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Pagos Provisionales Persona Moral


Enviado por   •  25 de Marzo de 2012  •  617 Palabras (3 Páginas)  •  1.618 Visitas

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Pagos provisionales mensuales

Se deberán realizar pagos provisionales mensualmente y presentarse a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.

Procedimiento para calcular el pago del impuesto sobre la renta

1.Calcule la utilidad o ganacia, para ello reste a su total de sus ingresos obtenidos en el periodo (desde el primer mes del año hasta el mes por el que por el que calcula el impuesto), las deducciones o gastos correspondientes al mismo periodo

2.Al resultado reste en su caso las pérdidas fiscales de años anteriores que no haya disminuido.

3.Al resultado aplique la tarifa y tabla de los artículos 113 y 114 respectivamente de la Ley del Impuesto sobre la Renta que corresponda según el periodo de pago.

4.A la cantidad determinada restare los pagos provisionales realizados con anterioridad en el mismo año, así como las retenciones del impuesto sobre la renta que en su caso, le hayan efectuado las personas morales.

Ejemplo para calcular el pago provisional del impuesto sobre la renta

Para el ejemplo se señalan cantidades ficticias; usted deberá manejar las reales que correspondan al periodo en que realice el cálculo del impuesto (tanto en ingresos como en tablas y tarifa).

CONCEPTO CANTIDAD $

Ingresos efectivamente cobrados del periodo 50,000.00

MENOS:

Deducciones autorizadas, efectivamente pagadas, del mismo periodo 35,000.00

IGUAL:

Ingreso gravable 15,000.00

MENOS:

Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, pendientes de disminuir (en su caso) 0

IGUAL:

Base de impuesto para aplicar la tarifa 15,000.00

MENOS:

Límite inferior Art.114 9,117.63

IGUAL:

Excedente límite inferior 5,862.37

POR:

Porcentaje sobre el excedente del límite inferior 33%

IGUAL:

Impuesto marginal 1,941.18

MÁS:

Cuota fija 1,568.80

IGUAL:

Impuesto Art. 113 LISR 3,509.98

Determinación del subsidio

CONCEPTO CANTIDAD $

Ingresos efectivamente cobrados del periodo 50,000.00

MENOS:

Deducciones autorizadas, efectivamente pagadas, del mismo periodo 35,000.00

IGUAL:

Ingreso gravable 15,000.00

MENOS:

Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, pendientes de disminuir (en su caso) 0

IGUAL:

Base de impuesto para aplicar la tabla 15,000.00

MENOS:

Límite inferior 9,117.63

IGUAL:

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