ACTA DE LA ASMABLEA GENERAL EXTRAORDINARIAD E LA SOCIEDAD CIVIL “IUS SEMPER
Enviado por Paxecore • 21 de Abril de 2015 • 1.194 Palabras (5 Páginas) • 356 Visitas
ACTA DE LA ASMABLEA GENERAL EXTRAORDINARIAD E LA SOCIEDAD CIVIL “IUS SEMPER”
En la ciudad de México, Distrito Federal, siendo las 15:00 horas del 25 de Abril de 2007, en (aquí va la dirección de la sociedad), se reunieron los socios de “IUS SEMPER S.C.”, que se mencionan en la lista de asistencia que debidamente firmada se agrega al expediente de esta acta como anexo “A”, con objeto de celebrar asamblea general extraordinaria de “IUS SEMPER S.C.”, a la cual fueron convocados.
Presidio la asamblea el señor Alejandro López Díaz y como secretario de la misma el señor Fernando García Conde, quienes ocupan el cargo de socios administradores.
El señor Alejandro López Díaz nombro como escrutador al señor Héctor Alejandro Guzmán Alatorre, quien en el desempeño de su cargo certificó que se encontraban íntegramente representadas la totalidad de las partes sociales.
Con fundamento en lo dispuesto por los estatutos sociales y suficientemente verificado el Quórum se declara valida e instalada la presente asamblea, con el fin de tratar el orden del día de la convocatoria del 20 de abril de 2007, que es el siguiente:
ORDEN DEL DÍA:
I. Propuesta, discusión y, en su caso, aprobación de la exclusión de los socios Juan Saez Juárez, Francisco Saez Juárez y Pedro Saez Juárez.
II. Propuesta, discusión y, en su caso, aprobación respecto a l modificación del ARTICULO SEXTO del Acta Constitutiva de “IUS SEMPER S.C.”
Seguidamente se da inicio a la asamblea y se procedió a la discusión
PUNTO UNO.- En relación con el primer punto del orden del día, quien preside la asamblea sometió a consideración de los socios, la exclusión de los socios Juan Saez Juárez, Francisco Saez Juárez y Pedro Saez Juárez.
Se debe hacer la aclaración que la exclusión de los mencionados socios es en razón de que los objetos con los que fue creada la Sociedad habían sido vulnerados o atacados, debido a que comenzaron a prestar sus servicios profesionales sin tomar en consideración la ética, además de incurrir en la violación del secreto profesional, es decir, la perdida de la confianza y de la confidencialidad entre abogado y cliente, con el fin de obtener un lucro indebido.
Por lo que en este sentido se informa que conforme al ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO de los Estatutos, la separación de un socio será dolosa cuando él o los socios que la soliciten se propongan exclusivamente aprovecharse de los beneficios, evitándose las pérdidas que les correspondan de acuerdo a los presentes estatutos y lo que determine la Asamblea.
Así mismo es aplicable lo dispuesto en el ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO, el cual en su último párrafo establece que “El socio excluido será responsable de la parte de pérdidas que le corresponda a la fecha de exclusión. Su porción de capital y utilidades, si las hubiera, serán retenidas hasta que se concluyan las operaciones pendientes al tiempo de la exclusión, para proceder, posteriormente a su liquidación.”
Suficientemente debatido este punto se somete a votación, la aceptación de exclusión de de los socios Juan Saez Juárez, Francisco Saez Juárez y Pedro Saez Juárez.
Se cuentan siete votos, a favor de esta propuesta con lo que resulto APROBADA con el voto del cien por ciento de los asambleístas asistentes. Seguidamente se pasa a discutir el siguiente punto.
PUNTO
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