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Amparo en contra de circos sin animales.


Enviado por   •  29 de Marzo de 2016  •  Tarea  •  4.041 Palabras (17 Páginas)  •  268 Visitas

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C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE VILLAHERMOSA, TABASCO

PRESENTE:

MIGUEL ANGEL MEDINA PERALTA, SEÑALANDO COMO DOMICILIO PARA OIR, RECIBIR NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS, ES LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO Y AUTORIZANDO PARA OIRLAS Y RECIBIRLAS EN MI NOMBRE Y REPRESENTACION, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 12 DE LA LEY DE AMPARO, A LA LIC. JULIA PATRICIA GUILLERMO MOLLINEDO, ANTE ESTE HONORABLE JUZGADO, CON EL DEBIDO RESPETO COMPAREZCO PARA EXPONER:

QUE POR MI PROPIO DERECHO Y POR MEDIO DEL RPESENTE ESCRITO VENGO DEMANDANDO EL AMPARO FEDERAL CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS 103 FRACCION I,II Y VII DE NUESTRA CONSTITUCION POLITICA PARA LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, CONTRA ACTOS DE LAS AUTORIDADES QUE ENSEGUIDA SEÑALARE MAS ADELANTE POR LO CUAL PROCEDO A REDACTAR LOS SIGUIENES REQUISITOS DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECE Y MANDATA LA LEY DE AMPARO EN SU ART. 108 MANIFIESTO:

  1. NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO:

MIGUEL ANGEL MEDINA PERALTA , AGUSTIN MELGAR 204 COLONIA LINDAVISTA, VILLAHERMOSA, TABASCO.

  1. NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO INTERESADO:

NO EXISTE

  1. AUTORIDADES RESPONSABLES:

  1. H. CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
  2. H. CAMARA DE SENADORES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
  3. H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
  4. PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
  5. SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
  6. PROCURADOR FEDERAL DE PROTECCION AL AMBIENTE
  7. DELEGADO DE LA PROCURADURIA FEDERAL DE PROTECCION AL AMBIENTE DELEGACION VERACRUZ
  8. DELEGADO DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES  DELEGACION VERACRUZ
  9. DELEGADO DE LA PROCURADURIA FEDERAL DE PROTECCION AL AMBIENTE DELEGACION TABASCO
  10. DELEGADO DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES  DELEGACION TABASCO
  11. DELEGADO DE LA PROCURADURIA FEDERAL DE PROTECCION AL AMBIENTE DELEGACION CAMPECHE
  12. DELEGADO DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES  DELEGACION CAMPECHE
  13. DELEGADO DE LA PROCURADURIA FEDERAL DE PROTECCION AL AMBIENTE DELEGACION YUCATAN
  14. DELEGADO DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES  DELEGACION YUCATAN
  15. DELEGADO DE LA PROCURADURIA FEDERAL DE PROTECCION AL AMBIENTE DELEGACION QUINTANA ROO
  16. DELEGADO DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES  DELEGACION QUINTANA ROO
  17. DELEGADO DE LA PROCURADURIA FEDERAL DE PROTECCION AL AMBIENTE DELEGACION SAN LUIS POTOSI
  18. DELEGADO DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES  DELEGACION SAN LUIS POTOSI
  19. DELEGADO DE LA PROCURADURIA FEDERAL DE PROTECCION AL AMBIENTE DELEGACION PUEBLA
  20. DELEGADO DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES  DELEGACION PUEBLA
  21. DELEGADO DE LA PROCURADURIA FEDERAL DE PROTECCION AL AMBIENTE DELEGACION ESTADO DE MEXICO
  22. DELEGADO DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES  DELEGACION ESTADO DE MEXICO
  23. DELEGADO DE LA PROCURADURIA FEDERAL DE PROTECCION AL AMBIENTE DELEGACION OAXACA
  24. DELEGADO DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES  DELEGACION OAXACA
  25. SECRETARIO DE GOBERNACION DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
  26. C. DIRECTOR DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION

