Arbitraje Como Solucion De Controversias
Enviado por JessicaVal • 8 de Mayo de 2013 • 1.841 Palabras (8 Páginas) • 353 Visitas
El arbitraje como medio de solución de controversias.
Medios alternativos de solución de controversias.
Cuando nos encontramos frente a un conflicto, debemos decidir cómo resolverlo y cuales son las diferentes alternativas que tenemos para esto, es por eso que primeramente debemos dejar claro lo que significa un MEDIO ALTERNO PARA LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
Primero, un medio en una herramienta que sirve para lograr llegar a un objetivo que está sustentado en una necesidad a satisfacer o aclarar. En este caso, nos concentraremos en un proceso, o sea, un grupo de pasos con secuencia para resolver un problema.
Pasando a la ARTERNATIVA, es un caso en el cual las personas tenemos dos o más posibilidades de decisión, para actuar y lograr ese objetivo, a veces podemos escoger más de una alternativa.
Cuando nos referimos a una SOLUCIÓN, digamos de una controversia, es cuando logramos llegar a un acuerdo entre dos partes con diferencias y disolver el problema.
Y cuando hablamos de un CONFLICTO, hacemos referencia a “Proceso que se inicia cuando una parte percibe que otra la ha afectado de manera negativa o que está a punto de afectar de manera negativa, alguno de sus intereses” (Stephen Robbins).
Entonces, teniendo ya las bases podemos decir que los medios alternos para la solución de controversias son los procesos alternativos al proceso judicial, que están disponibles para la solución de controversias, problemas o conflictos en los cuales, se da la opción de que pas partes afectadas creen su propia solución.
Generalmente tenemos cuatro principales procesos alternativos al proceso judicial, que son:
1. Negociación. Se da cuando las dos partes se enfrentan directamente, sin un conciliador, a la solución de una controversia.
2. Mediación. Es cuando las partes en controversia no pueden solucionar directamente su problema y no hay buena comunicación y se recurre a un tercero con papel neutral para promover a nuevas reuniones y el dialogo para quelas partes se esfuercen en encontrar una solución. Cabe mencionar que el mediador no les da alternativas de solución, su trabajo se limita a ser un facilitador de la comunicación.
3. Conciliación. La tenemos cuando las partes en conflicto recurren a un mediador que además de reunir a las partes y promover la buena comunicación, sugiere diferentes alternativas para la solución, estas serán evaluadas por los afectados y acordarlas libremente. Las alternativas propuestas por el mediador, son solo eso, propuestas, y por tanto las partes pueden o no aceptarlas.
4. Arbitraje. En esta alternativa, las partes en controversia delegan en una tercera persona que sea neutral la definición y la forma de solucionar un conflicto. Las partes pueden denominar a los arbitrarios o acatarse a los que una institución de arbitraje les designe, pero si tienen la facultad de establecer los procedimientos. Cabe mencionar que los fallos habidos llamados LAUDOS ARBITRALES no pueden ser revisados, en el fondo del asunto, en vía judicial.
El acuerdo arbitral.
El acuerdo arbitral es el acuerdo por el cual las partes deciden someter a arbitraje todas o ciertas controversias que hayan surgido o puedan surgir entre ellas respecto de una determinada relación jurídica.
La cláusula o compromiso arbitral debe constar siempre por escrito, ya sea en un documento firmado por las partes o mediante un intercambio de cartas, telegramas, telex, facsímil o cualquier otro medio de telecomunicación que deje constancia del acuerdo. Inclusive, para efectos de la legislación mercantil mexicana, se considera que existe acuerdo arbitral cuando en un intercambio de escritos de demanda y contestación a la misma, la existencia de dicho acuerdo es afirmada por alguna de las partes sin ser negada por la otra. A pesar de esto, se ha abierto la discusión en el ámbito internacional sobre si es requisito indispensable el que la cláusula arbitral conste por escrito o si se pudiese acordar en forma verbal. Sin embargo, hasta la fecha, toda cláusula arbitral debe constar por escrito y esa es la recomendación que prevalece.
La cláusula arbitral o compromisoria, es entonces, aquella que expresa la voluntad de las partes de someter a arbitraje controversias futuras que puedan suscitarse por el contrato en el que la cláusula está inserta. Un buen arbitraje depende de una buena cláusula arbitral, la cual debe ser breve. Esto es fundamental para que un procedimiento arbitral camine bien, ya que una cláusula arbitral demasiado compleja, por lo general representa problemas en un futuro.
Sin embargo, en ocasiones, dependiendo de los pormenores del negocio o convenio, es conveniente agregar a la cláusula puntos más específicos. Entre los elementos esenciales que debe contener una cláusula, encontramos las reglas que regirán el procedimiento arbitral (reglas aplicables), el número de árbitros, el derecho que será aplicado al fondo del litigio, el lugar (sede) del arbitraje y el idioma del arbitraje. Este último es un punto delicado especialmente tratándose de arbitrajes internacionales, ya que el idioma de los miembros del tribunal arbitral y representantes de cada una de las partes puede ser diferente y, aunque es posible, resulta sumamente laborioso, complicado y costoso especificar dos idiomas.
Por esto, la recomendación es utilizar un solo idioma, el que es más conocido por las partes especialmente en el procedimiento. Esto ha ocasionado que la mayoría de los arbitrajes internacionales sean llevados en el idioma inglés.
La cláusula modelo del Centro de Arbitraje de México (CAM), es un claro ejemplo de cómo debe ser redactada una cláusula compromisoria, y a la letra dice: “Todas las desavenencias que deriven de este contrato serán resueltas definitivamente de acuerdo con las Reglas de Arbitraje del Centro de Arbitraje de México (CAM), por uno o más árbitros nombrados conforme a dichas reglas”.
Según la CAM, El arbitraje es un procedimiento reconocido por el derecho internacional y por el mexicano, al cual pueden acogerse los particulares para resolver sus controversias comerciales
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