Presentación
Enviado por David0223 • 22 de Octubre de 2013 • 2.655 Palabras (11 Páginas) • 219 Visitas
INDEMNIZATORIOS
CLASIFICACIÓN
Incendio y aliadas
Terremoto
Equipo Electrónico
Automóviles
Ingeniería
Semovientes
Casco Barco
Fletes
Casco Aviación
CLASIFICACIÓN
Responsabilidad Civil
Riesgos Financieros
SEGUROS
PATRIMONIALES Lucro Cesante
Crédito
Cumplimiento
CLASIFICACIÓN
De accidentes
Indemnizatorios De Salud
De Desempleo
De Vida
No IndemnizatoriosSOAT
De Pensiones
SEGUROS DE DAÑOS
El seguro de daños se puede definir como aquel contrato de seguro que pretende el resarcimiento de un daño patrimonial sufrido por el asegurado.
Daño que puede producirse por una destrucción o deterioro de un bien concreto (seguro de daños en las cosas).
Por una disminución del patrimonio (seguro de patrimonio).
Por frustración de unas fundadas expectativas legítimamente esperadas (seguro de lucro cesante)
SEGUROS DE DAÑOS
PRINCIPIO GENERAL
Consiste en que el seguro no puede situar al asegurado en mejor posición de la que tiene en el momento inmediatamente anterior al acaecimiento del siniestro.
El principio indemnizatorio viene definido por el Artículo 1088 del Código de Comercio.
SEGUROS DE DAÑOS
LIMITE MÁXIMO DE INDEMNIZACIÓN
No excederá, en ningún caso, del valor real del interés asegurado en el momento del siniestro, ni del monto efectivo del perjuicio patrimonial.
( Artículo 1089 del Código de Comercio )
SEGUROS REALES
Sustracción
Seguro de Incendio y aliados Terremoto
Lucro cesante
Todo Riesgo Contratista
Seguro de Ingeniería Todo Riesgo Construcción
Todo Riesgo Montaje
Equipo Electrónico
Rotura de maquinaria
SEGUROS REALES
Casco Aviación
Casco Barco
Seguro de Transporte
Automóviles
Transporte
Semovientes
Otros seguros
Agrícola
AMPARO BASICO
CUBRE LAS PERDIDAS Y/O DAÑOS MATERIALES QUE SUFRAN LOS BIENES ASEGURADOS A CONSECUENCIA DIRECTA DEL INCENDIO, CAIDA DEL RAYO, DEL CALOR Y EL HUMO PRODUCIDO POR ESTOS FENÓMENOS.
SEGURO DE INCENDIO
AMPARO BASICO
Actos de Autoridad competente
Gastos extraordinarios (Extinción del siniestros).
Remoción de escombros.
Gastos para preservación de bienes.
Honorarios profesionales
Sublimitados al amparo básico
AMPAROS COMPLEMENTARIOS
EXPLOSION
TERREMOTO, TEMBLOR Y/O ERUPCION VOLCANICA
ACTOS MAL INTENCIONADOS DE TERCEROS - AMIT
ASONADA, MOTIN, CONMOCION CIVIL, Y HUELGA HMACC
DAÑOS POR AGUA
ANEGACION
EXTENDED COVERAGE (HURACAN, VIENTOS FUERTES,
GRANIZO, AERONAVES, HUMO, VEHICULOS)
SEGURO DE INCENDIO
AMPAROS COMPLEMENTARIOS
MAREMOTO, TSUNAMI, MAREJADA
TERREMOTO, TEMBLOR Y/O ERUPCION VOLCANICA
TIFÓN, HURACANES, CICLÓN, TORNADO
DAÑOS A CALDERAS U OTROS APARATOS GENERADORES
DE VAPOR
FRIGORÍFICOS
INCENDIO INHERENTE
ROTURA ACCIDENTAL DE VIDRIOS
RENTA
EXCLUSIONES
Guerra internacional o civil y actos perpetrados por fuerza extranjera (Sea declarada o no) Dolo o Culpa Grave
Material para armas nucleares
La emisión de radiaciones ionizantes, contaminación por la radioactividad.
La apropiación de terceros de las cosas aseguradas
Disminución de las cosas por vicio propio, fermentación.
Daño a los aparatos eléctricos y/o sus accesorios por causa inherente al funcionamiento.
SEGURO DE INCENDIO
BIENES ASEGURADOS
Edificios
Muebles y Enseres Mercancías
Maquinaria y Equipo
Dineros dentro y fuera de caja fuerte
BIENES NO ASEGURADOS
Terrenos
Naves Fluviales o Aeronaves
Materias primas o productos en proceso por la interrupción o suspensión del proceso industrial
SALVO CONVENIO EXPRESO
Vehículos
Metales y piedras preciosas
Cuadros, esculturas, Frescos, colecciones
Manuscritos, planos, croquis, dibujos
Explosivos
SEGURO DE INCENDIO
VALOR ASEGURADO
CONTENIDOS:
Valor de reposición de bienes de igual o similar características
MATERIAS PRIMAS:
Costo de adquisición o costo de fabricación
EDIFICIOS:
Valor de reconstrucción.
MODALIDADES DE ASEGURAMIENTO
VALOR ASEGURADO FIJO ANUAL
PÓLIZA FLOTANTE O DE DECLARACIONES
PRIMERA PERDIDA ABSOLUTA
PRIMERA PERDIDA RELATIVA
SEGURO DE INCENDIO
AMPARO Vs. CLÁUSULA
AMPARO:
Evento cubierto por una póliza de seguros, que genera un perjuicio económico al asegurado.
CLÁUSULA:
Las cláusulas son modificaciones o aclaraciones para dejar sin efecto parte del contenido de las condiciones generales o particulares del contrato de seguros.
AMPARO BASICO
CUBRE LAS PERDIDAS Y/O DAÑOS A LOS BIENES ASEGURADOS A CONSECUENCIA DIRECTA DE LA SUSTRACCION COMETIDA CON VIOLENCIA, ADEMAS LOS DAÑOS QUE CAUSEN A LOS ESTABLECIMIENTOS QUE CONTENGAN LOS BIENES ASEGURADOS CON MOTIVO DE TAL SUSTRACCION O LA TENTATIVA DE HACERLA.
SEGURO DE SUSTRACCIÓN
DEFINICIÓN DE HURTO CALIFICADO
Es el apoderamiento por parte de personas extrañas al asegurado de los bienes asegurados, cuando:
Al establecimiento o residencia en forma tal que queden huellas visibles de tal acto de violencia a la entrada o a la salida.
A las personas cuando exista amenaza con peligro inminente o suministro de tóxicos dejándooslos en estado de indefensión.
AMPAROS COMPLEMENTARIOS
HURTO SIMPLE O
SUSTRACCION SIN VIOLENCIA
SUSTRACCION TODO RIESGO
SEGURO DE SUSTRACCIÓN
EXCLUSIONES
Bienes expuesto a la intemperie.
Cuando el autor o cómplice sea el cónyuge o cualquier pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad.
Incendio, terremoto, explosión, huracán, tifón, inundación, rayo u cualquier otra convulsión de la naturaleza.
Guerra internacional o civil
AMIT y HMACCoP
Residencia deshabitada por más de 8 días sin acuerdo con la aseguradora
Objetos recuperados por la autoridad competente.
BIENES ASEGURADOS
Muebles y Enseres
Mercancías
Maquinaria y Equipo
Dineros dentro y fuera de caja fuerte
SEGURO DE
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