Un nuevo CONTRATO DE COMPRA/VENTA
Enviado por ana abigail gonzalez • 19 de Octubre de 2015 • Resumen • 1.118 Palabras (5 Páginas) • 238 Visitas
CONTRATO DE COMPRA/VENTA
EN LA CIUDAD DE QUERÉTARO, DEL ESTADO DE QUERÉTARO, A LOS 30 TREINTA DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 DOS MIL CINCO ANTE LA PRESENCIA DE DOS TESTIGOS, COMPARECEN CON EL OBJETIVO DE CELEBRAR CONTRATO DE COMPRA VENTA, POR UNA PARTE LA SEÑORA MA. HERMENEGILDA MARTÍNEZ GARCÍA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “LA VENDEDORA”, Y POR OTRA EL SEÑOR URBANO REYES CERÓN, QUE EN LO CONDUCENTE SERÁ “EL COMPRADOR”, AMBAS PARTES DE IDENTIFICAN CON CREDENCIAL DE ELECTOR EXPEDIDA POR EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, Y TENIENDO LA CAPACIDAD LEGAL PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE SE SOMETEN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES: ----------------------------------------------------------------------------------===============================ANTECEDENTES===============================
I.- “AMBAS PARTES” DECLARAN TENER CAPACIDAD JURÍDICA PLENA PARA CONVENIR, ASÍ COMO MANIFIESTAN SU DESEO DE CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO TRASLATIVO DE DOMINIO, EN TÉRMINOS EXPRESADOS.-------------------------------------------------------------------II.- LA SEÑORA MA. HERMENEGILDA MARTÍNEZ GARCÍA MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD SER PROPIETARIA DE LA PARCELA 244 DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO, Z-1 LETRA “Z” GUION UNO, P1/4 LETRA ”P” UNO DIAGONAL CUATRO, DEL EJIDO DE SANTA MARÍA MAGDALENA, DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO, QUERÉTARO, MISMA QUE EN SU TOTALIDAD CUENTA CON UNA SUPERFICIE DE 2-35-39.40 HAS., DOS HECTÁREAS, TREINTA Y CINCO CENTIÁREAS Y TREINTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA ÁREAS, Y LAS MEDIDAS Y COLINDANCIAS:-------------------------------------------------------------------AL NORESTE: 245.12 M, DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS, DOCE CENTÍMETROS CON PARCELA 240 DOSCIENTOS CUARENTA.-----------------------------------------------------------------AL ESTE: 95.64 M, NOVENTA Y CINCO METROS, SESENTA Y CUATRO CENTÍMETROS CON DERECHO DE PASO.----------------------------------------------------------------------------------------------------AL SUROESTE: 244.24 M, DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS, VEINTICUATRO CENTÍMETROS, CON PARCELA 251 DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO.-------------------------------AL OESTE: 96.78 M, NOVENTA Y SEIS METROS, SETENTA Y OCHO CENTÍMETROS CON DERECHO DE PASO.---------------------------------------------------------------------------------------------------III.- “LA VENDEDORA” ACREDITA LA PROPIEDAD DEL INMUEBLE DESCRITO EN EL ANTECEDENTE INMEDIATO ANTERIOR, CON CERTIFICADO PARCELARIO NÚMERO 00000084321 OCHENTA Y CUATRO MIL TRECIENTOS VEINTIUNO, EXPEDIDO POR EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL, EN FECHA DE 27 VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 DOS MIL CINCO.--------------------------------------------------------------------------------------------------------IV.- SIGUE MANIFESTANDO LA SEÑORA MA. HERMENEGILDA MARTÍNEZ GARCÍA QUE ES SU DESEO VENDER AL SEÑOR URBANO REYES CERÓN, QUIEN ACEPTA LA VENTA DE SÓLO UNA FRACCIÓN DE LA PARCELA QUE HA QUEDADO DEBIDAMENTE DESCRITA EN EL ANTECEDENTE II SEGUNDO DE ESTE CONTRATO, PORCIÓN QUE SE IDENTIFICA COMO LOTE 25 VEINTICINCO, 26 VEINTISÉIS, 27 VEINTISIETE, 28 VEINTIOCHO, MANZANA 2 DOS, Y QUE CUENTA CON SUPERFICIE, MEDIDAS Y COLINDANCIAS SIGUIENTES.----------------SUPERFICIE: 532.00M2, QUINIENTOS TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS.-----------------------AL NORESTE: 28M VEINTIOCHO METROS CON CALLE SIN NOMBRE.-----------------------------------AL ESTE: 19M DIECINUEVE METROS CON LOTE 29 VEINTINUEVE MANZANA 2 DOS.-------------AL SUROESTE: 28M VEINTIOCHO METROS CON PARCELA 251 DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------AL OESTE: 19M DIECINUEVE METROS CON LOTE 24 VEINTICUATRO MANZANA 2 DOS.---------
