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EL ABORTO


Enviado por   •  23 de Mayo de 2013  •  2.722 Palabras (11 Páginas)  •  238 Visitas

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INTRODUCCION

EL ABORTO, UN ASUNTO COMPLEJO Y DE MUCHA ARISTAS

P

areciera que hablar del tema del aborto, después de duros debates en los que la sociedad mexicana se ha manifestado de múltiples maneras, entraña algunas dificultades: podría pensarse que con las reformas y adiciones al código penal y ala ley de salud del distrito federal, todo está dicho. Y sin embargo, el debate apenas empieza, pues en la discusión sobre el aborto intervienen consideraciones de diversa índole que deben tratarse con profundidad: ética, morales, legales, religiosas, de salud y sobre todo de derechos humanos.

El aborto encierra problemas de justicia social y de salud pública que deben ser atendidos, dado que es de tercera causa la muerte materna capital y la quinta en toda la republica. De estas muertes evitables, la mayor parte son mujeres pobres que no han contado con recursos para practicarse un aborto en clínicas privadas y terminan haciéndolo en condiciones de alto riesgo para la salud y su vida.

El aborto no puede ser considerado como bueno en si mismo. Mas la continuación de un embarazo no planeado o no deseado, que muy probablemente presenta una amenaza para la vida física y mental de la mujer, de la pareja, de la familia e incluso de la sociedad, tampoco puede ser considerada como deseable.

Ninguna mujer aborta con alegría en su corazón. El aborto es un serio dilema ético en el que las mujeres ponen en consideración todos los factores a favor y en contra de traer al mundo una criatura, se encuentra ante una situación límite en la que se da un conflicto de valores. Y generalmente toman la decisión en función de bienestar de sus otras hijas e hijos, de su familia, de otras personas.

Las mujeres que toman esta decisión lo hacen de acuerdo con los dictados de su conciencia. Por ello el debate acerca del aborto y su despenalización antes de las doce semanas de gestación, lleva implícita la posibilidad de reconocer, tal y como lo establecen los derechos de las mujeres a decir sobre su capacidad reproductiva como derecho humano fundamental. Como sabemos, la jerarquía de la iglesia católica rechaza total y categóricamente el aborto en todas sus circunstancias y por lo tanto su postura con respecto a la reforma aprobada en 24 de abril de 2007 ha sido de total oposición. Sin embargo, no pocas ni pocos creyentes consideramos que el hecho es mucho más complejo, ya que es un tema de muchas aristas que debe abordarse desde diversas perspectivas: la realidad socioeconómica de las mujeres, las diversas opiniones teológicas, los datos científicos. En este sentido, creemos que no se justifica el rechazo a las reformas aprobadas, sino que por el contrario, estas nos abren a otras posibilidades de interpretar esta problemática, desde la ética, la fe cristiana y el derecho inalienable de las mujeres a tomar sus propias decisiones.

Por ello, con este proyecto, quiero aportar elementos para el debate.

¿EN QUE CONSISTE LA REFORMA EN MATERIA DE ABORTO?

El 24 de abril de 2007 se aprobó en la asamblea legislativa del distrito federal, una reforma legal que proporciona a las mujeres garantía de derechos humanos y servicios de salud, en el marco de lo establecido en el artículo 4to. De nuestra constitución que dice:

“…Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable informada sobre el numero y el espaciamiento de sus hijos….toda persona tiene derecho a la protección de la salud.”

Para hacer realidad este derecho fue precisamente que se reformo el código penal y se adicionaron algunas disposiciones a la ley de salud de la ciudad de México, mediante in decreto publicado en 26 de abril en la gaceta oficial del gobierno del distrito federal.

Consideramos de gran importancia que la población en general conozca sus derechos para poderlos ejercer. Por esta razón queremos ofrecer, de manera clara, la información relacionada con los cambios en las disposiciones legales.

REFORMAS AL CODIGO PENAL DEL DF

Se reformaron los artículos 144,145.146 y 147 del código penal para el distrito federal, para quedar como se detalla a comunicación:

Artículo 144 dice: “el aborto es la interrupción del embarazo después de la decima segunda semana de gestación. Y para los efectos del código penal del DF,

el embarazo es la parte del proceso del proyecto de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio.”

Por ello, debemos tener en cuenta que con esta reforma dejo de ser un delito “la interrupción del embarazo” antes de las 12 semanas.

El artículo 145 establece que: “se impondrán de tres a seis meces de prisión o 100 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad, a la mujer que voluntariamente practique su aborto o consienta en que otro la haga abortar, después de las 12 semanas de embarazo”

La ley no obliga a ninguna mujer a interrumpir un embarazo si ella misma no lo decide.

En el artículo 146 dice: “aborto forzado es la interrupción del embarazo, en cualquier momento, sin el consentimiento de la mujer embarazada. Para efectos de este articulo, al que hiciere abortar a una mujer por cualquier medio sin su consentimiento, se le impondrá de cinco años a ocho en prisión. Y si mediare violencia física o moral , se le impondrá de ocho a diez años de prisión.”

 Esta medida se tomo para proteger a las mujeres que son obligadas ha interrumpir su embarazo sin su consentimiento expreso.

Finalmente en el artículo 147 queda: “si el aborto o aborto forzado lo causare un médico cirujano, comadrón o partera, enfermero o practicante, además de las sanciones que le correspondan conforme a lo mencionado en los artículos anteriores, se le suspenderá en el ejercicio de su profesión u oficio por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.”

 En la misma lógica del artículo anterior, se endurecen las penas contra quienes forzan a las mujeres a abortar.

En este marco cabe señalar que en el artículo 148 se mantuvieron las excluyentes de responsabilidad penal para la mujer cuando decid interrumpir un embarazo después de la semana doce cuando:

a. Es resultado de una violación.

b. Pone en riesgo su salud o vida o porque

c. El producto presenta malformaciones genéticas o congénitas graves que ponen en riesgo la sobrevivencia del mismo.

¿ES LA INTERRUPCION LEGAL LO MISMO QUE UN HOMICIDIO?

Se ha dejado claro con lo anterior que la ILE no es un delito, lo cual tiene una fundamentación ética y, para las y los creyentes, también teológica.

Uno de los aspectos en el trasfondo

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