Apuntes Contribuciones 4
Enviado por JOMERO82 • 11 de Mayo de 2013 • 1.991 Palabras (8 Páginas) • 279 Visitas
SISTEMA NACIONAL DE COORDINACION FISCAL: CONSTITUYE UN CONJUNTO DE DISPOSICIONES Y ORGANOS QUE REGULAN LA PARTICIPACION DE LOS INGRESOS FEDERALES ENTRE LA FEDERACION, ENTIDADES FEDERATIVAS, DISTRITO FEDERAL Y LOS MUNICIPIOS CON EL FIN DE CUIDAR LA DOBLE TRIBUTACION
FUNDAMENTACION
1) EL SUSTENTO SE ENCUENTRA EN LA LEY DE COORDINACION FISCAL ART 1 DONDE INDICA QUE SU OBJETO ES COORDINAR LA RECAUDACION Y COMO SE DISTRIBUYEN LOS RECURSOS
2) EN EL ART 41 DE LIVA SEÑALA QUE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO CELEBRARA CONVENIOS CON LOS ESTADOS QUE SOLICITEN ADHERIRSE AL SISTEMA NACIONAL DE COORDINACION FISCAL PARA PARTICIPAR, ACORDAR NO MANTENER IMPUESTOS LOCALES O MUNICIPALES SOBRE LOS PRODUCTOS QUE GRAVEN O CAUSEN IVA
ACTIVIDAD FINANCIERA DEL EDO: CONSISTE EN LA OBTENCION, ADMON Y EROGACION DE LOS RECURSOS NECESARIOS PARA SATISFACER AL GASTO PUBLICO
FUENTES DE LOS RECUSRSOS FEDERALES:
A)INGRESOS TRIBUTARIOS
1) IMPUESTOS
2)DERECHOS
3) CONTRIBUCIONES DE MEJORA
4) APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
5) CONTRIBUCIONES ACCESORIAS
B)INGRESOS FINANCIEROS:
1) EPRESTITOS
2) EMISION DE MONEDA
3) EMISION DE BONOS DE LA DEUDA PUBLICA SETES
4) EXPROPIACION
5) AMORTIZACION Y CONCERSION DE LA DEUDA PUBLICA
6) MORATORIA Y RENEGOCIACION
7) DEVALUACIUON
8) REVALUACION
9) PRODUCTOS
10) DECOMISO
11) NACIONALIZACION
12) PRIVATIZACION
POTESTADES TRIBUTARIAS FEDERALES, ESTATALES Y MUNICIPALES
POTESTAD TRIBUTARIA: ES ENTENDIDA COMO LA FACULTAD JURIDICA DEL ESTADO DE EXIGIR CONTRIBUCIONES CON RESPECTO A PERSONAS, BIENES O ACTOS QUE SE HALLEN O SE REALICEN EN SU JURISDICCION, ESTA FACULTAD ES OTORGADA ATRAVES DE LA CONSTITUCION, Y ESPERMANENTE NO TIENE LIMITES NI PLAZO Y ESTE PODER NO PUEDE SER TRASLADADO AUNQUE SOLO LO QUE PUEDE SER TRASLADADO ES EL EJERCICIO DE ESTE PODER
DECAUERDO CON LA CONSTITUCION ART 31 FRACCION 4ª LA POTESTAD SE DIVIDE EN FEDERACION, ESTADO Y MUNICIPIO
FEDERACION:
ART 31 CONST OBLIGACION DEL CIUDADNO DE CONTRIBUIR CON EL GASTO PUBLICO FEDERAL
ART 73 FRACC 7ª CONS FACULTAD NECESARIA PARA IMPONER CONTRIBUCIONES NECESARIAS PARA CUBRIR EL PRESUPUESTO
ART 73 FRACC 29 CONST MATERIA TRIBUTARIAS RESERVADAS EN FORMA EXPRESA A LA FEDERACION
ART 131 CONS MATERIA TRIBUTARIA RESERVADA EN FORMA EXPRESA A LA FEDERACION (COMERCIO EXTERIOR )
ESTADO:
ART 31 CONST OBLIGACION DEL CIUDADNO DE CONTRIBUIR CON EL GASTO PUBLICO FEDERAL
ART 117 Y 118 CONST RESTRICCION EXPRESA A LA POTESTAD TRIBUTARIA DE LOS ESTADOS
ART 124 CONST LAS FACULTADES QUE NO ESTEN EXPRESAMENTE A LA FEDERACION, SE ENTIENDEN RESERVADAS A LOS ESTADOS. EN CONSECUENCIA LOS ESTADOS TIENEN UN PODER TRIBUTARIO GENERICO, CON LA LIMITANTE DE NO GRAVAR LAS MATERIAS EXCLUSIVAS DE LA FEDERACION
MUNICIPIO:
ART 31 CONST OBLIGACION DEL CIUDADNO DE CONTRIBUIR CON EL GASTO PUBLICO FEDERAL
ART 115 CONST FRACCION 4ª CONFORMACION DE LA HACIENDA PUBLICA MUNICIPAL
CONTRIBUCIONES QUE LAS LEGISLATURAS ESTABLESCAN A FAVOR DE LOS MUNICIPIOS
CONTRIBUCIONES QUE ESTABLESCAN LOS ESTADOS SOBRE:
PROPIEDAD INMOBILIARIA
SU DIVISION, CONSOLIDACION, TRASLACION O MEJORA
SU FRACCIONAMIENTO
LA PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS A CARGO DEL MUNICIPIO
IMPUESTOS FEDERALES
En términos generales podemos definir a los impuestos como las prestaciones en dinero que el Estado fija unilateralmente y con carácter obligatorio para todos aquellos cuya situación coincida con la que la ley señala como generador de la contribución.
