidad.

Bajo estas problemáticas urbanas el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) aplica la Políticas de Reasentamiento Involuntario (OP-710), el objetivo general del reasentamiento debe consistir en mejorar las condiciones socio-económicas de las poblaciones afectadas o, como mínimo, dejarlos dentro de un periodo razonable.

Además, La Política de Igualdad de Género (OP-761) teniendo un lineamiento de acción preventiva con el fin de mitigar los impactos negativos sobre hombres y mujeres, da una respuesta positiva, con el que el Banco espera contribuir al cumplimiento de los acuerdos internacionales sobre el tema de estas Políticas.

En el programa se desarrolla una Estrategia de Transversalización de Genero que abarca el presente Plan.

Dada la riqueza de la normativa local se realiza un análisis comparativo entre los contenidos del Protocolo de actuación para casos de relocalizaciones de la Ley 14.449 y la Política Operativa de reasentamiento involuntario (OP-710) con el objetivo de guiar la elaboración del Marco de Reasentamiento del Programa de Integración Social y Urbana de Barrios Vulnerables en el Gran Buenos Aires.

Los puntos establecidos por la OP-701 que no están contemplados por la normativa nacional y provincial son:

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