Sociedades Extranjeras
Enviado por Javivi0208 • 11 de Julio de 2013 • 817 Palabras (4 Páginas) • 1.345 Visitas
Sociedades extranjeras.
El concepto y la regulación general de las Sociedades Extranjeras se desprende de cuatro ordenamientos principalmente:
1.-La Ley de Nacionalidad.
2.-El Código de Comercio
3.-La Ley General de Sociedades Mercantiles
4.-La Ley de Inversión Extranjera y el Reglamento de la misma.
Así podemos mencionar de acuerdo a la doctrina, como concepto de sociedad extranjera, el siguiente:
Son sociedades extranjeras constituidas conforme a la ley de otro país y con domicilio principal en el exterior, sujetándose a las prescripciones del código de comercio y a los tribunales de la nación en todo lo que se refiere a su creación, establecimiento y operaciones mercantiles.
Es permitido que una sociedad extranjera se establezca en el territorio nacional teniendo en cuenta que la sucursal en la legislación comercial es considerada como un “establecimiento de comercio” y que la casa matriz puede abrir todos los establecimientos que tenga a bien dentro del territorio nacional.
Quienes vigilan estás sociedades extranjeras, en el estado que se ejercerá por la superintendencia financiera o de sociedades según su objeto social.
4.1. Requisitos:
Protocolizar en una notaría del lugar elegido para su domicilio en el país.
Copias auténticas del documento de su fundación.
Copia de sus estatutos.
Resolución o acto que acordó su establecimiento en ese país y de los que acredite la existencia de la sociedad.
Personería de sus representantes.
Permiso para funcionar en el país.
4.2. Actividades permanentes:
Abrir dentro del territorio de la república establecimientos mercantiles u oficinas de negocios.
Intervenir como contratista en la ejecución de obras o en la prestación de servicios.
Participar en actividades que tengan por objeto el manejo, aprovechamiento o inversión de fondos provenientes de ahorro privado.
Dedicarse a la industria extractiva en cualquiera de sus ramas o servicios.
4.3. Criterios de sociedades extranjeras.
4.3.1. El criterio de la capacidad jurídica.
Como sociedad extranjera y persona jurídica que es y no su sucursal, se ha de señalar que el permitir que se establezca más de una sucursal en el territorio nacional seria como admitir que la persona jurídica cuenta con más de una capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones.
4.3.2. El criterio del patrimonio nacional.
No puede constituir una sucursal de sociedad extranjera una persona jurídica distinta a la de su matriz con un patrimonio autónomo e independiente, tampoco sería posible la incorporación de más de una sucursal, ya que sencillamente no se configuraría una separación de patrimonio entre las distintas sucursales coexistentes.
4.3.3. El criterio del nombre social.
No resulta factible establecer más de una sucursal en la geografía nacional, ya que simple y llanamente todas las sucursales tendrían
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