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Acuerdo 8 Del Snb


Enviado por   •  19 de Octubre de 2014  •  1.816 Palabras (8 Páginas)  •  343 Visitas

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Jueves 17 de Diciembre de 2009 1

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ACUERDO número 8/CD/2009 del Comité Directivo del Sistema Nacional de Bachillerato

El Comité Directivo del Sistema Nacional de Bachillerato, con fundamento en las Bases Cuarta, Novena,

Décima Primera, Décima Segunda, Décima Quinta, Décima Sexta, Décima Séptima, Décima Octava, Vigésima,

Vigésima Primera, artículo quinto transitorio y demás aplicables del Acuerdo Secretarial número 484 por el que se

establecen las bases para la creación y funcionamiento del Comité Directivo del Sistema Nacional de Bachillerato,

y

CONSIDERANDO

Que para la adecuada toma de decisiones el Comité Directivo del Sistema Nacional de Bachillerato constituye

un espacio de orientación e intercambio de experiencias sobre la operatividad del propio Sistema, por lo que en la

tercera sesión extraordinaria, celebrada el día siete de diciembre de 2009 en la Ciudad de México, Distrito

Federal, el Pleno de dicho Comité Directivo ha tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO número 8/CD/2009

Único. En el marco del Sistema Nacional de Bachillerato, el Comité Directivo del propio Sistema presenta a

consideración de las autoridades educativas orientaciones sobre la evaluación del aprendizaje bajo un enfoque

de competencias, en los términos siguientes:

PRESENTACIÓN

Tomando en cuenta que la Reforma Integral de la Educación Media Superior tiene entre otros propósitos

sustantivos elevar la calidad, resulta ineludible elaborar un conjunto de orientaciones que aporten elementos para

realizar una de las tareas primordiales en la práctica educativa, esto es, la evaluación del aprendizaje de los

alumnos bajo un enfoque de competencias.

La construcción colectiva de este Acuerdo no ha sido una labor sencilla, por cuanto a lo largo de ese trayecto

dialógico hemos encontrado diversas concepciones al respecto; más aún, hallamos una serie de dificultades

metodológicas que debieron superarse para disponer de este texto. Entre estas cabe destacar la determinación

del carácter y los alcances de esta propuesta, la localización del objeto y de los elementos que le caracterizan. De

esta manera, se ha procurado presentar un conjunto de orientaciones para el diseño de procedimientos e

instrumentos de evaluación que deberán tomar en cuenta los contextos y situaciones en la que operan los

programas educativos.

El carácter original del Marco Curricular Común, en tanto estructura que articula competencias genéricas,

disciplinares y profesionales, dicta la necesidad de documentar los resultados de la aplicación de los distintos

enfoques de evaluación de competencias que se están llevando a cabo en Instituciones estatales, federales y de

las universidades, para valorar las experiencias con mejores resultados y las condiciones en las que estos se

hubiesen logrado.

Por lo anterior, este Acuerdo es una elaboración inicial sobre el tema, a la que habrán de suceder los textos que

recuperen las experiencias y aporten mejores orientaciones metodológicas sobre un elemento principal en la

práctica educativa, la evaluación de los aprendizajes.

I. El concepto de competencias para la instrumentación del MCC

El concepto de competencias se define a partir de las orientaciones del Acuerdo 442, por el que se establece el

Sistema Nacional para el Bachillerato en un Marco de Diversidad; y el Acuerdo 444, que refiere las competencias

que constituyen el Marco Curricular Común (MCC) del Sistema Nacional de Bachillerato (SNB). Sobre esta base

se han procurado precisar algunos de sus elementos considerando las experiencias que han aportado los

diferentes subsistemas y modalidades de Educación Media Superior en cada estado.

Jueves 17 de Diciembre de 2009 2

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1. El Acuerdo 442 por el que se establece el Sistema Nacional para el Bachillerato en un Marco de Diversidad

define a las competencias como “… la integración de habilidades, conocimientos y actitudes en un contexto

especifico”.

De esta manera, la competencia remite a la capacidad de articular y movilizar saberes, o conocimientos,

habilidades y actitudes, que le permitirán a cada sujeto responder a demandas personales y sociales que se

expresan en evidencias observables en diferentes contextos.

2. El Acuerdo 444 establece las competencias que constituyen el Marco Curricular Común (MCC) del Sistema

Nacional de Bachillerato (SNB), bajo las siguientes consideraciones:

 Las competencias genéricas que expresan el perfil del egresado y, por ello, son comunes para el

conjunto de instituciones del SNB.

 Las competencias disciplinares básicas, comunes también, por cuanto expresan los propósitos

formativos en cuatro campos disciplinarios amplios (matemáticas, humanidades y ciencias sociales,

comunicación y ciencias experimentales) que comparten las instituciones del SNB.

 Las competencias disciplinares extendidas no serán compartidas por todos los egresados de la EMS,

por cuanto confieren especificidad a los modelos educativos de subsistemas específicos, que conforman

la EMS y tienen mayor alcance o profundidad que las competencias disciplinares básicas.

 De manera análoga al caso anterior, las competencias profesionales son un rasgo característico de los

modelos educativos de subsistemas específicos de la EMS, por cuanto aportan una formación para

incorporarse a espacios definidos en los mercados de trabajo, con las capacidades necesarias para el

desempeño profesional correspondiente. En el MCC se ha previsto que las competencias profesionales

contribuyan al desarrollo de las competencias genéricas y pueden ser básicas o extendidas de acuerdo

con el grado de complejidad de la formación y de la cualificación profesional correspondiente.

II. El concepto de evaluación del aprendizaje bajo un enfoque de competencias

Este concepto de evaluación remite a la generación de evidencias sobre los aprendizajes asociados al desarrollo

progresivo de las competencias que establece el marco Curricular Común. En estas condiciones, la evaluación

debe ser un proceso continuo, que permita recabar evidencias pertinentes sobre el logro de los aprendizajes para

retroalimentar el proceso de enseñanza-aprendizaje y mejorar sus resultados. Asimismo, es necesario tener en

cuenta la diversidad de formas y ritmos de aprendizaje de los alumnos, para considerar que las estrategias de

evaluación atiendan los diferentes estilos de aprendizaje.

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