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Presentación


Enviado por   •  22 de Octubre de 2013  •  2.655 Palabras (11 Páginas)  •  219 Visitas

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INDEMNIZATORIOS

CLASIFICACIÓN

Incendio y aliadas

Terremoto

Equipo Electrónico

Automóviles

Ingeniería

Semovientes

Casco Barco

Fletes

Casco Aviación

CLASIFICACIÓN

Responsabilidad Civil

Riesgos Financieros

SEGUROS

PATRIMONIALES Lucro Cesante

Crédito

Cumplimiento

CLASIFICACIÓN

De accidentes

Indemnizatorios De Salud

De Desempleo

De Vida

No IndemnizatoriosSOAT

De Pensiones

SEGUROS DE DAÑOS

El seguro de daños se puede definir como aquel contrato de seguro que pretende el resarcimiento de un daño patrimonial sufrido por el asegurado.

Daño que puede producirse por una destrucción o deterioro de un bien concreto (seguro de daños en las cosas).

Por una disminución del patrimonio (seguro de patrimonio).

Por frustración de unas fundadas expectativas legítimamente esperadas (seguro de lucro cesante)

SEGUROS DE DAÑOS

PRINCIPIO GENERAL

Consiste en que el seguro no puede situar al asegurado en mejor posición de la que tiene en el momento inmediatamente anterior al acaecimiento del siniestro.

El principio indemnizatorio viene definido por el Artículo 1088 del Código de Comercio.

SEGUROS DE DAÑOS

LIMITE MÁXIMO DE INDEMNIZACIÓN

No excederá, en ningún caso, del valor real del interés asegurado en el momento del siniestro, ni del monto efectivo del perjuicio patrimonial.

( Artículo 1089 del Código de Comercio )

SEGUROS REALES

Sustracción

Seguro de Incendio y aliados Terremoto

Lucro cesante

Todo Riesgo Contratista

Seguro de Ingeniería Todo Riesgo Construcción

Todo Riesgo Montaje

Equipo Electrónico

Rotura de maquinaria

SEGUROS REALES

Casco Aviación

Casco Barco

Seguro de Transporte

Automóviles

Transporte

Semovientes

Otros seguros

Agrícola

AMPARO BASICO

CUBRE LAS PERDIDAS Y/O DAÑOS MATERIALES QUE SUFRAN LOS BIENES ASEGURADOS A CONSECUENCIA DIRECTA DEL INCENDIO, CAIDA DEL RAYO, DEL CALOR Y EL HUMO PRODUCIDO POR ESTOS FENÓMENOS.

SEGURO DE INCENDIO

AMPARO BASICO

Actos de Autoridad competente

Gastos extraordinarios (Extinción del siniestros).

Remoción de escombros.

Gastos para preservación de bienes.

Honorarios profesionales

Sublimitados al amparo básico

AMPAROS COMPLEMENTARIOS

EXPLOSION

TERREMOTO, TEMBLOR Y/O ERUPCION VOLCANICA

ACTOS MAL INTENCIONADOS DE TERCEROS - AMIT

ASONADA, MOTIN, CONMOCION CIVIL, Y HUELGA HMACC

DAÑOS POR AGUA

ANEGACION

EXTENDED COVERAGE (HURACAN, VIENTOS FUERTES,

GRANIZO, AERONAVES, HUMO, VEHICULOS)

SEGURO DE INCENDIO

AMPAROS COMPLEMENTARIOS

MAREMOTO, TSUNAMI, MAREJADA

TERREMOTO, TEMBLOR Y/O ERUPCION VOLCANICA

TIFÓN, HURACANES, CICLÓN, TORNADO

DAÑOS A CALDERAS U OTROS APARATOS GENERADORES

DE VAPOR

FRIGORÍFICOS

INCENDIO INHERENTE

ROTURA ACCIDENTAL DE VIDRIOS

RENTA

EXCLUSIONES

Guerra internacional o civil y actos perpetrados por fuerza extranjera (Sea declarada o no) Dolo o Culpa Grave

Material para armas nucleares

La emisión de radiaciones ionizantes, contaminación por la radioactividad.

La apropiación de terceros de las cosas aseguradas

Disminución de las cosas por vicio propio, fermentación.

Daño a los aparatos eléctricos y/o sus accesorios por causa inherente al funcionamiento.

SEGURO DE INCENDIO

BIENES ASEGURADOS

Edificios

Muebles y Enseres Mercancías

Maquinaria y Equipo

Dineros dentro y fuera de caja fuerte

BIENES NO ASEGURADOS

Terrenos

Naves Fluviales o Aeronaves

Materias primas o productos en proceso por la interrupción o suspensión del proceso industrial

SALVO CONVENIO EXPRESO

Vehículos

Metales y piedras preciosas

Cuadros, esculturas, Frescos, colecciones

Manuscritos, planos, croquis, dibujos

Explosivos

SEGURO DE INCENDIO

VALOR ASEGURADO

CONTENIDOS:

Valor de reposición de bienes de igual o similar características

MATERIAS PRIMAS:

Costo de adquisición o costo de fabricación

EDIFICIOS:

Valor de reconstrucción.

MODALIDADES DE ASEGURAMIENTO

VALOR ASEGURADO FIJO ANUAL

PÓLIZA FLOTANTE O DE DECLARACIONES

PRIMERA PERDIDA ABSOLUTA

PRIMERA PERDIDA RELATIVA

SEGURO DE INCENDIO

AMPARO Vs. CLÁUSULA

AMPARO:

Evento cubierto por una póliza de seguros, que genera un perjuicio económico al asegurado.

CLÁUSULA:

Las cláusulas son modificaciones o aclaraciones para dejar sin efecto parte del contenido de las condiciones generales o particulares del contrato de seguros.

AMPARO BASICO

CUBRE LAS PERDIDAS Y/O DAÑOS A LOS BIENES ASEGURADOS A CONSECUENCIA DIRECTA DE LA SUSTRACCION COMETIDA CON VIOLENCIA, ADEMAS LOS DAÑOS QUE CAUSEN A LOS ESTABLECIMIENTOS QUE CONTENGAN LOS BIENES ASEGURADOS CON MOTIVO DE TAL SUSTRACCION O LA TENTATIVA DE HACERLA.

SEGURO DE SUSTRACCIÓN

DEFINICIÓN DE HURTO CALIFICADO

Es el apoderamiento por parte de personas extrañas al asegurado de los bienes asegurados, cuando:

Al establecimiento o residencia en forma tal que queden huellas visibles de tal acto de violencia a la entrada o a la salida.

A las personas cuando exista amenaza con peligro inminente o suministro de tóxicos dejándooslos en estado de indefensión.

AMPAROS COMPLEMENTARIOS

HURTO SIMPLE O

SUSTRACCION SIN VIOLENCIA

SUSTRACCION TODO RIESGO

SEGURO DE SUSTRACCIÓN

EXCLUSIONES

Bienes expuesto a la intemperie.

Cuando el autor o cómplice sea el cónyuge o cualquier pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad.

Incendio, terremoto, explosión, huracán, tifón, inundación, rayo u cualquier otra convulsión de la naturaleza.

Guerra internacional o civil

AMIT y HMACCoP

Residencia deshabitada por más de 8 días sin acuerdo con la aseguradora

Objetos recuperados por la autoridad competente.

BIENES ASEGURADOS

Muebles y Enseres

Mercancías

Maquinaria y Equipo

Dineros dentro y fuera de caja fuerte

SEGURO DE

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