REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO ECOSERVICIOS E INGENIERÍA LIMPIA S.A.C.
Enviado por efrainroday • 27 de Enero de 2018 • Ensayo • 12.539 Palabras (51 Páginas) • 250 Visitas
REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO
ECOSERVICIOS E INGENIERÍA LIMPIA SAC
INTRODUCCIÓN
El presente REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO, en adelante RIT, regula las relaciones laborales entre el empleador y sus trabajadores, considerando los principales derechos y obligaciones de cada uno de ellos, teniendo como objetivo principal, promover y sostener la armonía y disciplina en la empresa.
Dicho reglamento será de cumplimiento obligatorio tanto para la empresa como para los trabajadores de ECOSERVICIOS E INGENIERÍA LIMPIA S.A.C., en adelante LA EMPRESA, sin perjuicio de la aplicación de las disposiciones legales vigentes.
En cuanto a la elaboración del mismo, se consideró los principios de justicia y equidad que constituye la base fundamental de toda relación laboral, es importante destacar que las normas establecidas en este documento constituye el punto de partida para la preparación de otras normas, reglamentos y/o políticas de desarrollo que propicien un clima laboral idóneo, en donde se respete las pautas de conducta, orden y de buena moral a través de la excelencia, para lo cual se necesita de profesionales capaces y de normas claras y constituidas que permitan guiarlos al éxito tanto profesional como empresarial.
El RIT es de aplicación para todo los trabajadores, incluyendo a aquellas personas que tengan trato directo con nuestros equipos, maquinarias e infraestructura, las cuales están obligados a respetar todas las reglas dadas por LA EMPRESA y acatarlas, ya que tienen como finalidad velar por la armonía y seguridad del personal y de la empresa en todo momento y lugar. En ese sentido, LA EMPRESA tiene como objetivo principal lograr niveles altos de seguridad y para llegar a ello es necesaria una continua gestión, administración de personal, con material y manuales actualizados que estén orientados a mejorar las habilidades, aptitudes y conocimientos de nuestros profesionales.
GENERALIDADES:
El Reglamento Interno de Trabajo, nos determina un conjunto de disposiciones, que definen y regulan las relaciones laborales en LA EMPRESA.
ARTICULO 1º OBJETIVO
El objetivo principal del presente reglamento, es establecer las reglas de trabajo dentro del marco especifico de nuestra Empresa, sobre el requerimiento de contratación, jornada y horario de trabajo; sobre el control de asistencia, sobre las inasistencias, tardanzas y permisos; sobre los descansos y vacaciones; sobre los derechos, deberes y obligaciones; sobre las medidas disciplinarias. Así como demás reglas que hacen posible un ambiente de justicia y equidad.
ARTICULO 2º ALCANCE
Las normas establecidas en el presente Reglamento, rigen para todos los trabajadores, sin distinción alguna, desde la fecha de su aprobación por la Autoridad Administrativa de Trabajo, considerando también la entrega del mismo a los trabajadores y, a los que se incorporen con posterioridad, bajo cualquier modalidad de contratación. Todo trabajador recibirá un ejemplar del Manual de Reglamento Interno de Trabajo, acto por el cual suscribirá la respectiva Constancia de Entrega, comprometiéndose a tomar conocimiento del mismo y está obligado a respetar y cumplir las normas establecidas, así como las disposiciones verbales y escritas que de ellas se deriven.
ARTICULO 3º RESPONSABILIDAD
Todos los trabajadores de LA EMPRESA, son responsables de cumplir y hacer cumplir lo establecido en el presente reglamento. Todos los trabajadores están en la obligación de conocer su contenido y cumplir permanentemente con lo indicado. Su desconocimiento no exime al trabajador de su cumplimiento. En consecuencia, el trabajador no podrá alegar el desconocimiento para eximirse de la responsabilidad de su cumplimiento.
ARTICULO 4° NORMAS REGULADORAS
a. Lo dispuesto en el presente reglamento interno de trabajo constituye un instrumento de regulación de las relaciones entre la empresa y sus trabajadores sin distinción de cargo, categoría y función, estando todos obligados a mantener en su poder un ejemplar y conocer su contenido; la distribución del RIT es de carácter obligatorio.
b. El RIT, es un instrumento normativo, que puede ser modificado por la empresa en armonía y de acuerdo con la legislación laboral vigente, cuando sea necesario, para mejorar y elevar el desarrollo y el orden interno, de darse el caso tales modificaciones serán puestas en conocimiento a todo el personal de la empresa para su posterior aplicación.
c. Las reglas de seguridad señaladas en este reglamento no pueden ser modificadas por los trabajadores de mando medio y operacional, solo son válidas las modificaciones hechas por el alto mando de la empresa y autorizados como la Gerencia General o en su defecto por delegación escrita la Jefatura de Recursos Humanos.
d. Todo aquel que ingrese a laborar a las instalaciones y a operar los equipos de trabajo, deberán ser capacitados previamente, así como instruidos sobre seguridad y manejo de equipos, dicha capacitación, deberá ser necesariamente brindada por un personal con experiencia como un coordinador, jefe y/o trabajador con total conocimiento de sus funciones y las de área.
e. Todo aquel que ingrese a las instalaciones, está en la obligación de respetar las señales, avisos de seguridad y las normas internas estipuladas en los diferentes manuales de seguridad y operatividad, para así ofrecer seguridad a las personas que laboran en las instalaciones y a las que están en contacto con maquinarias.
ARTICULO 5º REQUISITOS DE CONTRATACIÓN
El ingreso de personal se efectuará de acuerdo a las normas de convocatoria, selección y contratación de personal establecidas por LA EMPRESA; la selección y contratación de trabajadores o colaboradores en general, es una facultad exclusiva de la Gerencia General de LA EMPRESA, quien podrá delegarla a la Jefatura de Recursos Humanos o a quien haga sus veces. Para el ingreso de personal, LA EMPRESA tendrá en cuenta la cuota de empleo establecida en la Ley No. 29973 “Ley General de la persona con Discapacidad” y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP.
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