=================================CLÁUSULAS: ================================
PRIMERA.- LA SEÑORA MA. HERMENEGILDA MARTÍNEZ GARCÍA VENDE REAL Y DEFINITIVAMENTE “AD CORPUS” AL SEÑOR URBANO REYES CERÓN, QUIEN COMPRA PARA SI, EL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO FRACCIÓN DE LA PARCELA 244 DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO, Z-1 LETRA “Z” GUION UNO, P1/4 LETRA “P” UNO DIAGONAL CUATRO, DEL EJIDO DE SANTA MARÍA MAGDALENA, DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO, QUERÉTARO, IDENTIFICADO ACTUALMENTE COMO LOTE 25 VEINTISIETE, 26 VEINTISÉIS, 27 VEINTISIETE, 28 VEINTIOCHO, MANZANA 2 DOS, UBICADO EN CALLE SIN NOMBRE, DE LA COLONIA “VALLE DEL BICENTENARIO”, COMUNIDAD DE SANTA MARÍA MAGDALENA, QUERÉTARO, QUERÉTARO; INMUEBLE QUE HA QUEDADO DEBIDAMENTE DESCRITO EN EL ANTECEDENTE IV CUARTO DE ESTE CONTRATO, CON SUPERFICIE, MEDIDAS Y LINDEROS ESPECIFICADOS Y QUE SE TIENE POR REPRODUCIDAS EN LA PRESENTE CLAUSULA COMO SI A LA LETRA SE INSERTAREN, CON TODOS SUS DERECHOS, FRUTOS Y ACCESIONES.-------------------------------------------------------SEGUNDA.- EL IMPORTE DE LA OPERACIÓN CONVENIDO ENTRE LAS PARTES, PARA LA VENTA DE LA FRACCIÓN, ES LA CANTIDAD DE COSTO: $240’000.00 DOSCIENTOS CUARENTA MIL PESOS 00/100, CANTIDAD QUE HA SIDO PAGADA POR PARTE DE “EL COMPRADOR” DE MANERA ANTICIPADA A LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO, MANIFESTANDO “LA VENDEDORA” HABER RECIBIDO ÍNTEGRAMENTE LA CANTIDAD EXPRESADA SIENDO ESTE EL MÁS EFICAZ RECIBO DE PAGO.--------------------------------------TERCERA.- “LA VENDEDORA” HACE ENTREGA REAL, MATERIAL Y JURÍDICA, DE LA FRACCIÓN DE LA PARCELA OBJETO DE CONTRATO IDENTIFICADO COMO LOTE 25 VEINTICINCO, 26 VEINTISÉIS, 27 VEINTISIETE, 28 VEINTIOCHO, MANZANA 2 DOS, CEDIENDO EL DOMINIO Y DEMÁS DERECHOS REALES DEL BIEN OBJETO DE VENTA, COMPRENDIENDO LA OPERACIÓN TODO CUANTO DE HECHO O POR DERECHO PERTENEZCA O PUEDA PERTENECER AL INMUEBLE ENAJENADO: CON SUS ENTRAS, SALIDAS, ACCESIONES, USOS, COSTUMBRES, DERECHOS Y SERVIDUMBRES, ACTIVAS Y PASIVAS, ÍNTEGRAMENTE EN PLENA PROPIEDAD Y POSESIÓN, SIN RESERVA ALGUNA, MISMO QUE SE ENCUENTRA LIBRE DE TODO GRAVAMEN Y RESPONSABILIDAD.--------------------------CUARTA.- “LA VENDEDORA” SE OBLIGA AL SANEAMIENTO PARA EL CASO DE EVICCIÓN Y GARANTIZA AL ADQUIRIENTE LA POSICIÓN PACIFICA, USO Y DISFRUTE DEL LOTE VENDIDO Y QUE HA QUEDADO DEBIDAMENTE DESCRITO.-------------------------------------------QUINTA.- “LA VENDEDORA” SE COMPROMETE A PRESENTARSE Y ACUDIR ANTE LAS AUTORIDADES COMPETENTES LAS VECES QUE SEAN NECESARIAS A FIN DE FIRMAR LA ESCRITURA CORRESPONDIENTE A FAVOR DE “EL COMPRADOR” O DE LA PERSONA QUE ESTE DESIGNE EN SU LUGAR.---------------------------------------------------------------------------------SEXTA.- “AMBAS PARTES” CONTRATANTES MANIFIESTAN QUE EL PRECIO DE VENTA ES JUSTO, LEGITIMO Y VERDADERO, POR NO SUFRIR ERROR, DOLO, MALA FE, VIOLENCIA FÍSICA O MORAL, NI LESIÓN QUE INVALIDE LO PACTADO EN EL PRESENTE INSTRUMENTO, POR LO QUE RENUNCIA DE FORMA RECIPROCA Y ESPECÍFICAMENTE A INVOCARLAS COMO CAUSA DE NULIDAD DE LO AHORA PACTADO.-----------------------------------------------------------SÉPTIMA.- LOS GASTOS E IMPUESTOS QUE SE ORIGINEN CON MOTIVO DE ESTE CONTRATO, SERÁN CUBIERTOS POR CUENTA DE “EL COMPRADOR”.---------------------------------------------OCTAVA.- “AMBAS PARTES” MANIFIESTAN QUE TODO LO AQUÍ EXPRESADO, LO HAN DICHO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, ASÍ COMO ENCONTRARSE EN PLENO USO Y GOCE DE SUS FACULTADES MENTALES.--------------------------------------------------------------------NOVENA.- MANIFIESTAN “AMBAS PARTES” QUE EN CASO DE CONTROVERSIA ALGUNA, SE SOMETEN A LA LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE QUERÉTARO, ASÍ COMO A LA COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS DEL PARTIDO JUDICIAL DE QUERÉTARO, QUERÉTARO, RENUNCIANDO DE ESTE MONTO A CUALQUIER OTRA COMPETENCIA QUE POR RAZÓN DE DOMICILIO PUDIESE CORRESPONDER.----------------------------------------------------------------------------------------------=========================GENERALES DE LAS PARTES:=========================
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