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AUTOEVALUACIONES DERECHO PROCESAL AGRARIO


Enviado por   •  18 de Abril de 2013  •  1.325 Palabras (6 Páginas)  •  1.847 Visitas

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DERECHO PROCESAL AGRARIO

CUESTIONARIO

1.- Explica la diferencia entre proceso y procedimiento.

Proceso son los actos que encaminados por la ley con al finalidad alcanzar la aplicación judicial; Sinónimo de Juicio

Procedimiento es Conjuntos de formalidades trámites a que está sujeta la realización de los actos jurídicos sinónimo de Enjuiciamiento.

2.- Explica los principios procesales en el derecho procesal agrario.

Oralidad, consiste en que las partes -actor y demandado- pueden exponer sus pretensiones y razonamientos en forma verbal ante el Tribunal Unitario Agrario;

Economía procesal, consiste en que los procesos se deben realizar de la manera más rápida posible;

Suplencia en la deficiencia del planteamiento de derecho, subsanar las insuficiencias errores en que incurran las partes en sus planteamientos;

Igualdad real de las partes, consiste en dar un trato igualitario a ambas partes.

Publicidad, Las audiencias deben ser públicas.

Inmediación, Rapidez del proceso

3.- ¿Como se clasifican según Rubén delgado Moya, las instancias jurisdiccionales?

4.- ¿Qué son los tribunales agrarios y que características tienen?

Los tribunales agrarios son los órganos federales dotados de plena jurisdicción y autonomía para dictar sus fallos, a los que corresponde, en los términos de la fracción XIX del artículo 27 de la CPEUM, la administración de justicia agraria en todo el territorio nacional

5.- ¿Qué es jurisdicción agraria?

6.- ¿Cómo se clasifican las acciones procesales en materia agraria?

7. ¿Quien ejerce la jurisdicción agraria?

El tribunal Superior Agrario, Los tribunales unitarios agrarios

8.- ¿Qué se entiende por demanda?

Acto fundamental por el que la parte actora inicia el ejercicio de la acción y plantea concretamente sus pretensiones ante el juzgador.

9.- ¿Cuáles son los elementos que debe contener la demanda?

El tribunal ante el que se promueve; los hechos en que el actor funde su pretensión; los fundamentos de derecho; sus pretensiones; Poblado, municipio y Estado; nombres de los demandados en caso de ser el comisariado ejidal; copias para el traslado

10.- ¿Qué tipos de autos pueden recaer en al demanda?

Auto de prevención;

Auto Admisorio;

Auto de Desechamiento;

11.- ¿Qué se entiende por emplazamiento?

Es el acto que da a conocer al demandado la existencia de una demanda en su contra, y así enterarle de la petición o reclamación del actor y la oportunidad de contestarla dentro del plazo que la Ley señala.

12. ¿Qué requisitos debe contener el emplazamiento?

Nombre del demandado y del actor, lo que demanda, cauda de la demanda , numero de expediente, fecha y hora de la audiencia en un plazo no mayor a 10 días ni menor de 5

13.- ¿Cuál es la trascendencia del aplazamiento en el procedimiento agrario?

14. ¿Cuántos tipos de emplazamiento hay en materia agraria?

Personal o con persona de confianza;

Domiciliario;

Por cedula (En la presidencia Municipal)

15.- ¿Cuáles son las garantías individuales que deben aplicarse y observarse en el procedimiento agrario?

Legalidad y seguridad jurídica

16.- Explica el desarrollo de la audiencia y sus formalidades (acreditación, principio de oralidad, ratificación, reconvención y acuerdo).

1. Los abogados de las partes acreditarán su personalidad y solicitarán primeramente que les sea reconocida ésta.

2. Las partes expondrán oralmente sus pretensiones por su orden.

3. El actor ratificará su escrito inicial de demanda y de ofrecimiento de pruebas; podrá también aclararlo o modificarlo. Las pruebas deberán estar relacionadas con los hechos de la demanda.

4. El demandado dará contestación a la demanda y ofrecerá sus pruebas relacionándolas con los hechos de su contestación. Podrá hacer suyas algunas de las pruebas que ofreció el actor si considera que le benefician.

5. El demandado podrá reconvenir al actor, ofreciendo sus pruebas respectivas, relacionándolas con los hechos de su reconvención. Se dará vista al actor con la reconvención, para que manifieste lo que a su derecho convenga, y solicitará el diferimiento de la audiencia para estar en posibilidad de dar contestación a la misma; o bien, si lo considera conveniente, la contestará en ese momento; en ambos casos, ofrecerá sus pruebas relacionándolas con los hechos de su contestación y se continuará con el desahogo de la audiencia.

6. El Tribunal Unitario Agrario acordará admitir las pruebas y

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