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Taller 1: “Fallas de Mercado”


Enviado por   •  21 de Marzo de 2022  •  Ensayo  •  1.501 Palabras (7 Páginas)  •  124 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA[pic 1][pic 2]

Facultad de Economía

Escuela Profesional de Economía

PROGRAMA DE ACTUALIZACION PARA TITULACION PROFESIONAL

PATPRO VERSIÓN XXXVIII

CURSO                        : Microeconomía y sus Aplicaciones

PROFESOR                : Dr. Jaime Romero Zapata

TEMA        : Taller 1: “Fallas de Mercado”

GRUPO        : N° 07

INTEGRANTES        :

  • Arteaga Pacherres David Elías
  • Celi Zapata Harlet Del Rosario (Expositora)
  • Pimentel Alvarado Kiara Stefany (Jefe de Grupo, Celular: 968613830)
  • Tezen Sernaqué Davis Giancarlo (Expositor)
  • Zapata Tocto David Abrahan (Realizará la pregunta)

Piura, Perú

2021

EL COMPORTAMIENTO OLIGOPÓLICO EN EL SISTEMA FINANCIERO

  1. INTRODUCCIÓN

El Oligopolio es un mercado en el cual solo existen unas cuantas empresas, las cuales compiten entre ellas debido a que realizan la mayor parte de la producción total. En los mercados oligopólicos la rentabilidad está en función en parte de la forma cómo se devuelven las empresas en cuestión. Si dicha interacción es cooperativa de forma predominante, las empresas establecerán precios muy elevados y, por tanto, obtendrán altos beneficios y si la interacción es más de tipo competitiva, el beneficio será menor para las empresas, pero favorecerá a los consumidores (Pindyck y Rubinfeld, 2009).

Según Echevarría (2016), el Sistema Financiero Peruano está formado por instituciones cuya función es la de realizar las captaciones, administración y llevar a cabo la canalización de recursos de los agentes económicos superavitarios hacia los agentes considerados como deficitarios. En nuestro país el organismo encargado de la regulación y la supervisión del sistema financiero, de seguros y del sistema privado de pensiones es la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, el cual tiene como función velar por un correcto funcionamiento en el sistema financiero y así evitar que existan “fallas” de mercado.[1] 

  1. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO PERUANO

El Sistema Financiero del Perú está conformado a Septiembre del año 2021 por un total de 16 bancos, cuya participación es del 90.64%. En el Gráfico 1, se puede apreciar la participación de los mismos, donde el Banco de Crédito del Perú (BCP) presenta la mayor participación con un porcentaje de 34.68%, seguido del Banco BBVA con un 21.40%, el Banco Scotiabank registra una participación de 16.57%, Interbank con 12.20%, Mi banco y otros presentan una participación inferior a 4%. Es así que, se observa que existe una concentración del mercado financiero liderado por estos 4 bancos.

En la misma línea, tomando en cuenta la data proporcionada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) de Setiembre de 2021, se puede decir que el índice HHI (Herfindahl Hirschman Index) para el subsector de créditos totales en el sistema financiero asciende a 1,681; es decir, el Perú presenta un mercado moderadamente concentrado ya que nuestro HHI está entre 1000 y 1800, con este índice se comprueba que el Sistema Financiero Peruano se encuentra liderado por 4 bancos: Banco de Crédito del Perú, BBVA, Scotiabank e Interbank.


Gráfico 1: Participación en Créditos Directos en Bancos Al 30/09/2021 (%)

[pic 3]

Fuente: Superintendencia de Banca, Seguros y AFP
Elaboración: Propia

  1. CASO: MULTA A BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ

A continuación, detallaremos un caso que evidencia el efecto negativo del comportamiento oligopólico en el sistema Financiero, el cual fue investigado por la Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la libre competencia correspondiente al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). La mencionada secretaría, el día 06 de Julio del año 2018 emitió la Resolución N° 0069-2018/CC3, con el objetivo de sancionar al Banco de Crédito del Perú por haber incurrido en 32 casos que representan una infracción al artículo 86° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, ordenando el pago de 110 Unidades Impositivas Tributarias (INDECOPI, 2019).

3.1. PROCESO DE SUPERVISIÓN

La infracción se evidenció luego que la Gerencia de Supervisión y Fiscalización verificara si las entidades financieras cumplían con la disposición descrita en el artículo 86° de la Ley N°29571. Es importante mencionar que, el Artículo 86° del Código de Protección y Defensa del Consumidor establece que todo consumidor posee la facultad de realizar el pago anticipado en cualquier operación de créditos a plazos, pudiendo realizarse de manera total o parcial. Asimismo, el consumidor tiene derecho a la reducción de los intereses que se deriven del proceso contractual al día de pago.

Es así que, el Banco de Crédito del Perú entregó un listado de pagos que fueron efectuados entre los meses de Julio y Septiembre del año 2015, correspondientes al producto Crédito Efectivo, el cual se emitió entre el mes de Mayo del año 2014 y el mes de Mayo del año 2015, obteniendo un listado de 135,156 créditos. De este total de créditos, se seleccionaron solo los casos en los cuales el monto pagado por el consumidor fuese superior a dos cuotas, con lo cual se obtuvieron 30,323 créditos. El procedimiento efectuado permitió detectar 35 casos de infracción inicialmente, la misma que fue obtenida a través del método correspondiente a la Norma Técnica Peruana ISO 2859-1. Dichos casos se detallan en la Resolución N.º 69-2018/CC3. Teniendo en consideración dichas normas, se alega que el Banco de Crédito del Perú cometió una infracción al artículo 86°, ya que se registraron 35 casos en que los pagos que fueron efectuados por los consumidores los consideró como adelanto de cuotas, cuando debía considerarlo como pago anticipado en concordancia a la normativa vigente

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