ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Aldemar Cardenas


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2014  •  1.497 Palabras (6 Páginas)  •  234 Visitas

Página 1 de 6

DECRETO 1443 ANÁLISIS

Este decreto lo estableció el viceministro de relaciones laborales, se expidió el pasado 31 de julio de 2014 este decreto dicta las disposiciones para la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.

Tiene como objetivo definir las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el SG-SST que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones económicas solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicio temporal y tener cobertura sobre los trabajadores dependientes contratistas, y trabajadores cooperados y los trabajadores en misión.

RESOLUCIÓN 2013 DE 1986

Esta resolución reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de medicina, higiene y seguridad industrial en los lugares de trabajo.

RESOLUCIÓN 1401 DE 2007

Se reglamenta la investigación de accidentes e incidentes de trabajo, que tienen como objetivo principal y muy importante, prevenir la ocurrencia de nuevos eventos, lo cual conlleva a mejorar la calidad de vida de los trabajadores y la productividad de las empresas ; le corresponde al ministerio de protección social, unificar las variables para la investigación de accidentes e incidentes de trabajo, para que sus resultados puedan ser aplicados en el desarrollo de sistemas de vigilancia epidemiológica y en la reelección y análisis de información estadística.

JUNTAS DE CALIFICACION DE INAVALIDEZ

Decreto No. 1557 de 1995

Aplica a los aviadores civiles que estén cobijados por el régimen de transición; el estado de invalidez será determinado únicamente por la junta especial de calificación de invalidez, de acuerdo con lo previsto en el manual único para la calificación de invalidez.

Se considera inválido un aviador civil que por cualquier causa sin importar el origen no provocada intencionalmente pierda su capacidad para volar y que se encuentre impedido para ejercer la profesión de aviación.

La Junta Especial de Calificación de Invalidez, tendrá un secretario, quien deberá ser abogado titulado, con años de experiencia profesional. Será nombrado por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social de ternas presentadas por la Asociación Colombiana de Aviadores civiles ACDAC y la Asociación de Transportadores Aéreos Colombianos – ATAC.

A las audiencias privadas podrán asistir sin voz ni voto, el aviador civil sujeto de evaluación los peritos que asigne y un representante de ACDAC - CAXDAC de profesión médico. La solicitud se puede realizar por medio de la caja de auxilios y prestaciones ACDAC-CAXDAC por el aviador civil pensionado involucrado. Esta deberá enviarla dentro de los 10 días hábiles siguientes a la junta de calificación de invalidez. La solicitud deberá cumplir con los formatos establecidos más la historia clínica donde conste antecedente y diagnóstico y los exámenes que determinen el estado de salud de la persona involucrada.

Decreto No. 303 de 1995.

Determina la vigencia de las juntas de calificación de invalidez, en el artículo primero se establece que las juntas de calificación de invalidez entraran en vigencia el 1° de abril de 1995, en cuanto al régimen de transición. El artículo 43 del Decreto 1346 de 1994 quedara así: “Las solicitudes para la calificación del estado de invalidez y/o su origen, del origen de la enfermedad o de la muerte que hasta el 31 de marzo de 1995 sean tramitadas, se regiran por el procedimiento con el cual fueron formuladas." "Las solicitudes efectuadas a partir del 1o. de abril de 1995 se tramitarán de conformidad con este decreto." Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Decreto 1477 de 2014.

Por el cual se estructura la Red Nacional de Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo - Red ORMET y Se dictan otras disposiciones. El objeto del decreto es estructurar la Red Nacional de Observatorios Regionales del Mercado de Trabajo, que se denominará Red ORMET, red de investigación e información, conformada por actores, procesos, recursos, políticas y normas, que sirva para la toma de decisiones en los aspectos relacionados con la formulación y gestión de la política de mercado de trabajo por parte de los actores involucrados.

Estará integrada por entidades públicas del orden nacional, departamental, municipal y por organizaciones y entidades privadas que se vinculen a dicha red la cual coordinará sus acciones con agencias, entidades, organizaciones y sectores poblacionales que compartan objetivos o propósitos comunes, con el ánimo de propiciar procesos de intercambio técnico, instrumental, investigativo, entre otros, que aportan al análisis y a la inclusión productiva y laboral.

Dentro de sus objetivos se encuentran:

• Promover el intercambio, generación y fortalecimiento del conocimiento sobre el mercado de trabajo en el país y sus regiones.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (10 Kb)
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com