PROCEDIMIENTO OPERACION MOTONIVELADORAS
Enviado por XXXSERGIOXXX • 9 de Agosto de 2020 • Apuntes • 5.510 Palabras (23 Páginas) • 693 Visitas
ESTÁNDAR GENERAL DE OPERACIÓN
PT-SSO-005
[pic 2]
ACTIVIDAD MOVIMIENTO DE TIERRA CON MOTONIVELADORA. | |||
TABLA DE CONTENIDOS
| |||
REVISIONES DEL PROCEDIMIENTO | |||
N° Revisión | Fecha | Motivo de Revisión | Paginas elaboradas o modificadas |
0 (CERO) | 28/12/2018 | Todas | |
Elaborado por: Silvia Cavieres Silva. Exp. Prev. De Riesgos CO/T - 2944 | Revisado por: Sergio Iglesias Barrera. Jefe Operaciones. | Aprobado por: Jaime Barceló Figueroa Gerente General. |
1. OBJETIVO
Garantizar una operación correcta y segura de este equipo (Motoniveladora) evitando ocasionar incidentes con daños a las personas, medio ambiente y propiedad propia o de nuestros clientes.
2. ALCANCE
Este estándar es aplicable a todas las actividades en donde se requiera la utilización de este equipo, como también el personal que lo opere o manipule, debidamente autorizado por empresa Ingeniería y Maquinarías Real S.P.A.
3. DEFINICIONES:
Peligro: Fuente o situación con potencial de daño en términos de lesión, enfermedad, daño a la propiedad, daño al medio ambiente de trabajo o a una combinación de estos.
Riesgo: Combinación de la probabilidad y las consecuencias de la ocurrencia de un evento peligroso específico.
EPP: Elemento de Protección Personal.
Aculatar: Retroceder un equipo para tomar posición de carguío o estacionarse.
Botadero: Acumulación de estéril procedentes de explotaciones, ya sean cielo abierto o subterráneo.
Motoniveladora: Equipo diseñado para corta, perfilar, nivelar terrenos o superficies.
Berma o Pretil de seguridad: Cordón de material de base y altura que impida desplazamiento de través de este.
Pala: Elemento dispuesto por el equipo formado de acero y con resistencia necesaria para soportar una determinada fuerza ejercida sobre él.
Frecuencia de Radial: Frecuencia o canal codificado y determinado por personal técnico para adecuar canal de comunicación interno.
4. RESPONSABILIDADES
Administrador de Contrato:
- Será responsabilidad del Administrador del contrato el hacer cumplir el presente procedimiento, como también de instruir acerca de su contenido al personal a su cargo.
- Asignar los recursos necesarios y asegurar el cumplimiento de las medidas de seguridad asignadas en dicho procedimiento.
- Deberá dar cuenta de inmediato a sus superiores y a Prevención de Riesgos acerca de cualquier incidente que ocurra.
- Gestionar el cumplimiento de las medidas correctivas definidas a través de una inspección a esta actividad, con el afán de controlar todo tipo de riesgos.
- Hacerse participe en la confección de este procedimiento aportando su experiencia y formas adecuada de trabajo.
- Detener la operación si fuese necesario al observar una condición o acción sub-estándar que ponga en riesgo la integridad del personal o su propia operatividad.
Supervisor:
- Será responsable de dar a conocer el presente procedimiento a todo el personal involucrado en esta actividad, según su alcance, dejando registro firmado de la entrega de este procedimiento a los trabajadores, asegurándose que cada uno haya quedado claro con todas las instrucciones detallas en este procedimiento.
- Realizar diariamente la planificación, coordinación, evaluación y control de las tareas descritas en este procedimiento para dar cumplimiento en su totalidad.
- Velar en todo momento por el cumplimiento de las medidas de seguridad asignadas en este estándar.
- Evaluar en terreno las condiciones presentadas por el área de trabajo antes de ejecutar esta labor, detectando anticipadamente posibles riesgos que puedan ser perjudiciales para el personal. Si existir alguno, se deberá tomar todas las medidas necesarias para su control.
