TRABAJO COLABORATIVO 2 LEGISLACIÓN FARMACEUTICA
Enviado por Kathyvelasquez • 24 de Mayo de 2013 • 1.210 Palabras (5 Páginas) • 1.194 Visitas
TRABAJO COLABORATIVO N°2
LEGISLACION FARMACEUTICA
VELASQUEZ RIVERA KATHERIN JULITHZA
CODIGO: 1053338986
CURSO: 301504
GRUPO: 55
TUTOR: BARRETO FREDDY ENRIQUE
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNAD
ESCUELA DE CIENCIAS BASICAS TECNOLOGIA E INGENIERIA
TECNOLOGIA EN REGENCIA DE FARMACIA
MAYO 06 DE 2013
INTRODUCCION
Con la realización del siguiente trabajo se busca que el estudiante comprenda los requisitos necesarios y la forma correcta de montar una droguería en caso de que este sea su proyecto de vida, también se estudiaran las normas y todo tipo de documentación necesaria para este además de saber qué hacer en caso de que en algún establecimiento farmacéutico no se cumplan con estas instrucciones.
DROGUERIA ARIES
Requisitos para montar la Droguería Aries.
1. Requisitos para instalar una droguería
• Nota solicitando la Habilitación, firmada por el Director Técnico y las personas físicas propietarias de la Droguería o el representante legal de la persona jurídica, detallando lo consignado a continuación:
o Nombre y ubicación de la droguería;
o Nombres, apellido y Nº de matrícula del Director Técnico y de los farmacéuticos auxiliares si correspondiera;
o Certificado de Libre Regencia cuando los profesionales hayan ejercido la profesión en jurisdicciones distintas de la Provincia de Neuquén;
o Nombres, apellido, número y tipo de documento de las personas físicas propietarias de la droguería o del representante legal.
o Actividad que desarrollará, en cuanto al tipo de medicación, laboratorios proveedores, procedencia del stock de medicamentos.
o En caso de ser una sociedad, se presentará copia autenticada del contrato de formación de la sociedad debidamente inscripta ante la justicia comercial.
• Copia autenticada del instrumento legal que acredite la propiedad del local y/o contrato de locación sellado.
• Planos del local con indicación de distribución de áreas y sus medidas, autorizados por el municipio correspondiente.
• Fotocopia de inscripción impositiva (DGR- IVA...Etc...)
• Inscripción al Registro Provincial de Residuos Patógenos y convenio de recolección con empresa habilitada.
• Memoria Técnica de Seguridad e Higiene, con certificado de aprobación emitida por profesional reconocido y legalizado en Colegio de Agrimensura (C.E.P.A.G.I.N)
• Libros recetario, contralor de Psicotrópicos, contralor de Estupefacientes.
• Dar cumplimiento al Petitorio Farmacéutico.
• Arancel de habilitación de farmacia $ 4.080.00
• Para establecimientos del interior de la Provincia el arancel se podrá abonar en Sucursales del Banco Provincia del Neuquén S.A. mediante depósito en Cuenta Corriente N° 111/21 a nombre de Arancelamientos Ley N° 1352.
Presentada el total de la documentación, se realizará la correspondiente inspección a fin de verificar cumplimiento de lo solicitado a posterior se emitirá la correspondiente norma legal en forma simultánea al cobro del arancel.
2. cuáles son las normas legales sanitarias que debe cumplir para su correcto funcionamiento y explique brevemente como cumplir estas normas.
LA LEY 100 DE 1993, DETERMINA:
“Las actividades y competencias de salud pública se regirán por las disposiciones vigentes en la materia, especialmente la Ley 9 de 1979, excepto la regulación de medicamentos que se regirá por lo dispuesto en la presente ley, artículo 152.
“El objeto del INVIMA es la ejecución de las políticas en materia de vigilancia sanitaria y de control de calidad de medicamentos, productos biológicos, alimentos,, bebidas, cosméticos, dispositivos y elementos médico - quirúrgicos, odontológicos, productos naturales, homeopáticos y los generados por biotecnología, reactivos de diagnóstico, y otros que puedan tener impacto en la salud individual y colectiva”, artículo 245.
LA LEY 715 DE 2001
Define las competencias de los Departamentos en salud:
“Vigilar y controlar, en coordinación con el Instituto Nacional para la Vigilancia de Alimentos y Medicamentos - INVIMA y el Fondo Nacional de Estupefacientes, la producción, expendio, comercialización y distribución de medicamentos, incluyendo aquellos que causen dependencia o efectos psicoactivos potencialmente dañinos para la salud y sustancias potencialmente tóxicas, artículo 43 numeral 43.3.7.
EL DECRETO 1280 DE 2002
Por el cual se organiza el Sistema de Vigilancia, Inspección y Control del Sector Salud
“Sistema de Vigilancia, Inspección y Control. Conjunto de organismos, agentes, normas y procesos de vigilancia,
...