LAS RESPONSABLES “A”, “B”, “C”, “D”,”F”,”Y” Y “Z” TIENE SU DOMICILIO PUBLICO Y MUY CONOCIDO EN LA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL; LAS RESPONSABLES “G” Y “H” TIENEN SU DOMICILIO PUBLICO Y MUY CONODICO EN LA CIUDAD DE XALAPA CAPITAL DEL ESTADO DE VERACRUZ; LAS RESPONSABLES “I” Y “J”  TIENEN SU DOMICILIO PUBLICO Y MUY CONOCIDO EN LA CIUDAD DE VILLAHERMOSA CAPITAL DEL ESTADO DE TABASCO; LAS RESPONSABLES “K” Y “L” TIENEN SU DOMICILIO PUBLICO Y MUY CONOCIDO EN LA CIUDAD DE CAMPECHE CAPITAL DEL ESTADO DE CAMPECHE; LAS RESPONSABLES “M” Y “N” TIENEN SU DOMICILIO PUBLICO Y MUY CONOCIDO EN LA CIUDAD DE YUCATAN CAPITAL DEL ESTADO DE YUCATAN; LAS RESPONSABLES “O” Y “P” TIENEN SU DOMICILIO PUBLICO Y MUY CONOCIDO EN LA CIUDAD DE CHETUMAL CAPITAL DEL ESTADO DE QUINTANA ROO; LAS RESPONSABLES “Q” Y “R” TIENEN SU DOMICILIO PUBLICO Y MUY CONOCIDO EN LA CIUDAD DE SAN LUIS POTOSI CAPITAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI; LAS RESPONSABLES “S” Y “T” TIENEN SU DOMICILIO PUBLICO Y MUY CONOCIDO EN LA CIUDAD DE PUEBLA CAPITAL DEL ESTADO DE PUEBLA, LAS RESPONSABLES “U” Y “V” TIENEN SU DOMICILIO PUBLICO Y MUY CONOCIDO EN LA CIUDAD DE TOLUCA CAPITAL DEL ESTADO DE MEXICO; LAS RESPONSABLES “W” Y “X” TIENEN SU DOMICILIO PUBLICO Y MUY CONOCIDO EN LA CIUDAD DE OAXACA CAPITAL DEL ESTADO DE OAXACA.

IV. ACTO RECLAMADO:

…DE LAS RESPONSABLES A,B,C Y D, RECLAMO CUAQUIER PARTICIPACION, ACCION U OMISION QUE TUVIERON EN LA DISCUCION , APROBACION, SANCION, PROMULGACION Y PUBLICACION DEL ULTIMO PARRAFO QUE  SE ADICIONO AL  ARTICULO 78 DE LA LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE Y DICE “ QUEDA PROHIBIDO EL USO DE EJEMPLARES DE VIDA SILVESTRE EN CIRCOS “ LA FRACCION XXIV QUE SE ADICIONO AL ARTICULO 122 DE LA LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCION AL AMBIENTE Y QUE DICE “XXIV REALIZAR ACTOS QUE CONTRAVENGAS LAS DISPOSICIONES  DE CONSERVACION DE VIDA SILVESTRE FUERA DE SU HABITAD NATURAL ESTABLECIDAS EN LA PRESENTE LEY Y EN LAS DISPOSICIONES QUE  DE ELLA SE DERIVEN” . REFORMAS Y ADICIONES CONTENIDAS EN EL DECRETO EN EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE  Y LA LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE, DECRETO PUBLICADO  EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL VIERNES 9 DE ENERO DEL AÑO 2015; TAMBIEN RECLAMO LOS TRES PRIMEROS ARTICULOS TRANCITORIOS DEL  DEL CITADO DECRETO  EN EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCION AL AMBIENTE Y DE LA LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE, DECRETO PUBLICADO EL DIA 9 DE ENERO DEL AÑO 2015, QUE DICEN “PRIMERO. EL PRESENTE DECRETO ENTRATA EN VIGOR A LOS CIENTO OCHENTA DIAS NATURALES POSTERIORES A SU PUBLICACION EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDEREACION…SEGUNDO. LOS CIRCOS PRESENTARAN A LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES DE FORMA INMEDIATA UNA BASE DE DATOS QUE INCLUYA EL NUMERO Y CARACTERISTICAS DE LOS EJEMPLARES DE VIDA SILVESTRE QUE POSEAN. ESTAS BASES DE DATOS DE PONDRAN A DISPOSICION DE LOS ZOOLOGICOS DEL PAIS PARA QUE ESTOS EN POSIBILIDADES DE SELECCIONAR A LOS EJEMPLARES QUE SEAS SUCEPTIBLES DE SER INTAGRADOS A SUS COLECCIONES. LOS EJEMPLARES DE VIDA SILVESTRE INCLUIDOS EN LAS BASES DE DATOS A QUE HACE REFERENCIA EL PARRAFO ANTERIOR QUE NO SEAN SELECCIONADOS POR LOS ZOOLOGICOS PODRAN SER ENTREGADOS POR SUS POSEEDORES A LOS CENTROS PARA LA CONSERVACION  E INVESTIGACION DE LA VIDA SILVESTRE PERTENECIENTES A LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES CON EL OBJETO DE QUE NO IMPLIQUEN GASTO POR CONCEPTO DE MANUTENCION EN SUS CENTROS DE TRABAJO… TERCERO. LAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS Y LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL EN EL AMBITO DE SUS COMPETENCIAS RESPECTIVAS DEBERAN ADECUAR SUS LEGISLACIONES PARA DAR CUMPLIMIENTO  AL PRESENTE DECRETO EN UN PLAZO QUE NO EXEDA DE CIENTO OCHENTA DIAS NATURALES POSTERIORES A LA PUBLICACION DEL MISMO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION”…SEGUNDO LOS CIRCOS PRESENTARAN A LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES DE FORMA INMEDIANA UNA BASE DE DATOS QUE INCLUYA EL NUMERO Y CARACTERISTICAS DE LOS

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