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Enviado por Ana Patti • 20 de Agosto de 2018 • Resumen • 362 Palabras (2 Páginas) • 145 Visitas
Están prohibidos los acuerdos entre competidores, las concentraciones económicas, los actos o conductas relacionados con la producción e intercambio de bienes o servicios, que tengan por objeto o efecto limitar, restringir, falsear o distorsionar la competencia o el acceso al mercado o que constituyan abuso de una posición dominante en un mercado, de modo que pueda resultar perjuicio para el interés económico general. (ART 1 LEY DEF. COMP 27442)
2.- La Autoridad Nacional de la Competencia
Organismo descentralizado y autárquico con el fin de aplicar y controlar el cumplimiento de esta ley. tendrá plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos del derecho público y privado. Tendrá su sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pero podrá actuar, constituirse y sesionar en cualquier lugar del territorio nacional mediante delegados que la misma designe. Dentro de la Autoridad Nacional de la Competencia, funcionarán:
el Tribunal de Defensa de la Competencia,
la Secretaría de Instrucción de Conductas Anticompetitivas y
la Secretaría de Concentraciones Económicas.
ART 18 - 27442 3.- Constituyen prácticas absolutamente restrictivas de la competencia y se presume que producen perjuicio al interés económico general, los acuerdos entre dos o más competidores, consistentes en contratos, convenios o arreglos cuyo objeto o efecto fuere: a) Concertar en forma directa o indirecta el precio de venta o compra de bienes o servicios al que se ofrecen o demanden en el mercado; b) Establecer obligaciones de (i) producir, procesar, distribuir, comprar o comercializar sólo una cantidad restringida o limitada de bienes, y/o (ii) prestar un número, volumen o frecuencia restringido o limitado de servicios; c) Repartir, dividir, distribuir, asignar o imponer en forma horizontal zonas, porciones o segmentos de mercados, clientes o fuentes de aprovisionamiento; d) Establecer, concertar o coordinar posturas o la abstención en licitaciones, concursos o subastas. Estos acuerdos serán nulos de pleno derecho y, en consecuencia, no producirán efecto jurídico alguno.
ART 2 – 27442
4.- POSICION DOMINANTE
se entiende que una o más personas goza de posición dominante cuando para un determinado tipo de producto o servicio es la única oferente o demandante dentro del mercado nacional o en una o varias partes del mundo, o cuando sin ser única, no está expuesta a una competencia sustancial.
ART 5 - 27442
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