Acusacion-procesal Penal Ii
Enviado por thyxi • 7 de Enero de 2014 • 1.318 Palabras (6 Páginas) • 340 Visitas
SUCESIONES
SEGÚN FERREIRO COSTA : Señala que el adverbio calumniosamente(del inciso en comentario) requiere de una sentencia condenatoria de calumnia. Tiene un significado de aptitud maliciosa y no que el denuncainte sea condenado por caluimnia por lo demás el solo hecho de no prosperar la denuncia la convierte en calumniosa. Si este inciso requiriera la condena por delito de calumnia cometido por el denunciante entonces seria indigno no por el inc 3 sino por el inc2 art667 ya que el delito siempre es doloso.
Ferrero dice que se convierte en calumniosa cuando se archiva.
4.- Dolo o violencia: Para impedir al causante que otorgue testamento o para obligar a hacerlo o para que revoque total o parcialmente el que hubiere otorgado.Defiende la disposicion de ultima voluntad. Al hablar de dolo hablamos de coaccion sea fisica o moral.
LEÓN BARANDIARÁN:
COACCION POSITIVA: Cundo 1 persona no llama a suceder coacta la voluntad del testador, del acto juridico para que se haga a favor de él.
COACCION NEGATIVA: Aquella en que se impide que un heredero testamentario o legatario pueda ser llamado a suceder.
.Doctrinariamnet se han incluido casos
Ejercer la coaccion para alterar la voluntad del decujus impidiendole el otrogamiento de Escrituras Públicas de dispensa de la indignidad o revocacion de desheredacion. Ejm: si deseo volver incluir a quien desherede
Puede existir obstaculizacion dolosa del otorgamiento de testamento cuando alguien induce al causante en una forma que no es suficiente.
LA COACCION PRODUCE3 EFECTOS:
L a declaracion judicial de indignidad consecuente pérdida de herencia y el legado.
Deviene en la anulacion del testamento o de las disposiciones testamentarias incluidas en las escrituras.
-Consecuencias penales porque se atenta contra la libertad personal.art(151)
5.-Los q alteraan, destruye, uso de documento falsificado.
PERDON DE LA INDIGNIDAD
CAUSANTE
De acuerdo a las figuras de la desheredacion
DEMÁS SUCESORES DE CAUSANTE
Al no ejercitarse la accion de exclusion (668) Para no apartar al indigno basta que lo haga solo 1
PERDÓN: puede ser
*Expreso: Cuando el causante lo determina en forma clara y precisa en el testamento y escritura pública de Dispensa e Indignidad. (43 y 753)
*TÁCITO:C uando ya existe una sentencia pero a pesar de ello decide instituirlo en el testamento . ( jamás le dice LE PERDONO esa es la diferencia)
*Cuando se perdonan todos los hechos que generaron la indignidad . Le corresponde todos los derechos como sucesor.
*Otorgado el Perdón respecto a determinados causales la indignidd desaparece para siempre. Art754. que determina que revocada la desheredacion no puede ser renovada por hechos posteriores.
- La indignidad es de interes privado no de orden publico.
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