Maestria
Enviado por raizakatiuskahr • 21 de Noviembre de 2012 • Informe • 673 Palabras (3 Páginas) • 272 Visitas
Piña-Pérez Consultores Jurídicos
www.pina-perez.com
Mini Glosario de Términos Jurídicos
El presente documento contiene una serie de conceptos con sus respectivas definiciones, relativos a diversos aspectos del quehacer jurídico en México, su propósito es acercar la terminología a aquellos no familiarizados con las actividades legales. No pretende ser un glosario exhaustivo de la terminología jurídica.
Piña-Pérez Consultores Jurídicos
Tels. (01614) 291 1084 – 01800 0873072
contacto@pina-perez.com
www.pina-perez.com
Asesores jurídicos en los ámbitos laboral y civil
Mini Glosario de términos jurídicos 2
A
A CRÉDITO Operación Mercantil caracterizada por la enajenación actual de la propiedad de una cosa del acreedor al deudor.
A CONTRARIO SENSU Locución latina el cual significa “en sentido contrario”. Se emplea como argumento cuando se deduce una consecuencia opuesta a lo afirmado o negado en una premisa dada.
A CUENTA Pago parcial de una deuda a efectos de que sea imputado a su pago definitivo.
A LIMINE Se emplea para expresar el rechazo de una demanda o recurso cuando ni siquiera se admite discusión, por no ajustarse a Derecho.
A NON DOMINO Expresión latina. Por parte de quien no es propietario. Se aplica a la transferencia de un bien mueble o inmueble, hecha por quien no es su dueño.
A QUO Se designa así al juez inferior cuya resolución es recurrida ante el tribunal superior. Se emplea también para designar el momento a partir del cual pueden producirse ciertos efectos jurídicos.
AB INTESTATO Procedimiento judicial para la adjudicación del haber hereditario de una persona fallecida sin testar. Conjunto de bienes y derechos pertenecientes al que ha fallecido sin dejar hecha disposición testamentaria.
AB IRATO Locución latina y castellana. Arrebatadamente, a impulsos de la ira, sin reflexión. Es usada frecuentemente en términos forenses para expresar el estado anímico de una persona en causada en un proceso, especialmente en los juicios criminales.
ABANDONAR Dejar voluntariamente un bien, una cosa; renunciar a ellos.
ABANDONO En general significa la renuncia de un derecho o el incumplimiento de un deber. / Implica acción de dejar o desamparar, dimitir o renunciar a la persona o cosas. Es la antítesis de la ocupación.
ABANDONO DE FAMILIA Es la dejación o desamparo de uno, varios o todos los miembros de una familia por parte del obligado y sostenimiento, ya en razón de vínculo de naturaleza, como el Padre o ascendiente o por disposición de la ley, como el tutor.
ABANDONO DEL PROCESO Es el aniquilamiento o muerte de esta por la inacción en el proceso durante el tiempo marcado por la ley.
ABANDONO DE TRABAJO En la compleja intensidad de la vida laboral moderna, es frecuente el caso de que los trabajadores dejen
...