Ahora bien nuestra legislación fiscal vigente considera que establecen cargas a los particulares las normas jurídicas (Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del impuesto al Valor Agregado, etc.) que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa, entendiéndose estos últimos como elementos de los impuestos.
CARACTERISTICAS:
ESTO SE REFIERE A LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
1) EL IMPUESTO DEBE ESTAR ESTABLECIDO EN LA LEY SEGÚN ART 31 FRACCION 4ª CONST, ADEMAS DE LO ANTERIOR SE DESPRENDE EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD “ LA AUTORIDAD SOLO PUEDE HACER LO QUE ESTA EN LA LEY Y EL CONTRIBUYENTE SOLO TIENE QUE HACER LO QUE ESTA EN LA LEY “ SEGÚN ART 38 CFF
2) ES OBLIGATORIO PAGAR EL IMPUESTO SEGÚN ART 31 FRAC 4ª CONST Y PARA ELLO PUEDE TOMAR CIERTAS MEDIDAS: REQUERIMIENTO, MULTA, PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO QUE CONSTA DE TRES PASOS REQUERIMIENTO, EMBARGO Y REMATE DE BIENES; Y POR ULTIMO PRISION
3) PRPORCIONALIDAD QUE ES QUE PAGUES LO IMPUESTOS DE ACUERDO A LA CAPAIDAD ECONOMICA DEL CONTRIBUYENTE Y EQUIDAD QUE ES TRATO IGUAL A LOS IGUALES Y TRATO DESIGUAL A LOS DESIGUALES
4) VINCULACION CON EL GASTO PUBLICO QUE ES QUE TODOS LOS IMPUESTOS SE DEBEN DESTINAR A CUBRIR EL GASTO PUBLICO
ELEMENTOS
Sujetos del Impuesto. Los sujetos del Impuesto son de dos especies, sujeto activo y sujeto pasivo.
El sujeto activo es el Estado personificado en la Haciendo publica y que tiene en términos de la Constitución la posibilidad legal de exigirle a los ciudadanos Mexicanos que contribuyan para el gasto publico.
El sujeto pasivo es la persona física o moral que tiene la obligación de pagar los impuestos, cooperar con la Hacienda Pública para determinar prestaciones a cargo de terceros, retener y enterar impuestos etc., en virtud de realizar el hecho generador de la obligación y siempre que el hecho generador coincida con el que la ley señala.
Objeto. El objeto es la realidad económica sujeta a imposición, el hecho generador del impuesto, generalmente en el titulo de la Ley se expresa su objeto, lo que grava como por ejemplo la Ley del Impuesto a los depósitos en efectivo, misma que grava los depósitos bancarios hechos en efectivo.
Base. La base en la cantidad de bienes percibida por el sujeto pasivo, sobre la que se ha de calcular el impuesto, es la cuantía sobre la que se determina el impuesto, es decir, la cuantificación del hecho generado.
Tasa o Tarifa. Es la cantidad de dinero generalmente representada en porcentajes que ha de pagarse a la hacienda pública por cada bien o cosa, o conjunto de bienes o cosas sobre los cuales se fija el impuesto en cada caso, como por el ejemplo el 16% del Impuesto al Valor Agregado aplicable sobre la enajenación del un bien.
EPOCA DE PAGO DE LA OBLIGACIÓN FISCAL.La época de pago de a obligación fiscal es el plazo o el momento
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