Delitos contra la seguridad vial
Enviado por 54554ls • 12 de Noviembre de 2014 • 865 Palabras (4 Páginas) • 198 Visitas
DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA:
Delitos contra la seguridad vial
1. Bienes Jurídicos Protegidos
El bien jurídico protegido en estos delitos es la seguridad y salud de las personas,atendiendo que forman parte de una colectividad, por ello no se considera menoscabo o pérdida de la seguridad o salud individual ( ya que de ese modo ya se contempla en otros lugares del CP).
2. Delitoscontra la seguridad vial (arts. 379-385)
Como se ha comentado anteriormente, lo que se protege aquí es la seguridad de la circulación rodada en sí misma.
Y con la regulación de la LO 15/2007 del CP yano se contemplan únicamente como delitos de peligro, sino que se reformulan los ilegítimos delitos formales; es decir, infracciones que por sí mismas no son susceptibles de poner en peligro ningúnbien jurídico ni de lesionarlo.
-CONDUCCIÓN DOLOSA CON EXCESO DE VELOCIDAD (art. 379.1)
Este tipo es una de las novedades introducidas por la LO 15/2007, y por sí mismo no pone en peligro o lesiona unbien jurídico-penal.
Atendiendo el tipo objetivo positivo, el sujeto activo puede ser cualquier persona (sin atender si lleva consigo el permiso de conducir o no, eso integrará en todo caso otrainfracción). Se trata de un delito de propia mano, solo lo realiza quien va a los mandos del vehículo.
Y el sujeto pasivo lo es la colectividad.
En cuanto a la acción, se trata de conducir superandodeterminados límites.
-Por conducción se entiende gobernar un vehículo a motor que requiera un permiso o licencia administrativa.
Para que la conducta sea típica ha de llevarse a cabo por elconductor de un vehículo a motor en un espacio destinado al uso público, por tanto se entiende que ese espacio público son vías sobre las que las autoridades administrativas de tráfico y no las merasautoridades administrativas tengan potestad para limitar la velocidad.
DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA:
Delitos contra la seguridad vial
1. Bienes Jurídicos Protegidos
El bien jurídico protegido en estos delitos es la seguridad y salud de las personas,atendiendo que forman parte de una colectividad, por ello no se considera menoscabo o pérdida de la seguridad o salud individual ( ya que de ese modo ya se contempla en otros lugares del CP).
2. Delitoscontra la seguridad vial (arts. 379-385)
Como se ha comentado anteriormente, lo que se protege aquí es la seguridad de la circulación rodada en sí misma.
Y con la regulación de la LO 15/2007 del CP yano se contemplan únicamente como delitos de peligro, sino que se reformulan los ilegítimos delitos formales; es decir, infracciones que por sí mismas no son susceptibles de poner en peligro ningúnbien jurídico ni de lesionarlo.
-CONDUCCIÓN DOLOSA CON EXCESO DE VELOCIDAD (art. 379.1)
Este tipo es una de las novedades introducidas
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