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AGRAVIOS EN SEGUNDA ISTANCIA


Enviado por   •  2 de Febrero de 2018  •  Ensayo  •  1.517 Palabras (7 Páginas)  •  208 Visitas

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                                                                Toca 167/2016

                                                        AGRAVIOS

C. MAGISTRADOS DE LA SEGUNDA

SALA DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JALISCO.

PRESENTE:

        

MOISÉS MELÉNDREZ CORTES abogado defensor del procesado ALEJANDRO OMAR GOMEZ GARCÍA, dentro del expediente 364/2015-A  del Juzgado Noveno de lo Criminal del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco; en virtud del recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de fecha 03 de diciembre de 2015, dos mil quince; nos presentamos ante ustedes a efecto de realizar los siguientes:

A  G  R  A  V  I  O  S

 

              La defensa jurídica evidencia que el juez de origen en la sentencia definitiva es muy inquisidor y lejos de darles valor probatorio a la pruebas que oferto esta defensa lisa y llanamente las desestima, mas sin embargo esta defensa considera que la argumentación que realiza el juez de origen no tiene eficacia jurídica en especial en donde se analiza la responsabilidad penal de mi defendido, en razón de que los supuestos ofendidos, papá e hijo de nombres; José Guadalupe Rodríguez González y   Jonathan Ulises Rodríguez Robles, en las diligencias de careos Constitucionales celebradas en el juzgado de origen se evidenciaron que ambos no ratifican su declaración Ministerial ante el juzgado. En primero el papá manifiesta que no está de acuerdo con su declaración ministerial porque no fueron así los hechos y que a él nomas se la dieron para firmarla y dice que no conoce a su careado y en lo que respecta en la declaración, ampliación de declaración rendida ante este juzgado de mi defendido, que si está de acuerdo con lo que declaro él, porque dice que no tiene nada que ver con él, que no lo conoce y no sabe quién es. De igual manera el otro testimonio del hijo es en los mismos términos se le olvida al juez de origen que hay un principio, que lo que está a favor de reo, se tiene que aplicar y al termino de esto el juez se le olvida que nacen los careos procesales, porque alguien está mintiendo ante la ley; ya sea los policías o los supuestos ofendidos y para conocer la verdad el juzgado tiene facultades para demostrar quién está mintiendo.

Así como también esta defensa jurídica realizo interrogatorio a los elementos aprehensores de los que arroja los siguientes resultados:  

Elemento aprehensor RAMON DIAS RAMIREZ

A la primera respondió.- No recuerdo la media filiación de las personas.

A la segunda respondió.- plástico de color café

A la tercera respondió.-escasos veinte o treinta  metros

A la cuarta sobre la cesa de la clínica 110

A la quinta la persona que en ese momento se sintió afectada.

A la sexta.- No recuerdo la media filiación del ofendido.

Elemento aprehensor MIGUEL ANGEL MORENO BECERRA.

A la primera respondió.- no se la media filiación de las personas que forcejeaban  

A la segunda.- que el maletín era de plástico de color cafe

A la tercera.- sobre circunvalación francisco villa

A la cuarta.-la parte afectada

A la quinta.- solo recuerdo que traía una gorra blanca y una bermuda era flaquito.

De los anteriores Interrogatorios se evidencia que los elementos aprehensores faltan a la verdad porque en la primera no recuerdan la media filiación de las personas que dice vieron que forcejeando. ( en esta diligencia esta mi defendido en la reja de diligencias para juzgado ya que se está desahogando los careos antes mencionados y no lo señalan teniendo  a la vista imáginese magistrados lo nerviosos de los elementos aprehensores  porque faltan a la verdad señal que están mintiendo.  

 

En la segunda respondieron era de plástico color café mienten los dos elementos aprehensores porque de actuaciones en la fe ministerial sobre diversos muebles se desprende que el maletín es de color gris (SEÑAL QUE FALTAN A LA VERDAD YA QUE  ESTAN MINTIENDO.

En la tercera respondieron.- Ramón dijo yo iba por circunvalación en cruce con francisco villa de poniente a Oriente y solo recorrimos unos escasos veinte metros  y Miguel dijo sobre circunvalación y francisco villa en la cera de la clínica 110 del IMSS  ambos están mintiendo por el los supuestos ofendidos no ratifican su testimonio Ministerial ante la presencia judicial ya que el fiscal los interrogo y se enojo.  

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