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PROYECTO CONSTRUCCION DE CONJUNTO RESIDENCIAL


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2017  •  Resumen  •  8.196 Palabras (33 Páginas)  •  343 Visitas

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PROYECTO CONSTRUCCION DE CONJUNTO RESIDENCIAL

Los riesgos se deben a las acciones inseguras que se realizan en la construcción,  por lo que según (Nieto, 2005) se pretende tener otra visión, desde puntos de vista u orígenes diferentes que permitan tener un sentido de anticipación ante el accidente o la enfermedad, evitando su producción.

Para ello hay que tener presente que tienen que concurrir una serie de circunstancias para que se produzca el accidente, y siempre ligadas a tres componentes: espacio, tiempo y medios, ajenos a un cuarto, que es el ser humano o trabajador, que con su conducta, resulta ser determinante.

Analizando el primero de estos componentes, el espacio, podemos empezar a concretar aspectos relacionados con las condiciones  que configuran un puesto de trabajo, sus dimensiones geométricas, posición espacial relativa, itinerarios, ambiente. Todos estos factores tienen que ser controlados  por el empresario teniendo presentes los necesarios criterios ergonómicos  y de salud que le marca la legislación.

El segundo, el tiempo fija la permanencia en ese puesto, las interrupciones y descansos, la duración de las distintas operaciones en las que está sometido a riesgos con las limitaciones que imponen las legislaciones, específicas o generales.

Los medios y materiales necesarios para realizar una determinada unidad, son elegidos por parte del empresario, con criterios técnicos, acordes con los principios preventivos que tienen que regir la actividad laboral.

Por último el trabajador, provisto de materiales y medios necesarios con su destreza para ejecutar el trabajo encomendado toma decisiones en relación al esfuerzo necesario, postura adecuada y uso del equipo facilitado de acuerdo con las instrucciones recibidas de su mando, de tal manera que conforma una sucesión  en el tiempo de movimientos, gestos y paradas que culminan en la realización de la unidad encargada.

Combinando las distintas posibilidades que pueden contener cada uno de los componentes, veremos cómo se puede producir una cifra casi infinita de situaciones, de las cuales  de las cuales solo un  pequeñísimo número tiene consecuencias negativas, que pueden desencadenar el accidente, que a su vez puede tener mayor o menor gravedad.

La aplicación a la obra de todos los principios y normativa existente en materia de prevención comporta un esfuerzo de muy importantes dimensiones, pues debe empezar con el proyecto empresarial  por parte del promotor, continuar con el proyectista en el desarrollo de su función y ser aplicada por el contratista a todos y cada uno de los trabajadores que participarán en la ejecución de la obra.

También hay que tener presente que, durante la ejecución de la obra, terceras personas, totalmente ajenas, pueden verse involucradas en algún hecho o situación consecuencia de los trabajos.

Concluida la obra, y a través del estudio de seguridad, el promotor (o el usuario en su caso), dispone de la información de las medidas preventivas necesarios para los previsibles trabajos de conservación, mantenimiento y, en su caso, reparación.

Para iniciar la construcción de este proyecto será necesario identificar personal que dirigirá la obra basándonos en el artículo 20 que dice lo siguiente:

Art.  20.-  RESPONSABILIDAD  SOLIDARIA  EN  MATERIA  DE  PREVENCION  Y  PROTECCION  CONTRA  LOS RIESGOS DEL TRABAJO.- A efectos de la responsabilidad solidaria entre empleadores, en materia de seguridad y salud en el trabajo se considerará lo siguiente:

a) Propietario de la obra.- Es responsabilidad del propietario, contratar la ejecución de la obra con personas naturales o jurídicas cumplidoras de las obligaciones que en materia de seguridad y salud en el trabajo establece la legislación vigente;

b) Diseñadores y planificadores.- Los diseñadores y planificadores deberán aplicar normas y preceptos preventivos desde la fase de diseño, en estricto apego a la normativa legal vigente. Deberán además incluir en presupuesto de obra, el rubro correspondiente a los programas  de prevención de riesgos laborales;

c) Constructor.- El constructor con fundamento en la identificación y evaluación de los riesgos de los puestos de  trabajo, está obligado a la formulación y ejecución de los programas  de prevención y protección respecto a los riesgos del trabajo en los diferentes procesos de avance de la obra. Asignará los recursos correspondientes para el desarrollo de estos programas  y tomará cuentas de su cumplimiento a los responsables. Cuando la ejecución de la obra precise la intervención de intermediarios, tercerizadoras, contratistas y subcontratistas, el constructor o quien haga sus veces, requerirá de estos, su registro en el Ministerio de Trabajo, los reglamentos internos de seguridad y salud o los planes preventivos diseñados en función de los factores de riesgo propios de la obra o servicio a ejecutar. La presentación: de estos documentos será parte del proceso contractual y constarán en los contratos respectivos;

d) Tercerizadores de servicios complementarios, contratistas y subcontratistas: Los  tercerizadores, contratistas y subcontratistas, son responsables de la aplicación de la normativa vigente en ma teria de seguridad y salud para con sus trabajadores. Desarrollarán acciones de prevención y protección que se ajusten a los riesgos inherentes a la obra o servicio a prestar;

e) Intermediarios laborales.- Las personas naturales o jurídicas intermediarios del sector de la construcción están obligados a seleccionar de manera adecuada el personal idóneo que se ajuste a las competencias y requerimientos  del  puesto  de  trabajo.  Son  además  responsables  de  la  entrega  de  información  y capacitación general en materia de seguridad y salud en el trabajo;

f) Fiscalizadores.- Los fiscalizadores realizarán acciones de verificación del cumplimiento de los programas preventivos planificados y comprome tidos por los empleadores a través de reglamentos internos o planes mínimos de prevención de riesgos, presentados al constructor;

g) Residentes de obra y supervisores.- Participar activamente en los programas de prevención de riesgos en los que sean requeridos, controlar el cumplimiento de las acciones de capacitación y adiestramiento en cada puesto de trabajo.

Reportar a la Unidad de Seguridad y Salud o al responsable de prevención de riesgos, en su caso, todos los accidentes, incidentes y situaciones de riesgo para los trabajadores. Colaborar en las inspecciones y auditorías de seguridad, investigación de accidentes- incidentes y enfermedades ocupacionales.[pic 1]

Coordinar con el Técnico de Seguridad los procedimientos de trabajo y vigilar el cumplimiento del los planes de prevención y protección de los trabajadores de terceros; y,

h) Maestros mayores.- En caso de fungir como contratistas asumirán las responsabilidades descritas en el literal d) de este artículo. De ser parte de la plantilla del constructor, apoyarán el trabajo preventivo del residente de obra.

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