Alegato de clausura.
Enviado por darnar • 28 de Agosto de 2016 • Informe • 362 Palabras (2 Páginas) • 1.328 Visitas
INFORME
Dentro del informe sobre el presunto delito de violación que sigue Cecilia Portales en contra de Cristian Pérez; la Fiscalía se ratifica en los argumentos que se ha venido mantenido en el proceso penal, frente a los jueces encargados del caso.
Como hechos CONTROVERTIBLES tenemos lo siguiente:
El carro que presuntamente utilizó Cristian Pérez, para cometer el ilícito investigado.
El testimonio de la amiga que acompañaba a Cecilia, en el momento que fue abordada bruscamente por Cristian y su amigo
El parte policial realizado por los agentes que conocieron sobre la denuncia.
Fiscalía, también presente sus argumentos INCONTROVERTIBLES dentro del proceso a mención, que son:
El exámen médico legal realizado a la presunta víctima, en dónde se puede determinar que la señorita Cecilia Portales fue víctima de maltrato sexual y físico, demostrado por las heridas que están en las conclusiones del exámen.
El testimonio de Cecilia Portales.
ALEGATO DE APERTURA COMO FISCAL
Señores Miembros del Tribunal, Señor abogado de la defensa, público presente, Darwin Narváez en representación de la fiscalía. Que voy a demostrar que Cristian Pérez es el autor directo del delito de violación, ocasionando a la señorita Cecilia Portales, en razón que cuando Cecilia Portales salía de la escuela donde estudia fue interceptada y obligada a subir al vehículo que conducía para luego llevarla hasta su departamento, despojando su vestimenta (pantalones y ropa interior), introduciéndole los dedos y el pene en la vagina, mientras que Cecilia forcejeaba y lloraba para evitar que se continúe la violación sexual.
Cristian Pérez ha sido reconocido como único autor del hecho por lo que la fiscalía tiene elementos suficientes y va a probar la materialidad de la infracción y la responsabilidad de Cristian Pérez en la violación que se investiga y que cometió en contra Cecilia Portales Jiménez por lo que se le impondrá en sentencia y luego de las pruebas que me apuesto a practicar, el máximo de la pena que contempla en la disposición legal contenida en el Art. 171 del COIP, con las circunstancias de los # 2 en calidad de autor conforme al Art 42 en relación con Art. 47 es decir los agravantes de la infracción en los # 1,5,7,9,12,del COIP .
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