- Supervisar en terreno la aplicación de este procedimiento, identificando quienes lo cumplen y quiénes no. Para el caso de quienes no lo cumplan, se deberá generar re-instrucción y corregir de inmediato la desviación, dejando registro de ello. Para los casos donde la desviación es reiterativa, se deberá informar a la administración del contrato quien determinará la sanción más adecuada.
- Deberá dar cuenta de inmediato Administrador del Contrato y Prevención de Riesgos acerca de cualquier incidente que ocurra.
- Asegurarse que el personal tenga todos los medios para cumplir éste procedimiento.
- Controlar que todo su personal porte, utilice y cuide sus elementos de protección personal (E.P.P.).
- Recepción en terreno de todo trabajo o mantención que se haya realizado a cualquier equipo bajo su supervisión (durante la jornada o turno). Asegurándose que la mantención haya terminado de forma adecuada y que no representa ningún riesgo para su operación.
- Determinar la detención de la operación, si estos se están desarrollando de manera incorrecta o considera que existe un riesgo con alto potencial durante la ejecución de este.
- Revisar periódicamente en terreno documentos necesarios para la ejecución de esta labor, tales como: Licencias internas o municipal, Hoja de control de riesgo (H.C.R.) y Check list.
- Evaluar cada trabajo en terreno solicitado por el cliente o mandante, asegurando que en cada actividad a desarrollar no existan riesgos en la operación que puedan materializarse (Que se encuentren controlados), de ser necesario, solicitar información sobre conexiones terrestres presentes u otra condición que puedan ser foco de riesgo.
- Hacerse participe en la confección de este procedimiento aportando su experiencia y formas adecuada de trabajo.
Prevención de Riesgos:
- Asesorar a la línea de mando en la identificación, evaluación y control de los riesgos que puedan presentarse en esta labor.
- Chequear el cumplimiento de los sistemas de gestión, manteniendo registros de esta.
- Generar inspecciones y observaciones periódicas hacia el personal tendiente a identificar de forma oportuna conductas y condiciones inseguras que puedan generar incidentes.
- Determinar la detención de los trabajos, si estos no cumplen con la evaluación de riesgo o considera que no existen las condiciones necesarias para la realización de este.
Operador de Motoniveladora:
- Dar cumplimiento al presente procedimiento de trabajo.
- Conocer sus responsabilidades y poner en práctica sus mejores hábitos y destrezas al operar o conducir su equipo.
- En caso de que no estuviera en condiciones físicas o de salud apropiada informar de inmediato a su supervisor directo de empresa Ingeniería y Maquinaría Real S.P.A.
- Revisión del equipo antes de empezar a operarlo.
- Utilizar en todo momento y correctamente los elementos de protección personal.
- Evitar realizar acciones inseguras que puedan colocar en riesgo su integridad física y la de sus compañeros de trabajo.
- Respetar en todo momento todos los estándares de seguridad impuesto por la mandante, como por ejemplo: velocidades, trabajo en altura, radio de seguridad entre equipos, adelantamiento, entre otros. Según lo estipulado en el reglamento de tránsito interno y lo dispuesto en la ley de tránsito vigente.
- Confeccionar de la respectiva hoja de control de riesgo (HCR) antes de iniciar sus labores, identificando los pasos de la tarea, los riesgos y medidas de control a aplicar.
5. GENERALIDADES:
5.1 Elementos de Protección Personal
EL operador de Motoniveladora para el buen desempeño de sus funciones deberá usar los siguientes elementos de protección personal:
- Casco de seguridad.
- Calzado de seguridad.
- Chaleco reflectante o geólogo.
- Lentes de seguridad. (Claro y Oscuros, según corresponda)
- Buzo Piloto. (en caso de ser necesario).
- Bloqueador Solar.
- Guantes de seguridad.
- Protector auditivo. (en caso de ser necesario).
- Respirador. (en caso de ser necesario).
El operador de Motoniveladora, deberán cumplir con los siguientes requisitos: |
|
...